Moratoria y daci¨®n en pago
La daci¨®n en pago hay que regularla como una f¨®rmula de rehabilitaci¨®n de personas y familias que han ca¨ªdo en la insolvencia, en una situaci¨®n tan excepcional como la que vivimos
Los embargos y desahucios son la consecuencia de la situaci¨®n de insolvencia que sufren en nuestro pa¨ªs cientos de miles de personas y familias. La crisis, el paro y el sobreendeudamiento de familias y empresas han hecho que la insolvencia sea hoy una aut¨¦ntica epidemia social. Abordar esta enfermedad debe ser objetivo prioritario para las Instituciones del Estado, por el drama humano que deriva de la p¨¦rdida del empleo, de la vivienda y en definitiva de la dignidad del ser humano.
Los insolventes nos piden una ayuda para salir de las circunstancias que padecen. Esa oportunidad que nos requieren se har¨ªa realidad a trav¨¦s de una moratoria en la ejecuci¨®n de los embargos hipotecarios y los desahucios de primeras viviendas en este pa¨ªs. Una moratoria que debiese permitir, a familias sin ning¨²n miembro empleado, diferir la deuda como m¨ªnimo durante los dos pr¨®ximos a?os, tiempo que ojal¨¢ fuera suficiente para que muchas de las personas que han ca¨ªdo en situaci¨®n de insolvencia, puedan recuperar su puesto de trabajo y continuar pagando su deuda hipotecaria. La moratoria ser¨ªa un par¨¦ntesis que se obtendr¨ªa con el diferimiento de la deuda y tendr¨ªa que establecerse por ley.
Pero esta moratoria debe de prever situaciones de insolvencia que no se superen durante este per¨ªodo. Por ello, tambi¨¦n hay que establecer por ley la daci¨®n en pago como f¨®rmula de rehabilitaci¨®n de personas insolventes. La daci¨®n en pago no solo debe considerarse una caracter¨ªstica de un producto financiero, que condiciona el capital y el tipo de inter¨¦s del pr¨¦stamo hipotecario. La daci¨®n en pago hay que regularla como una f¨®rmula de rehabilitaci¨®n de personas y familias que han ca¨ªdo en la insolvencia, en una situaci¨®n tan excepcional como la que vivimos. La daci¨®n significar¨ªa saldar en su totalidad la deuda hipotecaria con la entrega de la vivienda y compartir el riesgo a partes iguales entre prestamista y prestatario, independientemente de las cl¨¢usulas contractuales acordadas. La insolvencia lleva a muchas personas a perder su vivienda habitual y a continuar siendo un deudor perpetuo del banco. La desesperaci¨®n y la econom¨ªa sumergida son su ¨²nico refugio, y la inhabilitaci¨®n patrimonial y salarial su cruda realidad. Debe de haber un compromiso social para rehabilitar a estas personas que han ca¨ªdo en la insolvencia, por circunstancias sobrevenidas y justificadas, mediante el establecimiento de la daci¨®n en pago.
Esta regulaci¨®n debe ir acompa?ada de otra medida que evite que la persona insolvente caiga en la exclusi¨®n social. La posibilidad de mantener durante un per¨ªodo de tiempo determinado la vivienda en alquiler, con una compensaci¨®n acorde a su poder adquisitivo, reducir¨ªa el riesgo de exclusi¨®n de estas personas y familias.
El c¨®digo es una forma sibilina de atribuirse un cambio de actitud de los bancos respecto a los embargos y desahucios
Con vistas al futuro se hace necesario crear una vacuna que prevenga contra esta enfermedad llamada insolvencia. Esta medida preventiva es la propuesta que el Grupo Parlamentario Socialista quiere abordar a trav¨¦s de una Ley de Insolvencia Personal, que evite el sobreendeudamiento personal y familiar, y que evite la ca¨ªda en una situaci¨®n de insolvencia.
Estas medidas, junto a una regulaci¨®n m¨¢s justa y equilibrada de la aplicaci¨®n de los intereses de demora, de las tasaciones, de las subastas y de la informaci¨®n y transparencia de estos productos, ser¨ªan una solidaria respuesta social al drama humano que sufren estas familias.
A lo largo de la crisis que sufrimos, la realidad va cambiando conforme se agravan sus consecuencias. Hoy son much¨ªsimas m¨¢s las personas afectadas que al comienzo de la crisis. Los afectados se han unido y defienden sus intereses a trav¨¦s de colectivos y asociaciones que les asesoran en la defensa de sus intereses. Tambi¨¦n ha cambiado mucho la percepci¨®n que la sociedad civil tiene respecto a esta epidemia social. Prevalece una opini¨®n solidaria y de oposici¨®n al ejercicio del derecho de propiedad por parte de los bancos con la ejecuci¨®n de la garant¨ªa hipotecaria. Esta nueva realidad tambi¨¦n ha provocado un cambio de actitud de las entidades financieras, quienes se muestran m¨¢s condescendientes con el problema humano y social que significan los desahucios y quienes se han encontrando con un importante parque de viviendas con las que no saben qu¨¦ hacer, c¨®mo colocarlas y cuyo valor ha sufrido un sustancial descenso.
Las entidades financieras tratan ahora, m¨¢s que antes, de llegar a un acuerdo y de dar soluciones, mediante la daci¨®n en pago o la concesi¨®n del uso mediante el alquiler de la vivienda. Estas nuevas circunstancias quieren ser aprovechadas por el Gobierno mediante un C¨®digo de Buenas Pr¨¢cticas de las Entidades Financieras. Realmente, este c¨®digo es una forma sibilina de atribuirse un radical cambio de actitud de los bancos respecto a los embargos y desahucios en este pa¨ªs, pero no una novedosa soluci¨®n al problema. Solo significar¨ªa m¨¢s voluntarismo, pero ning¨²n cambio normativo que reconozca la realidad y el compromiso de esta sociedad en resolver el problema que sufren cientos de miles de familias espa?olas.
La batalla entre David y Goliat que eran al principio de la crisis los embargos y desahucios en este pa¨ªs, no se puede dejar en manos de la voluntad generosa de los bancos. Los cambios normativos y legales son los que deben de establecer unas nuevas reglas de juego que hagan de esta lucha una entre iguales y donde prevalezcan criterios de equilibrio y justicia social.
Antonio Hurtado Zurera es diputado socialista y vicepresidente de la Comisi¨®n de Econom¨ªa y Competitividad del Congreso de los Diputados
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