El Constitucional estudia si libera a una veintena de terroristas
Presos de la ¡®doctrina Parot¡¯ piden que se les aplique la sentencia de Estrasburgo
La Sala de Vacaciones del Tribunal Constitucional se re¨²ne hoy para resolver la petici¨®n de libertad de una veintena de etarras a los que se hab¨ªa alargado sus condenas a 30 a?os de cumplimiento efectivo de prisi¨®n en aplicaci¨®n de la doctrina Parot. Estos terroristas han pedido la libertad tras la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que hace un mes estableci¨® que la citada doctrina, al prorrogar la prisi¨®n a la etarra In¨¦s del R¨ªo Prada, vulner¨® el Convenio Europeo de Derechos Humanos. Esta es la primera vez que se ha pedido al Constitucional que aplique directamente la sentencia de Estrasburgo (Francia).
La Sala de Vacaciones del Constitucional, que se re¨²ne para resolver los asuntos pendientes durante el mes de vacaciones judiciales, estar¨¢ integrada por el presidente del alto tribunal, Pascual Sala; el vicepresidente, Ram¨®n Rodr¨ªguez Arribas, y el magistrado Pablo P¨¦rez Tremps. La petici¨®n de libertad de la veintena de etarras, formulada por su abogado, ??igo Iruin, es el ¨²nico punto que abordar¨¢ el Tribunal en su reuni¨®n de ma?ana.
El Tribunal Constitucional resolvi¨® el pasado mes de marzo los primeros 31 recursos de condenados a los que se hab¨ªa aplicado la doctrina Parot, la mayor¨ªa de ellos miembros de ETA condenados por delitos de sangre. El alto tribunal ampar¨® a tres etarras, Jos¨¦ Ignacio Gazta?aga Bidaurreta, Juan Mar¨ªa Igarataundi Pe?agaricano y Jos¨¦ Mar¨ªa P¨¦rez D¨ªaz; no admiti¨® a tr¨¢mite otros tres recursos y rechaz¨® los 25 restantes, de ellos, 21 de presos de ETA. Una segunda sentencia ratific¨® en junio la doctrina Parot para otros dos presos etarras y ampar¨® a un tercero, Peio Etxebarria. En total, fueron 23 los reclusos etarras a los que el Constitucional confirm¨® la aplicaci¨®n de la doctrina Parot, todos los cuales tienen ya expedita la v¨ªa al Tribunal de Estrasburgo.
¡®Doctrina Parot¡¯
La doctrina, que toma su nombre del sanguinario etarra Henry Parot, fue establecida por el Tribunal Supremo en sentencia de 28 de febrero de 2008. El Supremo estableci¨® un nuevo c¨®mputo de los beneficios penitenciarios indicando que en lo sucesivo, las redenciones de pena no deb¨ªan descontarse del l¨ªmite m¨¢ximo de 30 a?os, sino sucesivamente de cada una de las condenas impuestas, hasta que el preso cumpliese efectivamente los 30 a?os en prisi¨®n. La doctrina fue aplicada a m¨¢s de 80 presos de ETA.
Pero en marzo quedaron sin resolver otra veintena de recursos que estaban en tr¨¢mite y pendientes de sentencia en la Sala Primera, a los que ahora el abogado ??igo Iruin ha pedido que se aplique la sentencia de Estrasburgo dictada en el caso de la etarra In¨¦s del R¨ªo, para que salgan en libertad.
Cuando el Constitucional se pronunci¨® sobre la doctrina Parot lo hizo sobre la forma en que esta hab¨ªa sido aplicada por los tribunales, pero no sobre su viabilidad. El Constitucional explic¨® que la doctrina Parot era una cuesti¨®n de legalidad ordinaria, en la que le estaba vedado entrar, por lo que solo ampar¨® a los cuatro ¨²nicos casos en los que dicha doctrina se hab¨ªa aplicado retroactivamente.
Pero el pasado 10 de julio, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, dict¨® la primera sentencia de fondo sobre la doctrina Parot en el caso ¡°In¨¦s del R¨ªo contra Espa?a¡±. La terrorista del comando Madrid, condenada a m¨¢s de 3.000 a?os de c¨¢rcel por m¨²ltiples asesinatos ¡ªentre ellos los de 12 j¨®venes guardias civiles en la masacre de la Plaza de la Rep¨²blica Dominicana de Madrid¡ª, deb¨ªa haber salido de prisi¨®n el 3 de julio de 2008, tras 18 a?os de cumplimiento ininterrumpido. Pero al aplic¨¢rsele la doctrina Parot, se retras¨® su salida hasta 2017.
Tras examinar su recurso, el Tribunal de Estrasburgo tumb¨® la doctrina Parot al entender que el nuevo c¨®mputo de las penas establecido por el Supremo en 2006 tuvo un ¡°impacto decisivo¡± en el alargamiento en casi nueve a?os de la condena a Del R¨ªo, y que dicho c¨®mputo se aplic¨® retroactivamente en su perjuicio.
Fallo de Estrasburgo
El Tribunal de Estrasburgo sosten¨ªa en su fallo sobre In¨¦s del R¨ªo que la aplicaci¨®n de la doctrina Parot a esta etarra supuso la violaci¨®n del Art¨ªculo 5 (derecho a la libertad y la seguridad) del Convenio Europeo de Derechos Humanos por el aplazamiento de la puesta en libertad por la aplicaci¨®n retroactiva de un cambio de jurisprudencia, lo que prolong¨® su condena nueve a?os m¨¢s. El tribunal pidi¨® a Espa?a ¡°la puesta en libertad de la demandante¡± y que indemnizase a In¨¦s del R¨ªo con 30.000 euros en concepto de da?os.
El TEDH declar¨® que Espa?a vulner¨® el art¨ªculo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, en cuanto establece que ¡°nadie puede recibir una pena m¨¢s elevada que la que le era aplicable al delito en el momento de su comisi¨®n¡±. Tambi¨¦n declar¨® la violaci¨®n del art¨ªculo 5.1 del Convenio, en el sentido de que la pr¨®rroga de la prisi¨®n fue ¡°irregular¡±. El TEDH conden¨® a Espa?a a indemnizar a In¨¦s del R¨ªo con 30.000 euros por da?os morales y abonarle 1.500 m¨¢s de costas. Adem¨¢s, declar¨® que la etarra deber¨ªa ser excarcelada inmediatamente.
Espa?a, sin embargo, ha hecho caso omiso del fallo y en su lugar, ha anunciado que en septiembre recurrir¨¢ a la Gran Sala del Tribunal de Estrasburgo, integrada por 17 jueces. Y mientras no se pronuncie este tribunal, la sentencia del caso de In¨¦s del R¨ªo no es firme.
Y ese puede ser uno de los argumentos que baraje el Constitucional en su pronunciamiento: que al no ser firme todav¨ªa la sentencia del caso In¨¦s del R¨ªo, habr¨¢ que esperar al pronunciamiento de la Gran Sala de Estrasburgo antes de aplicarla a una veintena de etarras.
Aunque no ha trascendido la relaci¨®n de casos que examinar¨¢ el Constitucional, entre los recurrentes que est¨¢n pendientes de resoluci¨®n figuran algunos muy conocidos como Jos¨¦ Antonio L¨®pez Ruiz, Kubati, condenado por el asesinato de la dirigente etarra Yoyes, y Santiago Arr¨®spide Sarasola, Santi Potros.
Tambi¨¦n puede estar en la relaci¨®n la propia In¨¦s del R¨ªo que, por una de esas carambolas de los tribunales, tiene pendiente en el Constitucional un recurso por aplicaci¨®n de la doctrina Parot. Sucedi¨® que su primer recurso fue inadmitido por el Constitucional por falta de contenido, lo que le abri¨® la v¨ªa a Estrasburgo en la sentencia que acaba de darle la raz¨®n. Pero mientras el TEDH se pronunciaba, la etarra volvi¨® a impugnar la aplicaci¨®n de la doctrina Parot ante la Audiencia Nacional. Ese recurso fue rechazado, por lo que Del R¨ªo acudi¨® de nuevo al Constitucional que, esta vez s¨ª, lo admiti¨® a tr¨¢mite.
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