El Supremo absuelve a Telecinco de una demanda de ?lvarez Cascos
El presidente de Asturias denunci¨® a la cadena por difundir im¨¢genes con su pareja de entonces
La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha absuelto a Telecinco y a los responsables del programa Salsa Rosa de la demanda presentada contra ellos por Francisco ?lvarez Cascos y su pareja de entonces, Mar¨ªa Porto S¨¢nchez, por las im¨¢genes divulgadas en el programa el d¨ªa 3 de enero de 2004, captadas, seg¨²n la demanda, de forma clandestina y sin su consentimiento ni autorizaci¨®n y mientras ambos disfrutaban de su intimidad en situaciones ajenas al inter¨¦s p¨²blico.
?lvarez Cascos y su nueva pareja de entonces fueron grabados, junto a sus hijos menores, en la piscina y el parque infantil de un hotel de la isla de Lanzarote, as¨ª como en el comedor y en la zona de playa del complejo hotelero. Tanto el Juzgado como la Audiencia de Madrid apreciaron la existencia de intromisi¨®n ileg¨ªtima en la intimidad personal y familiar de los demandantes por entender que aunque Cascos era entonces ministro de Fomento, en ning¨²n caso esa estancia l¨²dica revest¨ªa un inter¨¦s p¨²blico, y las im¨¢genes no se tomaron en lugares p¨²blicos o abiertos al p¨²blico. La Audiencia, sin embargo neg¨® que se hubiese producido intromisi¨®n en los derechos de los menores que les acompa?aban y la afectaci¨®n de la inviolabilidad del domicilio y rebaj¨® la indemnizaci¨®n de 18.000 euros a cada uno a 15.000 euros. Ahora el Supremo ha revocado esta decisi¨®n al considerar inexistente la vulneraci¨®n de la intimidad.
La sentencia, de la que es ponente el presidente de la Sala Civil, Juan Antonio Xiol, desestima el recurso de ?lvarez Cascos en el sentido de considerar que los derechos de los menores no conformaron el objeto del debate, al no haberse litigado en su nombre. Tambi¨¦n rechaza la infracci¨®n del derecho a la inviolabilidad del domicilio, en la medida en que este comprende las habitaciones del hotel pero no las instalaciones reservadas a la generalidad de los hu¨¦spedes.
Al estimarlos recursos de los periodistas de Salsa Rosa y de Telecinco, la sentencia llega a la conclusi¨®n de que prevalece la libertad de informaci¨®n respecto de los derechos a la intimidad y a la propia imagen. El Supremo considera que la informaci¨®n ten¨ªa inter¨¦s p¨²blico, porque ten¨ªa trascendencia para la formaci¨®n de la opini¨®n p¨²blica libre, ya que informar sobre temas pol¨ªticos o promover la opini¨®n sobre estos, tambi¨¦n est¨¢ presente en programas de entretenimiento como el emitido por Telecinco.
Adem¨¢s, el inter¨¦s de la informaci¨®n tambi¨¦n resultaba de la proyecci¨®n p¨²blica y pol¨ªtica de ?lvarez Cascos, que cuando se emiti¨® el programa era ministro del Gobierno. En cuanto a la difusi¨®n de la imagen de la nueva pareja del ministro sin su consentimiento, esta no tiene la consideraci¨®n lesiva que le otorg¨® la Audiencia, ¡°pues su determinaci¨®n resultaba necesaria para trasmitir el hecho noticiable de la nueva relaci¨®n sentimental del ministro¡±. El Supremo entiende tambi¨¦n que la captaci¨®n de las im¨¢genes tuvo lugar, al menos en su mayor¨ªa, en sitios p¨²blicos terraza y playa, aunque se hiciesen a distancia y con teleobjetivo, de tal suerte que no pueden considerarse fotograf¨ªas obtenidas clandestinamente o de manera furtiva.
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