Cuatro jueces del Supremo ven justificada la abstenci¨®n de otro para juzgar a Garz¨®n
El Pleno de la Sala Penal rechaza el intento del magistrado Perfecto Andr¨¦s para eludir juzgar las escuchas G¨¹rtel
Cuatro magistrados de la Sala Penal del Tribunal Supremo creen que la abstenci¨®n de su colega Perfecto Andr¨¦s Ib¨¢?ez para participar en el tribunal que tiene que juzgar al juez Baltasar Garz¨®n por las escuchas del caso G¨¹rtel estaba justificada, ya que ¡°no es irrazonable¡± que el magistrado se haya formado un ¡°criterio sobre el fondo del asunto¡±.
El Pleno de la Sala Penal hizo p¨²blico ayer el auto en el que rechaza la abstenci¨®n del magistrado Perfecto Andr¨¦s y le confirma como integrante de la Sala que juzgar¨¢ a Garz¨®n por las escuchas de G¨¹rtel. La mayor¨ªa de los 11 magistrados que estudiaron la abstenci¨®n considera que el magistrado que se abstuvo no comprometi¨® su imparcialidad por haber formado parte de la Sala que admiti¨® la querella contra Garz¨®n por las escuchas.
El juez Perfecto Andr¨¦s se abstuvo por entender que la doctrina de la Sala Especial del art¨ªculo 61 que estim¨® la recusaci¨®n de cinco magistrados para juzgar a Garz¨®n por investigar los cr¨ªmenes del franquismo, le obligaba a abstenerse por su directa implicaci¨®n en las actuaciones y por tener comprometida su aptitud como juzgador.
La mayor¨ªa de la Sala, sin embargo, ha llegado a la conclusi¨®n de que la participaci¨®n de Perfecto Andr¨¦s en la admisi¨®n de la querella y la redacci¨®n de media docena de frases que contiene el auto de admisi¨®n, no comprometen su imparcialidad objetiva para juzgar a Garz¨®n.
Seg¨²n la resoluci¨®n de la mayor¨ªa, el relato de los hechos del auto de admisi¨®n no proyecta un¡°efecto contaminante¡± sobre los magistrados. Las exigencias la imparcialidad objetiva, a?aden, ¡°tampoco se debilitan por el hecho de que el proceso se desarrolle en una ¨²nica instancia¡±, ni concurren razones que permitan afirmar que el magistrado que formula su abstenci¨®n ha podido incurrir en incompatibilidad entre las tareas de investigaci¨®n y enjuiciamiento.
Por su parte, el magistrado Miguel Colmenero ha formulado un voto particular discrepante al que se han adherido Joaqu¨ªn Gim¨¦nez, Andr¨¦s Mart¨ªnez Arrieta, y Siro Garc¨ªa P¨¦rez. Estos magistrados citan la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos humanos (TEDH) seg¨²n la cual, ¡°debe abstenerse todo juez del que pueda temerse leg¨ªtimamente una falta de imparcialidad¡±.
Respecto a las frase del auto de admisi¨®n, ¡°es razonable pensar ¡±, dicen los jueces discrepantes, ¡°que lo que solo deber¨ªa afirmarse en la sentencia tras la valoraci¨®n de las pruebas practicada sen el juicio y luego de o¨ªdas las alegaciones de las partes, ya se adelanta aun momento previo¡±. De esa manera, ¡°la decisi¨®n pudiera aparecer como previamente adoptada en sentido desfavorable para el acusado¡±.
Los discrepantes a?aden que las afirmaciones contenidas en el auto de admisi¨®n podr¨ªan interpretarse desde fuera del tribunal ¡°como la expresi¨®n de un prejuicio acerca del car¨¢cter delictivo de los hechos contenidos en la querella¡±. Se ver¨ªa as¨ª,prosiguen, como ¡°una expresi¨®n anticipada¡± de la valoraci¨®n jur¨ªdico penal de los hechos, de manera que ¡°al inicio del juicio, sin o¨ªr las pruebas y argumentaciones de las partes, el criterio ya estar¨ªa formado¡±.
La resoluci¨®n pone fin al intento del magistrado Perfecto Andr¨¦s de abstenerse del juicio de Garz¨®n, aunque lo m¨¢s probable es que acabe siendo recusado por la defensa si se confirma oficialmente que formar¨¢ parte del tribunal. El abogado de Garz¨®n para este proceso, Francisco Baena Bocanegra, se limit¨® a decir: ¡°Estamos en desacuerdo con el juicio de la Sala y aceptamos plenamente el criterio delos magistrados que emiten el voto particular. Estamos estudiando la actuaci¨®n procesal que seguidamente adoptaremos¡±.
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