B¨¢rcenas se queda sin locutorio vip
El juez Ruz se opone a que el extesorero se comunique cara a cara con su abogado Prescindir de la mampara separadora ser¨ªa ¡°primarlo¡± frente a otros reclusos
Hay un auto escondido entre los miles de folios del caso G¨¹rtel, uno de tantos escritos que no suelen llamar la atenci¨®n de los medios de comunicaci¨®n y discurren a la sombra de la investigaci¨®n principal. El auto responde a una curiosa petici¨®n de Javier G¨®mez de Lia?o, el abogado de B¨¢rcenas: quiere hablar con su cliente ¡°en un departamento sin mampara de cristal u otra barrera f¨ªsica¡± que los separe, porque dicho obst¨¢culo impide examinar documentos del sumario. El abogado invoca la ¡°falta de peligrosidad¡± de B¨¢rcenas y la ¡°especial naturaleza¡± de los delitos econ¨®micos.
El juez que lleva el caso, Pablo Ruz, contest¨® ¡ªprimero en una providencia del 30 de septiembre y luego mediante el auto del 22 de octubre¡ª que el amparo de los derechos fundamentales de los internos corresponde a los jueces de vigilancia penitenciaria y no al juez instructor que los env¨ªa a prisi¨®n provisional. Sin embargo, pese a declarar que la competencia no le corresponde, el magistrado decidi¨® entrar en el fondo de la cuesti¨®n: seg¨²n ¨¦l, si se permitiera la excepci¨®n de que B¨¢rcenas y G¨®mez de Lia?o se comunicaran sin barreras ¡°se estar¨ªa primando¡± a imputados preventivos por delitos econ¨®micos frente al resto de reclusos. Esto, afirma el juez, puede suponer una ¡°vulneraci¨®n injustificada¡± del principio constitucional de igualdad.
La decisi¨®n del juez instructor del caso B¨¢rcenas se aparta radicalmente, sin embargo, de la doctrina m¨¢s reciente de la Audiencia Nacional. El 5 de junio, la Secci¨®n Segunda de la Sala de lo Penal autoriz¨® a que el expresidente de la CEOE y de Viajes Marsans, Gerardo D¨ªaz Ferr¨¢n, se reuniera en prisi¨®n sin barreras con su abogado, Nicol¨¢s Gonz¨¢lez Cu¨¦llar. Esta resoluci¨®n fue redactada por el magistrado conservador Enrique L¨®pez, actual vocal del Tribunal Constitucional. G¨®mez de Lia?o pretend¨ªa que su cliente obtuviera el mismo trato, que diversas fuentes judiciales y penitenciarias consideran ¡°in¨¦dito¡± y ¡°de privilegio¡±.
El abogado de B¨¢rcenas ha recurrido la resoluci¨®n del juez Ruz ante la Secci¨®n Cuarta de lo Penal de la Audiencia. Este ¨®rgano tiene tres opciones: pronunciarse directamente sobre el fondo de la cuesti¨®n, enviarlo al Pleno de la Sala para que dirima el conflicto o decretar que la decisi¨®n corresponde al juez de Vigilancia Penitenciaria. El letrado ha apelado de forma paralela al juez de Vigilancia Penitenciaria, que ha dejado en suspenso la decisi¨®n hasta que la Secci¨®n Cuarta se pronuncie en fechas pr¨®ximas.
Desde que ingres¨® en prisi¨®n el pasado 27 de junio, B¨¢rcenas, como todos los reclusos, se re¨²ne con su abogado en un locutorio dise?ado para las entrevistas entre letrados y clientes ¡ªexisten otros habit¨¢culos para comunicaciones familiares y otros distintos para encuentros de presos con jueces¡ª. La disposici¨®n de las cabinas y las mamparas permite que un funcionario controle visualmente el recinto pero impide ¡ªo deber¨ªa impedir¡ª que las conversaciones con el abogado, protegidas por el derecho constitucional de defensa excepto en el caso de los terroristas, puedan ser escuchadas por aquel. Sin embargo, G¨®mez de Lia?o se quej¨® de que las mamparas impiden ¡°el manejo y an¨¢lisis¡± por parte de B¨¢rcenas de documentaci¨®n ¡°muy relevante¡± para el ejercicio de su defensa y expres¨® sus sospechas de que las comunicaciones con su cliente ¡°no son tan reservadas o secretas como deber¨ªan serlo¡±.
Para reforzar su argumento, G¨®mez de Lia?o citaba jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos ¡ªel caso Castrevet contra Moldavia, que amparaba a un preso preventivo que se quejaba que la mampara imped¨ªa la confidencialidad de las conversaciones con su defensor¡ª. Tambi¨¦n se refer¨ªa al auto de junio de la Secci¨®n Segunda de la Sala de lo Penal que permit¨ªa a D¨ªaz Ferr¨¢n reunirse con su abogado sin barreras.
El "adosado" de Juan Antonio Roca y el trato a Mario Conde
El tratamiento de excepci¨®n que ha recibido Gerardo D¨ªaz Ferr¨¢n, con el visto bueno de Enrique L¨®pez, exmagistrado de la Audiencia Nacional, tiene escasos antecedentes en la historia penitenciaria, pero no es en absoluto ¨²nico. Otro gran delincuente econ¨®mico como Juan Antonio Roca, cerebro del caso Malaya, dispuso durante las fases de instrucci¨®n y de juicio de la trama de corrupci¨®n en Marbella de una celda contigua a la suya en la que guardaba el sumario del caso para su estudio y consulta. Fue la Audiencia Provincial de M¨¢laga la que permiti¨® que Roca dispusiera en su celda de la documentaci¨®n del caso por el que ha sido condenado a 11 a?os de prisi¨®n para su estudio. Adem¨¢s, los magistrados le autorizaron a que tuviera en la c¨¢rcel malague?a de Alhaur¨ªn el Grande de un ordenador port¨¢til con pen drive y disco duro externo, tambi¨¦n para el ejercicio de su defensa. Este aparato no dispon¨ªa de conexi¨®n a Internet, seg¨²n fuentes penitenciarias.
Quiz¨¢ el caso m¨¢s sonado de trato de privilegio ¡ªen este caso sin autorizaci¨®n judicial¡ª lo protagoniz¨® Mario Conde. En agosto de 2004, el entonces director de la prisi¨®n de Alcal¨¢-Meco, Jes¨²s Calvo, fue destituido por dar un "evidente trato de favor" al exbanquero, condenado a 20 a?os de prisi¨®n en 2002 por apropiaci¨®n indebida, estafa y falsedad por el caso Banesto. Conde disfrut¨® de una media de seis visitas familiares mensuales cuando la norma las limitaba a una cada cuatro semanas. Las comunicaciones duraban en casi todos los casos m¨¢s de tres horas y siempre por la tarde, cuando la norma establec¨ªa que fueran de hora y media generalmente por las ma?anas.
Fuentes penitenciarias y judiciales sostienen que es ¡°rar¨ªsimo¡± que un juez decrete que un recluso pueda entrevistarse con su abogado fuera de los espacios habilitados para ello. Un magistrado recuerda un caso de un interno con obesidad m¨®rbida cuya silla de ruedas no entraba en el locutorio de la prisi¨®n madrile?a de Valdemoro, y para quien el juez de Vigilancia Penitenciaria de Plaza de Castilla orden¨® buscar una nueva ubicaci¨®n. Ruz se?ala que en el caso de B¨¢rcenas, ¡°no se han puesto de manifiesto en modo alguno¡± razones m¨¦dicas, cl¨ªnicas o f¨ªsicas que razonablemente aconsejen la ¡°modulaci¨®n¡± de las condiciones de comunicaci¨®n con su letrado.
Funcionarios de prisiones se quejan de que pretensiones como la de B¨¢rcenas y autos como el de Enrique L¨®pez generan ¡°agravios comparativos¡± entre los internos que enrarecen la vida cotidiana, absolutamente reglada, de los penales. ¡°El reglamento penitenciario es clar¨ªsimo, y dice que las comunicaciones se realizar¨¢n en departamentos apropiados, como son los locutorios; permitir excepciones es crear agravios peligrosos¡±, afirma un funcionario.
Sin embargo, la respuesta negativa de Ruz no liquida el problema, dado que el abogado de B¨¢rcenas lo ha elevado a otras instancias. Est¨¢ en juego si hay locutorios para ¡°presos especiales¡±. Locutorios sin obst¨¢culos. Sin mamparas. En definitiva, locutorios vip.
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