Espa?a defiende el uso de la ¡®lista Falciani¡¯
Falciani posee informaci¨®n sobre 130.000 cuentas bancarias del banco suizo De ellas, m¨¢s de 3.000 son de ciudadanos espa?oles
Espa?a considera que el uso de la lista Falciani para la persecuci¨®n de delitos fiscales es l¨ªcito. Suiza opina todo lo contrario, se niega a facilitar informaci¨®n sobre las cuentas robadas por Herv¨¦ Falciani y defiende su derecho a juzgar al inform¨¢tico franco-italiano por vulneraci¨®n del secreto bancario.
Durante los dos ¨²ltimos a?os, la Fiscal¨ªa Anticorrupci¨®n y la Agencia Tributaria han elaborado todo un argumentario sobre las razones que permiten a Espa?a aprovecharse de la informaci¨®n que Falciani posee sobre 130.000 cuentas del HSBC, entre ellas, m¨¢s de 3.000 de ciudadanos espa?oles:
- Convenio de colaboraci¨®n. El 10 de octubre de 2005, Espa?a y Francia firmaron un convenio de colaboraci¨®n para evitar la evasi¨®n de capitales y el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. Acogi¨¦ndose a ese acuerdo escrito, Francia facilit¨® a Espa?a en mayo de 2010 "determinada informaci¨®n sobre cuentas bancarias en Suiza de residentes espa?oles (...) En concreto, los datos identificativos y las posiciones patrimoniales de los clientes del HSBC Private Bank Suisse que pudieran ser residentes en Espa?a". Entre esos datos figuraban los fondos de la familia Bot¨ªn, que tuvo que pagar 200 millones de euros a la Hacienda espa?ola para regularizar su situaci¨®n fiscal. Esa informaci¨®n fue requisada por las autoridades francesas en el apartamento de Herv¨¦ Falciani, contra el que hab¨ªa una orden de busca y captura internacional emitida por Suiza. El 24 de mayo de 2010, las autoridades fiscales francesas enviaron a la Agencia Tributaria Espa?ola un CD-ROM con la informaci¨®n sobre los contribuyentes espa?oles que ten¨ªan dinero en esas cuentas. "Por tanto, la informaci¨®n ha sido l¨ªcitamente obtenida", esgrimen las autoridades espa?olas. "Al haber sido suministrada por otra Administraci¨®n tributaria extranjera con arreglo a un convenio internacional firmado por ambos pa¨ªses".
- Robo o entrada judicial. Espa?a considera que la lista Falciani que maneja no procede estrictamente de un robo de documentos, sino de un registro autorizado. "Las autoridades fiscales francesas obtuvieron autorizaci¨®n judicial para la entrada en el domicilio de Herv¨¦ Falciani, exempleado del banco suizo HSBC, en cuyo registro se obtuvo informaci¨®n sobre las cuentas de titulares del HSBC. Dicha informaci¨®n se remiti¨® a los ¨®rganos judiciales franceses, que a su vez remiti¨® la documentaci¨®n a la Administraci¨®n tributaria francesa, que por tanto obtuvo formalmente para su uso a efectos fiscales los datos inform¨¢ticos que le fueron remitidos por la autoridad judicial francesa".
- El precedente de Liechtenstein. "En otra actuaci¨®n similar, derivada de una din¨¢mica de elusi¨®n fiscal por parte de ciudadanos residentes en Espa?a mediante la ocultaci¨®n de activos en bancos de Liechtenstein a trav¨¦s de estructuras fiduciarias, el contribuyente alega que la actuaci¨®n judicial trae causa de una informaci¨®n obtenida il¨ªcitamente. Respecto a la alegada violaci¨®n del derecho a la intimidad personal de los clientes de la entidad bancaria de Liechtenstein, la Fiscal¨ªa defendi¨® (y el auto de la Audiencia Nacional suscribi¨® tal postura) que esa alegaci¨®n al derecho a la intimidad no era m¨¢s que un asidero para presentar el secreto bancario como una barrera infranqueable para la investigaci¨®n judicial, absoluta ineficaz como cobertura jur¨ªdica para la ejecuci¨®n de un delito".
- El derogado secreto bancario. "Debe recordarse que el secreto bancario carece de expl¨ªcita consagraci¨®n constitucional en Espa?a, y que fue derogado de nuestro ordenamiento por Ley 50/1977 de 14 de noviembre sobre medidas urgentes de reforma fiscal", dice la Agencia Tributaria. "En todo caso, deben tenerse en cuenta las limitaciones que afectan al derecho a la intimidad, como es la obligaci¨®n de todos los ciudadanos de contribuir al sostenimiento de los gastos p¨²blicos, que recoge el art¨ªculo 31 de la Constituci¨®n, siendo indiferente la regulaci¨®n de dicha instituci¨®n [el secreto bancario] fuera de nuestras fronteras".
- Denunciar delitos. Por si fuera poco, el informe de las autoridades espa?olas defienden as¨ª la actuaci¨®n del inform¨¢tico Falciani: "El art¨ªculo 262 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal se?ala: 'Los que por raz¨®n de sus cargos, profesiones y oficios tuvieran noticia de alg¨²n delito p¨²blico estar¨¢n obligados a denunciarlo inmediatamente al ministerio fiscal, al tribunal competente, al juez de instrucci¨®n".
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