Los divorcios de mutuo acuerdo y los desahuciados estar¨¢n exentos de tasas
Justicia rebaja las cuant¨ªas y devolver¨¢ el dinero cobrado a ciertos colectivos
La rectificaci¨®n en toda regla que el Ministerio de Justicia ha hecho de la Ley de Tasas ¡ªapenas dos meses despu¨¦s de entrar en vigor y solo tras ped¨ªrselo el Defensor del Pueblo¡ª ser¨¢ aprobada previsiblemente hoy por el Consejo de Ministros. La reforma de la reforma supone una rebaja general de las cuant¨ªas ¡ªsolo para los ciudadanos, no para las empresas, y solo en la parte variable de la tarifa¡ª e incluso la retirada de la tasa en ciertos casos, como divorcios de mutuo acuerdo o desahucios. Adem¨¢s, se adelantar¨¢ la aplicaci¨®n de la futura Ley de Justicia Gratuita para que los colectivos exentos puedan disfrutar ya del beneficio, y a esos colectivos ¡ªsolo a ellos¡ª se les devolver¨¢ el dinero pagado estos dos meses.
Fuentes del equipo del ministro Alberto Ruiz-Gallard¨®n admiten que se ha dado marcha atr¨¢s, aunque aseguran que ¡°el modelo, la idea de que el litigante asuma en cierta medida la financiaci¨®n de la administraci¨®n de justicia¡± sigue en pie, y que esa es la que funciona ¡°en la mayor parte de los pa¨ªses de Europa¡±. Sostienen que las alegaciones del Defensor del Pueblo han servido de ¡°palanca¡± para ¡°rectificar¡±. En el mes de enero se recaudaron 17,9 millones de euros en tasas.
Las principales modificaciones ¡ªque entrar¨¢n en vigor previsiblemente el lunes¡ª son estas:
? Baja un 80% la tarifa variable. Las tasas fijas (ver cuadro adjunto) no se tocan. Lo que se modifica es la tasa variable, una cantidad que resultaba de multiplicar el valor de los bienes reclamados en un pleito por 0,5% (hasta un mill¨®n de euros) o por 0,25% (a partir de un mill¨®n), y que seg¨²n Justicia era la que pod¨ªa disparar el coste final para el ciudadano. Cuando no se pod¨ªa calcular el valor de los bienes el porcentaje de 0,5% se aplicaba sobre 18.000 euros. Esos porcentajes de 0,5% y 0,25% se mantendr¨¢n para las tasas pagadas por empresas; pero para ciudadanos particulares pasar¨¢ a ser del 0,1%, con independencia de la cuant¨ªa y tanto en primera instancia como en segunda. Ahora la tasa variable puede llegar a un m¨¢ximo de 10.000 euros; tras la modificaci¨®n, el tope m¨¢ximo (para ciudadanos, no para empresas) ser¨¢n 2.000 euros.
? Divorcios y desahuciados, libres de tasa. Las separaciones y divorcios de mutuo acuerdo estar¨¢n exentos de pagar tasas; los que no sean de mutuo acuerdo pagar¨¢n la tarifa fija (150 euros) y la variable sobre 18.000 euros, es decir, 18 euros. En total, 168 euros. Hasta ahora los ¨²nicos asuntos de familia que estaban exentos eran los referidos a pensiones de alimentos o filiaciones.
Igual que los divorcios, quedan libres de pagar tasas las familias desahuciadas. Seguir¨¢n estando obligadas a asumir las costas del proceso judicial, pero en esas costas no se incluir¨¢n las tasas que pag¨® el banco para iniciar el juicio. Tambi¨¦n estar¨¢n exentos los avalistas, si los hubiera.
Por ¨²ltimo, se ampl¨ªa la exenci¨®n a otro caso: cuando una demanda de consumo se haya resuelto con un laudo arbitral y una de las partes lo incumpla, si la otra lleva el incumplimiento a los tribunales no pagar¨¢ tasa.
? Recurrir la multa ser¨¢ m¨¢s barato. En recursos contra sanciones administrativas la tasa no podr¨¢ superar el 50% del dinero reclamado. Esta bonificaci¨®n ¡ªque solo existir¨¢ en primera instancia¡ª acaba con uno de los casos que durante meses se han puesto de ejemplo para denunciar la ley: la famosa multa de 100 euros que costaba 200 euros en tasas recurrir; ahora costar¨¢ 50. De esta novedad tambi¨¦n podr¨¢n beneficiarse las empresas.
En la jurisdicci¨®n de lo laboral, que solo tiene tasas en segunda instancia, los funcionarios se beneficiar¨¢n tambi¨¦n de la bonificaci¨®n que ahora se aplicaba al resto de trabajadores (que abonan solo el 40% de la tasa).
? La justicia gratuita entra en vigor y se devuelve el dinero. La nueva ley de justicia gratuita, que ampliar¨¢ el n¨²mero de beneficiarios (porque eleva los niveles de renta e incorpora colectivos enteros, como las v¨ªctimas de violencia machista o las de accidentes graves) est¨¢ a¨²n en tramitaci¨®n; el Gobierno, con un real decreto, va a adelantar la aplicaci¨®n de los art¨ªculos sustanciales de esa ley, de forma que quienes resultaran beneficiarios de justicia gratuita con los nuevos requisitos puedan empezar a beneficiarse ya y dejar de pagar abogado, procurador y tasas. A quienes, cumpliendo esos requisitos, hubieran iniciado pleitos desde el pasado 17 de diciembre ¡ªfecha en la que empezaron a cobrarse las tasas¡ª se les devolver¨¢ el dinero (solo de las tasas, no del abogado ni el procurador).
? Se aplican ya, pero no se cobrar¨¢n hasta abril. Como ahora habr¨¢ que volver a modificar los formularios y el sistema inform¨¢tico de cobro, aunque la reforma de la ley se apruebe hoy y entre en vigor de inmediato las tasas no podr¨¢n cobrarse materialmente hasta finales de marzo o abril. Lo que ha decidido el ministerio es que en los pleitos que se inicien en ese lapso de tiempo se apliquen ya las nuevas tarifas, pero no se cobren: la tasa quedar¨ªa pendiente de cobrar y se abonar¨ªa cuando est¨¦ listo el sistema.
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