El Supremo ratifica que exhibir fotos de etarras no es enaltecer el terrorismo
La Audiencia absolvi¨® a cuatro personas porque no profirieron lemas en favor de ETA
El Tribunal Supremo ha ratificado la absoluci¨®n, dictada por la Audiencia Nacional, de cuatro personas, a quienes la fiscal¨ªa acusaba de enaltecimiento del terrorismo por mostrar fotograf¨ªas de presos de la banda terrorista durante una carrera popular en Bergara y Arrasate (Guip¨²zkoa).
El Supremo ha tenido en cuenta que, tal como recogi¨® la Audiencia, los acusados no utilizaron s¨ªmbolos o emblemas de apoyo a las actuaciones terroristas, as¨ª como que los acusados manifestaron su objetivo era reivindicar los derechos de los presos y que la polic¨ªa no pudo constatar que en el transcurso de la carrera se hubiese realizado acto alguno punible.
Los acusados -Amaia O., Joseba G., Sebasti¨¢n E. e I?aki E.- mostraron im¨¢genes de varios etarras encarcelados durante las carreras de relevos, aunque no resulta probado que gritaran lemas o ense?aran s¨ªmbolos proetarras.
El Tribunal Supremo se?ala en su sentencia: "No se trata de prohibir el elogio o la defensa de ideas o doctrinas, por m¨¢s que estas se alejen o pongan en cuesti¨®n el marco constitucional, sino de perseguir la exaltaci¨®n de m¨¦todos terroristas". As¨ª, de las pancartas o im¨¢genes no cabe deducir una concreta exaltaci¨®n de las acciones criminales atribuidas a los terroristas de las im¨¢genes, dice el alto tribunal, sino conductas "te?idas de una ambig¨¹edad que las sit¨²a en el l¨ªmite externo de lo punible" pero que no pueden tomarse de manera inequ¨ªvoca por una forma de legitimaci¨®n del terrorismo".
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