El Gobierno quiere que los exiliados por ETA desde 1977 voten en Euskadi
El Ejecutivo aclara que a¨²n no hay decisi¨®n para reformar la ley electoral El derecho acabar¨ªa con el final de la banda o la entrega de las armas
El Gobierno quiere que los ciudadanos que tuvieron que dejar el Pa¨ªs Vasco y Navarra por las amenazas de ETA entere 1977 y 2001 puedan votar en las elecciones auton¨®micas de los respectivos territorios. La llamada di¨¢spora vasca, seg¨²n los planes del Ejecutivo, perder¨ªa el derecho a votar desde otros puntos de Espa?a o del extranjero en sus antigua tierra cuando ETA se disolviera o dejara las armas. As¨ª ha respondido a una pregunta de Amaiur sobre sus planes de reforma de la ley Electoral para permitir esta excepci¨®n.
Tras conocer las intenciones del PP de reformar la Ley Electoral para permitir el voto en Euskadi y Navarra de los electores que se han visto obligados a abandonar su comunidad de origen por las amenazas de ETA, el diputado de Amaiur Jon I?arritu, procedente de Aralar, registr¨® en el Congreso una amplia bater¨ªa de preguntas para conocer los planes del Gobierno y los detalles de esta reforma, planteando incluso cuestiones como si tambi¨¦n podr¨ªan acogerse los miembros de ETA que est¨¢n refugiados fuera de Espa?a.
En su respuesta, que recoge Europa Press, el Gobierno replica que a¨²n no hay un proyecto de reforma y que, de momento, s¨®lo se ha abierto un debate con un texto preparado por un grupo de expertos juristas, incluyendo miembros del Centro de Estudios Pol¨ªticos y Constitucionales y de la Junta Electoral Central. Eso s¨ª, el PP prometi¨® en octubre, en la campa?a electoral vasca, que iba a registrar de inmediato una proposici¨®n de ley en el Congreso.
En todo caso, el Ejecutivo explica que los destinatarios de dicha reforma --que, seg¨²n el citado texto, podr¨ªan incluirse en un nuevo art¨ªculo 33 bis de la LOREG-- ser¨ªan aquellos electores incluidos en el CERA (el registro de residentes ausentes) que en el pasado hubieran estado inscritos durante "al menos cinco a?os" en cualquiera de las secciones censales correspondientes al Pa¨ªs Vasco y Navarra y que hayan cambiado su domicilio dentro del territorio nacional "como consecuencia de la presi¨®n de la violencia terrorista entre el 15 de junio de 1977 y el 31 de diciembre de 2011".
Esta segunda fecha, precisa el texto, se pone con car¨¢cter previo a la que finalmente se incluya por proximidad a la de aprobaci¨®n de la futura medida, puesto que "lo id¨®neo" ser¨ªa poner la de la disoluci¨®n de la banda terrorista ETA o la de la entrega de sus armas, cuando estos actos se produzcan "si es que se producen".
Entre otros detalles, el Ejecutivo precisa tambi¨¦n en su respuesta que los ciudadanos que soliciten el voto no podr¨¢n simultanear ese derecho en el Pa¨ªs Vasco o Navarra y en sus residencias actuales, pero s¨ª podr¨¢n ser candidatos en las elecciones vascas y navarras, siempre que est¨¦n inscritos en el censo electoral ¨²nico y no hayan sido privados del derecho.
A grandes rasgos, el Ejecutivo defiende la necesidad de esta reforma de la Ley Electoral debido a que "la violencia etarra" ejercida durante d¨¦cadas contra vascos y navarros ha obligado a muchos de ellos a unos desplazamientos "forzados" que no s¨®lo han vulnerado su derecho a elegir libremente el lugar de residencia, sino que adem¨¢s han "quebrado" la integridad del censo electoral de las comunidades aut¨®nomas.
El Gobierno aclara en este punto a Amaiur que los etarras que han abandonado el territorio espa?ol "no son desplazados", al contrario de lo que defiende la coalici¨®n abertzale, que en uno de sus preguntas pide explicaciones al Gobierno por su negativa a reconocer el derecho de sufragio a los ciudadanos que abandonaron el Pa¨ªs Vasco o Navarra "por la presi¨®n o amenaza de organizaciones terroristas como el GAL, Triple A, Batall¨®n Vasco Espa?ol, entre otras".
A este respecto, el Ejecutivo de Mariano Rajoy subraya que ¨¦stas son personas que, debido a su vinculaci¨®n con la comisi¨®n de delitos de terrorismo, "pretenden eludir la acci¨®n de la justicia" y que, por esa raz¨®n, no son "desplazados".
Adem¨¢s, aclara que, de acuerdo con la doctrina de la ONU, los desplazados internos son aqu¨¦llos que han sido forzados u obligados a abandonar sus hogares o lugares de residencia habitual como consecuencia de un conflicto armado, situaciones de violencia generalizada, violaciones de derechos humanos o desastres naturales o causados por el hombre, y que no han cruzado fronteras reconocidas internacionalmente.
Y, en este punto, el Gobierno recuerda que en Espa?a "no existe conflicto armado alguno, sino el ejercicio indiscriminado del terror y de la violencia contra personas inocentes que simplemente no compart¨ªan las ideas y/o acciones de una organizaci¨®n criminal que ha matado a 829 personas, entre ellas 24 ni?os".
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