Casos pr¨¢cticos que eran gratis y por los que habr¨¢ que pagar
Un divorcio costar¨¢ 300 euros y una denuncia por preferentes 940 euros La principal novedad de la Ley de Tasas es que estas se extienden a toda la poblaci¨®n
La principal novedad de la Ley de Tasas que ayer public¨® el BOE no es que suban las cuant¨ªas ¡ªque suben mucho¡ª sino que se extienden a toda la poblaci¨®n. Hasta ahora solo pagaban las empresas que facturaban m¨¢s de ocho millones de euros al a?o; ahora lo har¨¢n todas las empresas y cualquier ciudadano que presente una demanda civil (pleitos entre particulares), contencioso-administrativa (contra la Administraci¨®n) o social (pleitos laborales). Pagar¨¢ en primera instancia (salvo en lo social) pero, sobre todo, en segunda: al recurrir.
El Ministerio de Justicia sostiene que, aun as¨ª, las tasas solo se aplicar¨¢n finalmente a una minor¨ªa, que cifra en ¡°m¨¢s o menos el 20% de los litigios¡±: porque est¨¢ exenta la jurisdicci¨®n penal (el 72% del total) y la primera instancia de lo social; porque est¨¢n exentos ciertos pleitos sobre derechos fundamentales o de familia, o los relacionados con menores; y porque quienes se acogen a la justicia gratuita (actualmente, los que ingresan menos de 14.000 euros brutos al a?o, aunque ese umbral se va a subir) seguir¨¢n sin pagar.
Para justificar el copago que se impone al resto, fundamentalmente en la segunda instancia, los responsables del ministerio se apoyan en una estad¨ªstica del Consejo General del Poder Judicial: ¡°El 75% de los recursos los pierde el recurrente, el 90% en caso de llegar hasta el Supremo. Es decir, mucha gente recurre aun sabiendo que es muy probable que pierda el recurso. Hay que evitar ese abuso¡±, sostienen fuentes de Justicia. Disuadir apelando al bolsillo.
El ciudadano recuperar¨¢ el dinero de las tasas si al concluir el pleito el tribunal le da la raz¨®n, siempre y cuando haya condena en costas para la otra parte. Es decir, la Administraci¨®n no devolver¨¢ el dinero en ning¨²n caso, pero la parte condenada en costas asumir¨¢ tambi¨¦n la tasa que pag¨® el demandante inicialmente, con lo que este la recuperar¨¢. En la jurisdicci¨®n contencioso-administrativa siempre hay condena en costas, pero en la civil y la social puede haberla o no, seg¨²n fuentes del ministerio. As¨ª que ah¨ª el recurrente recuperar¨¢ el dinero... o no.
Estos son algunos casos pr¨¢cticos en los que se ver¨¢ la subida de las tasas judiciales:
? Divorcio, 300 euros m¨¢s el porcentaje sobre los bienes. Los asuntos de familia est¨¢n exentos de tasa, pero no todos: solo aquellos que impliquen a menores o a ¡°procesos matrimoniales sobre guarda y custodia de menores y pensi¨®n por alimentos¡±, o los referidos a filiaciones (reconocimientos de paternidad), entre otros. Un divorcio ordinario conllevar¨¢ una tasa de 300 euros (m¨¢s la variable, resultante de multiplicar 0,5% por el valor de los bienes que se reclamen). Si la demanda de custodia y pensi¨®n se presenta dentro del divorcio, pagar¨¢ tasa; si se presenta de forma separada, no.
La presidenta del Observatorio contra la Violencia Dom¨¦stica y de G¨¦nero del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Inmaculada Montalb¨¢n, asegur¨® ayer que esta tasa perjudicar¨¢ a las mujeres maltratadas porque, aunque la demanda por malos tratos no pagar¨¢ tasa (es un proceso penal), s¨ª lo har¨¢ el hecho de ¡°romper el ¨²ltimo lazo con el agresor recurriendo al divorcio y repartiendo los bienes del matrimonio¡±. Ser¨¢ ¡°un obst¨¢culo para que las mujeres v¨ªctimas de la violencia sigan adelante con los procesos judiciales¡±, afirm¨®, seg¨²n informa Mar¨ªa R. Sahuquillo.
? Multas de tr¨¢fico: 200 euros por una multa de 100. Una demanda en procedimiento abreviado contra la Administraci¨®n por una multa de tr¨¢fico ser¨¢n 200 euros. En este caso se produce la paradoja de que, por ejemplo, si la demanda es contra una multa de tr¨¢fico de 100 euros, el ciudadano pagar¨ªa mucho m¨¢s en tasas (el doble) que lo que aspira a recibir si le dan la raz¨®n y le anulan la multa. E infinitamente m¨¢s si la sentencia es adversa y ¨¦l recurre ante el Tribunal Superior (800 euros) o incluso llega hasta el Supremo (1.200 euros). Se podr¨ªa producir as¨ª un efecto perverso, seg¨²n todos los colectivos que critican la ley: que el ciudadano desistiese de pelear en los juzgados contra una sanci¨®n de la propia Administraci¨®n, que es la que le disuade imponiendo la tasa.
En Justicia responden que, aunque en efecto este es un caso muy llamativo y real, ¡°ese ciudadano se gasta bastante m¨¢s en pagar al abogado y al procurador¡±, y que si finalmente el tribunal le da la raz¨®n recuperar¨¢ el dinero de la tasa. Aducen, adem¨¢s, que muchos de los recursos por multas de tr¨¢fico constituyen uno de los ejemplos de ¡°abuso¡± de quienes utilizan los juzgados sin pensar ¡°en lo que cuestan al Estado¡±.
?Pleito por una deuda: 100 euros... o hasta 1.200. El recurso m¨¢s com¨²n en Espa?a (650.000 asuntos el a?o pasado) es el monitorio, en el que se reclama una cantidad de dinero, por ejemplo, por deudas entre particulares. Presentar una demanda en procedimiento monitorio tendr¨¢ una tasa inicial de 100 euros; si se recurre la sentencia, 800 euros o hasta 1.200 euros (en caso de que llegue al Supremo).
? Denuncia contra el banco por preferentes: 940 euros. El Consejo General de la Abogac¨ªa facilit¨® ayer este ejemplo pr¨¢ctico: un jubilado que denuncie la p¨¦rdida de sus ahorros por las preferentes, si no prosperara la v¨ªa penal y tuviera que acudir a la v¨ªa civil, tendr¨ªa que pagar 940 euros (los 300 de tasa fija m¨¢s la variable) para reclamar una cuant¨ªa de 128.000 euros.
? Recurso por despido: 500 euros, aunque paga m¨¢s la empresa. La jurisdicci¨®n de lo social estaba excluida hasta ahora de las tasas que pagaban las empresas. Ahora sigue excluida en primera instancia, pero no en segunda. El recurso contra una sentencia de despido ante el Tribunal Superior costar¨¢ 500 euros en tasas; el segundo, ante el Supremo, 750 euros. En realidad, el PP accedi¨® a cambiar este punto durante la tramitaci¨®n parlamentaria de la ley (ante la avalancha de cr¨ªticas recibidas en un momento en el que se multiplican los procedimientos de despido), de modo que queda as¨ª: si es el trabajador el que recurre, solo pagar¨¢ el 40% de esa cuant¨ªa; la empresa s¨ª pagar¨¢ el 100%, as¨ª como el comit¨¦ de empresa en casos de demandas colectivas por expedientes de regulaci¨®n de empleo (ERE).
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.