¡°No se imputa a Ignacio Gonz¨¢lez al no tener competencia¡±
La juez deja a otros tribunales la imputaci¨®n del presidente madrile?o Anticorrupci¨®n recurrir¨¢ la decisi¨®n por falta de fundamentaci¨®n
El riesgo de indefensi¨®n es el principal argumento que la juez de Primera Instancia de Instrucci¨®n n¨²mero 5 de Estepona, Mariana Peregrina, alega para justificar la imputaci¨®n de Lourdes Cavero, esposa del presidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio Gonz¨¢lez, y para sugerir la del propio dirigente del PP en la causa que investiga la compra de un ¨¢tico de lujo en esa localidad malague?a. La imputaci¨®n no hab¨ªa sido reclamada por ninguna de las partes.
¡°Verdaderamente se puede correr el riesgo de producirse indefensi¨®n ante las informaciones producidas por los medios de comunicaci¨®n¡±, se?ala el auto que, en apenas tres folios, opta por inhibirse en favor de la Audiencia Nacional y dejar para otro tribunal la imputaci¨®n del presidente madrile?o: ¡°La condici¨®n de imputado de Jaime Ignacio Gonz¨¢lez no se la puede atribuir la instructora, al carecer de competencia¡±. De esta manera, expone la condici¨®n de aforado del presidente de la Comunidad de Madrid y explica por qu¨¦ ha limitado la imputaci¨®n a Lourdes Cavero a la que, no obstante, no achaca acciones concretas en su escueto relato.
El presidente de la Comunidad de Madrid alquil¨® el ¨¢tico en 2008 por 2.000 euros al mes, cuando el precio medio de ese tipo de alquileres era de 6.000 euros al mes. En enero pasado admiti¨® haber comprado, por 770.000 euros, el ¨¢tico tasado en 769.611 euros. El 80% de la vivienda (equivalente a 616.000 euros de los 770.000) est¨¢ a nombre de la esposa de Gonz¨¢lez, mientras que el 20% restante es propiedad de ¨¦l tras pagar 154.000 euros. En su respectivo patrimonio, a ¨¦l le corresponde un 20% indiviso y a ella, un 80%.
¡°Se ha querido practicar unas primeras diligencias antes de proceder a su imputaci¨®n¡±, justifica la juez, que argumenta que solo ¡°ha sido posible la pr¨¢ctica de las que se han acordado en el territorio espa?ol¡±. Y formula los escollos para llevar adelante la investigaci¨®n internacional y la ¡°dificultad adicional que supone la cooperaci¨®n jur¨ªdica internacional¡±.
El caso se abri¨® hace aproximadamente un a?o, cuando el Sindicato Unificado de Polic¨ªa (SUP) present¨® una denuncia por considerar que la sociedad que vendi¨® el ¨¢tico a Gonz¨¢lez, Coast Investor LLC, fue usada en realidad como empresa pantalla para, presuntamente, gratificar a Gonz¨¢lez por mediar en el pelotazo urban¨ªstico que la trama G¨¹rtel dio entre 2005 y 2006 en Arganda del Rey (Madrid).
La magistrada orden¨® la pr¨¢ctica de varias pesquisas. Entre ellas, comisiones rogatorias a Londres y a Estados Unidos, ya que la sociedad que vendi¨® el ¨¢tico tiene su sede en el para¨ªso fiscal de Delaware (Estados Unidos). Sobre la primera, el auto indica que ¡°fue devuelta sin cumplimentar ni traducir¡±. Acerca de la segunda, se?ala que ¡°est¨¢ siendo traducida¡±. A Londres se requiri¨® informaci¨®n sobre el ¨²ltimo beneficiario de la cuenta corriente, titulares o autorizados de las cuentas corrientes a nombre de Coast Investors LLC, as¨ª como de sus movimientos contables de origen o destino a Espa?a. Los letrados de la sociedad se opusieron a estas diligencias y solicitaron dejar sin efecto los mandatos remitidos a los bancos, as¨ª como declarar nulas las comisiones rogatorias.
El auto, fechado el 16 de diciembre, por el que la juez Peregrina ha imputado a la esposa de Ignacio Gonz¨¢lez se?ala que las investigaciones aluden a un supuesto delito contra la Hacienda p¨²blica y a otro por blanqueo de capitales. Y explica que estos delitos son ¡°provenientes de unas supuestas comisiones, producido (el delito de blanqueo) con anuencia de una entidad extranjera ad hoc, con una estructura organizada y para cuya comisi¨®n se ha podido emplear una organizaci¨®n tambi¨¦n ad hoc cuales son sociedades fiduciarias opacas, que pueden ser legales en el pa¨ªs donde tienen su sede pero que pueden servir expresamente para la comisi¨®n del citado delito¡±. As¨ª, expone la supuesta operativa de la sociedad, pero no dice nada de la participaci¨®n del matrimonio Gonz¨¢lez-Cavero. S¨ª indica, aunque no explica, que el presunto delito puede haberse producido en el extranjero y ¡°produciendo repercusi¨®n en la econom¨ªa nacional¡±.
Tambi¨¦n aprovecha el escrito para contestar a la reclamaci¨®n de la propia Coast Investors LLC de que aclare la situaci¨®n procesal de la sociedad. ¡°No puede aclararse antes de investigar la participaci¨®n que dicha entidad ha podido tener (sobre todo en el a?o 2008)¡±, indica, explicando ¨²nicamente que ese fue el a?o en el que comenz¨® a ser la arrendataria del presidente madrile?o, por lo que ¡°tuvo que intervenir en el alquiler de la vivienda, que estuvo vigente hasta diciembre de 2012¡±.
La decisi¨®n de la juez es que sea otro tribunal el que siga con la investigaci¨®n y por ello manda la causa a la Audiencia Nacional. Sin embargo, no clarifica qu¨¦ tribunal deber¨ªa hacerse cargo, en el caso de que sea necesario, de la imputaci¨®n de Gonz¨¢lez ya que, como aforado que es, deber¨ªa corresponder al Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Sin embargo, al referirse a hechos ocurridos fuera del territorio de la Comunidad de Madrid, la competencia corresponder¨ªa a la sala de lo Penal del Tribunal Supremo.
En el mismo auto, la juez admite la personaci¨®n de Gonz¨¢lez en la causa, como ¨¦l solicit¨® en octubre pasado.
Anticorrupci¨®n recurrir¨¢ por falta de fundamentaci¨®n
La Fiscal¨ªa Anticorrupci¨®n tiene previsto recurrir antes de que termine esta semana el auto del Juzgado de Primera Instancia e Instrucci¨®n n¨²mero 5 de Estepona (M¨¢laga) que imputa a Lourdes Cavero, esposa del presidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio Gonz¨¢lez, por presuntos delitos de blanqueo de capitales y contra la Hacienda P¨²blica.
El recurso de la fiscal¨ªa se basar¨¢ en la insuficiente fundamentaci¨®n de la juez para proceder a la imputaci¨®n de Cavero, a la que se relaciona con la presunta comisi¨®n de los delitos de blanqueo de capitales y contra la Hacienda p¨²blica, investigados tras la denuncia presentada por el Sindicato Unificado de la Polic¨ªa (SUP) por el lujoso ¨¢tico que el matrimonio Gonz¨¢lez-Cavero compr¨® a la sociedad Coast Investors LLC en una urbanizaci¨®n de lujo de Estepona (M¨¢laga).
Anticorrupci¨®n, que est¨¢ personada en el caso, interpondr¨¢ el recurso contra la decisi¨®n de la juez, aunque fuentes de la fiscal¨ªa no han precisado si solo se opondr¨¢ a la imputaci¨®n o tambi¨¦n se mostrar¨¢ contraria al traslado de la causa a la Audiencia Nacional, tal como ha requerido la juez.
La fiscal¨ªa ya se opuso a la personaci¨®n de Ignacio Gonz¨¢lez en la causa, pese a lo que la juez ha optado por que tenga acceso a las diligencias para que pueda ejercer su derecho de defensa. ¡°La investigaci¨®n seguida en la causa pretende acreditar, ante la existencia de una estructura societaria ciertamente opaca, en qui¨¦n o qui¨¦nes sean las personas f¨ªsicas que sean los due?os de la entidad y, por ende, de los inmuebles que adquiri¨®¡±, se?al¨® el fiscal Anticorrupci¨®n de M¨¢laga, Jos¨¦ Luis L¨®pez Caballero. ¡°En puridad procesal, Ignacio Gonz¨¢lez no puede ser tenido como imputado en la causa pues, en el momento presente, no consta que tenga relaci¨®n alguna con la entidad Coast Investors LLC¡±, a?adi¨® para oponerse a su personaci¨®n. ¡°No cabe pues una personaci¨®n preventiva de una futura e hipot¨¦tica imputaci¨®n¡±, se?al¨® ya el fiscal.
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