Es cuesti¨®n de ¨¦tica, se?or P¨¦rez de los Cobos
Sin importarle las consecuencias de su decisi¨®n, el Tribunal Constitucional ha optado, en el caso de la recusaci¨®n contra su presidente, por dar amparo a la impunidad moral
Toda decisi¨®n judicial tiene un sentido ¨¦tico. Las resoluciones y sentencias son plasmaciones de un conjunto de normas pactadas, las leyes, que el juez ajusta en su interpretaci¨®n a un ecosistema de valores m¨¢s o menos cambiantes. El margen puede ser m¨ªnimo, pero ni siquiera en los casos de observancia m¨¢s estricta dejan de ser un reflejo de su voluntad y, por lo tanto, de un juicio moral. Es por ello que no existe ¡°neutralidad¡± en los magistrados ni cabe exigirles una vida de ¡°aislamiento social y pol¨ªtico¡±, como recuerda el Constitucional al rechazar las recusaciones que la Generalitat y del Parlamento catal¨¢n han planteado contra el presidente del tribunal, Francisco P¨¦rez de los Cobos, a ra¨ªz de su militancia oculta en el PP, sus excesos verbales contra ¡°lo catal¨¢n¡± y su antigua colaboraci¨®n con FAES, el think tank de la derecha aznarista.
El problema es que esta resoluci¨®n no responde a la pregunta planteada por las recusaciones. La cuesti¨®n b¨¢sica radica en si un magistrado del Tribunal Constitucional, al que, aparte de destreza t¨¦cnica, se le exigen planteamientos ideol¨®gicos profundos, mantiene su independencia si milita en un partido que es parte de esas causas.
Ya no se trata de activar el mecanismo de la exclusi¨®n como ocurri¨® en 2007 con la recusaci¨®n por parte del PP del magistrado Pablo P¨¦rez Tremps por una mera ¡°apariencia de parcialidad¡± (que en el caso de P¨¦rez de los Cobos es palmaria), sino analizar si se sostiene el principio de independencia. Un precepto que impone la Constituci¨®n a los jueces y que, desde el punto de vista ¨¦tico, se presupone, m¨¢s all¨¢ de la letra de la ley, a todo magistrado del Constitucional, sea o no juez.? @jmahrens
Y aqu¨ª reverdecen las contradicciones habituales en nuestra cosmolog¨ªa judicial. Del mismo modo que en su d¨ªa el Tribunal Supremo consider¨® que dar 50 pu?aladas a una mujer no supon¨ªa ensa?arse con ella, ahora el Constitucional sostiene que estar afiliado a escondidas en el partido pol¨ªtico que te da el puesto, y te impone estatutariamente directrices y una jerarqu¨ªa no afecta al principio de independencia. Dicho de otro modo, es ins¨®lito que alguien afiliado a un partido y que lo haya ocultado para ascender pueda decir en voz alta y sin rubor que tiene total independencia para dictaminar sobre los asuntos de ese partido. Y no lo es menos que sus iguales lo defiendan.
No se trata, como quiere hacernos creer el Constitucional, de que se pretenda recusar a P¨¦rez de los Cobos por tener una determinada ideolog¨ªa, algo que se da por necesidad en todo ser humano, sea magistrado o no, sino de su independencia para decidir sobre cuestiones planteadas por un partido siendo militante del mismo. Y nuevamente, la sospecha es que el Constitucional, un organismo de elecci¨®n partidista, no ha sido independiente al tomar su decisi¨®n, sino que se ha sometido al dictado de quienes lo configuraron y se niegan a cambiar el status quo.
Pero m¨¢s all¨¢ de estas sombras, muy comunes en Espa?a, el acto p¨²blico de mantener inc¨®lume a P¨¦rez de los Cobos tiene implicaciones ¨¦ticas evidentes. En s¨ª mismo, por la incoherencia que supone imponer el principio de independencia en toda la esfera judicial y crear una excepci¨®n en el caso del presidente del Tribunal Constitucional. ?Qu¨¦ principio moral permite a P¨¦rez de los Cobos saltarse lo que rige y es bueno para todos los jueces de Espa?a?
Y por sus consecuencias, ya que muestra el desprecio de los pares de P¨¦rez de los Cobos hacia la confianza que los ciudadanos depositan en sus m¨¢s altos magistrados y de los que se espera, m¨¢s all¨¢ de la estricta legalidad, que respondan a unas pautas ¨¦ticas m¨ªnimas. ?O acaso la resoluci¨®n fortalece la credibilidad, la honorabilidad y el respeto al tribunal?
Aplicando su propia doctrina, la decisi¨®n del Constitucional no es para nada una respuesta t¨¦cnica ni se genera en el aislamiento social e ideol¨®gico, sino que exuda una conocida forma de entender la pol¨ªtica. Har¨ªan bien los magistrados que votaron contra las recusaciones (y los partidos que los eligieron) en preguntarse cu¨¢l. Seguro que se la imaginan.
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