Veredicto
Lo que se pon¨ªa en tela de juicio no era la prevaricaci¨®n de Garz¨®n, sino la del Supremo al condenarle
Cuando Europa entera atraviesa un trance ag¨®nico de dif¨ªcil resoluci¨®n institucional, y como consecuencia la propia Espa?a peligra gravemente por su dependencia del Eurogrupo, he aqu¨ª que el Tribunal Supremo (TS) ha decidido aprovechar la ocasi¨®n para condenar a la inhabilitaci¨®n por prevaricador al juez espa?ol que goza de mayor autoridad internacional por sus reiteradas contribuciones a la justicia universal. Y la suya ha sido una condena muy pol¨¦mica, que ha abierto una grave fractura en nuestra opini¨®n p¨²blica y que no va a ser entendida fuera de nuestras fronteras, deriv¨¢ndose de ella un indudable desprestigio de nuestra justicia y una m¨¢s que probable desautorizaci¨®n futura por parte del Tribunal de Estrasburgo. Pero no puede decirse que sea una condena sorprendente para nosotros los espa?oles (aunque s¨ª para los observadores for¨¢neos), pues entraba dentro de las expectativas abiertas por todos los analistas que siguieron de cerca el triple enjuiciamiento entablado contra el juez Garz¨®n.
Aunque tal condena me parezca una injusticia hist¨®rica, mi cualificaci¨®n profesional no me autoriza a pronunciarme sobre su grado de legitimidad jur¨ªdica ni mucho menos sobre su factura t¨¦cnica. Pero s¨ª me creo autorizado a valorar algunos de los elementos extrajudiciales que concurren en la formulaci¨®n y la recepci¨®n de semejante veredicto de culpabilidad. Acabo de sostener que la sentencia en s¨ª misma no me sorprendi¨®, pues la esperaba casi tanto como la tem¨ªa. Pero en cambio s¨ª me produjo gran sorpresa tanto la unanimidad del veredicto como la susceptibilidad con que la magistratura rechaz¨® el coro de cr¨ªticas que mereci¨® la condena. ?Pues qu¨¦ esperaban? ?Acaso se cre¨ªan con derecho a recibir un aplauso tambi¨¦n un¨¢nime?
Comencemos por la unanimidad del veredicto. Si result¨® tan sorprendente fue porque el Ministerio Fiscal solicitaba la absoluci¨®n y porque otros jueces hab¨ªan refrendado la legitimidad de las decisiones de Garz¨®n. A pesar de lo cual, los magistrados del Supremo avalaron un¨¢nimemente el veredicto de prevaricaci¨®n. ?C¨®mo explicar esta unanimidad que tan chocante y poco razonable resulta para el sentido com¨²n? Creo que bien podr¨ªa admitirse como plausible esta posible interpretaci¨®n: lo que se pon¨ªa en tela de juicio en las causas contra Garz¨®n no eran tanto las posibles prevaricaciones a priori en que hubiera podido incurrir el juez procesado como la eventual prevaricaci¨®n a posteriori en la que podr¨ªa caer (o no) el TS al condenar a Garz¨®n. De ah¨ª esa unanimidad coral, pues el Supremo no estaba tanto juzgando al acusado como juzg¨¢ndose a s¨ª mismo, lo que le llev¨® en consecuencia a absolverse al un¨ªsono como ¨®rgano colectivo.
En efecto, la decisi¨®n de procesar al juez por tres causas a la vez hab¨ªa parecido tan sorprendente y contra natura desde un comienzo que, para la opini¨®n p¨²blica, lo que estaba en tela de juicio era la legitimidad del Tribunal Supremo para juzgar a Garz¨®n. ?No se estaba forzando el procedimiento para personalizarlo fabricando una causa ad hominem? ?Llegar¨ªan hasta el extremo de atreverse a condenarle, o se limitar¨ªan a hacerle pasar por las horcas caudinas para absolverle al final? Con ello, el proceso dej¨® de tener por objeto los actos pasados de Garz¨®n para pasar a centrarse en la decisi¨®n ¨²ltima del TS, convirti¨¦ndose en una querella de legitimidades planteada entre la autoridad moral de un juez y la autoridad formal de un tribunal superior. Por lo tanto, dado que el asunto no se supo detener a tiempo, y una vez que el procesamiento avanz¨® hasta el punto de abrirse el juicio oral, entonces la suerte qued¨® echada sin posible vuelta atr¨¢s, pues puestas as¨ª las cosas la causa ya no pod¨ªa terminar m¨¢s que con una condena previamente anunciada. De ah¨ª la inevitable unanimidad para poder reafirmar y garantizar el principio de jerarqu¨ªa institucional.
As¨ª se entiende tambi¨¦n la posterior intransigencia con que el TS rechaz¨® las cr¨ªticas contra su condena, unas cr¨ªticas que a la portavoz del CGPJ le parecieron ¡°intolerables¡±. ?Acaso pretenden resucitar la censura y el delito de opini¨®n o lesa majestad? ?A qu¨¦ viene tan extempor¨¢nea intolerancia? Semejante actitud revela la mala conciencia de la magistratura, dolida al advertir que est¨¢ perdiendo legitimidad como consecuencia de sus propios actos. De ah¨ª que para tratar de recuperarla reaccione exigiendo acatamiento a sus veredictos por inveros¨ªmiles que parezcan, lo que a¨²n agrava m¨¢s su propia deslegitimaci¨®n. Pero la justicia sin legitimidad pierde su raz¨®n de ser. Pues como sabemos por Foucault o Bourdieu, la funci¨®n de la magistratura es ejercer el monopolio leg¨ªtimo de la verdad oficial. Y ese monopolio se desvanece en cuanto sus veredictos dejan de resultar cre¨ªbles.
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