La Audiencia Nacional ordena excarcelar a un etarra sin aplicarle la doctrina Parot
El pleno de la Sala de lo Penal libera al preso Pedro Mar¨ªa M¨¢rquez de Prado por once votos contra siete
El pleno de la Sala de lo Penal ha ordenado la puesta en libertad del preso de ETA Kepa Maren M¨¢rquez del Fresno sin aplicarle la llamada doctrina Parot, la jurisprudencia del Tribunal Supremo que establece que el cumplimiento de la condena se realizar¨¢ sobre el c¨®mputo de la condena y no sobre el m¨¢ximo de 30 a?os que marca la ley. Fuentes judiciales han afirmado que la resoluci¨®n, adoptado por once votos contra siete, supone el licenciamiento definitivo del recluso. Con la doctrina Parot habr¨ªa salido de la c¨¢rcel el 30 de mayo de 2029 se ha .
Las mismas fuentes hablan de que la aplicaci¨®n del sistema de c¨®mputo anterior a la doctrina Parot se hace en atenci¨®n ¡°al nuevo contexto¡±, ya que la Gran Sala de Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, tiene pendiente resolver un recurso presentado por Espa?a contra la sentencia del mismo ¨®rgano que rechazaba dicha doctrina.
El etarra fue condenado a 26 a?os de prisi¨®n en septiembre de 1995 por pertenencia a organizaci¨®n terrorista, tenencia de armas de guerra y tenencia de explosivos con fines terroristas. Adem¨¢s, tenia antecedentes penales que elevaban sus condenas hasta 71 a?os de prisi¨®n. El pleno de la Sala de lo Penal, presidido por el magistrado Fernando Grande-Marlaska, tiene en cuenta una nueva doctrina del Tribunal Constitucional que establece que los presos en cuyas sentencias se establezca de alguna manera que el l¨ªmite de cumplimiento es el m¨¢ximo de 30 a?os, no se pueden modificar con la doctrina Parot. La orden de excarcelaci¨®n se ha tramitado ya y se ha remitido a la prisi¨®n de Herrera de la Mancha.
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