La Audiencia rechaza que las escuchas de Garz¨®n contaminen todo el ¡®caso G¨¹rtel¡¯
La Secci¨®n Cuarta valida las pruebas recabadas durante la investigaci¨®n
Una de las aportaciones m¨¢s originales del derecho norteamericano a la jurisprudencia espa?ola ¡ªy tambi¨¦n de otros pa¨ªses¡ª es la llamada doctrina de los frutos del ¨¢rbol envenenado. Esta met¨¢fora legal establece que todas las pruebas y evidencias obtenidas irregularmente durante una instrucci¨®n judicial no pueden ser admitidas y utilizadas en la fase de juicio. Es decir, si la fuente de prueba (el ¨¢rbol) est¨¢ contaminada, lo que se pueda obtener de ¨¦l en la vista oral (el fruto) tambi¨¦n lo est¨¢.
La aplicaci¨®n de esta doctrina anglosajona ¡ªen este caso en sentido negativo¡ª est¨¢ en la base del auto emitido ayer por la Secci¨®n Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. Este tribunal decret¨® ayer que la pr¨¢ctica totalidad de las pruebas obtenidas durante los cinco a?os de investigaci¨®n del caso G¨¹rtel son v¨¢lidas, y que las escuchas ilegales en prisi¨®n a los abogados de los principales imputados en la trama corrupta, y que costaron la inhabilitaci¨®n al juez Baltasar Garz¨®n, no contaminan el resto de la causa.
El auto de la Secci¨®n Cuarta, de 30 p¨¢ginas, confirma otra resoluci¨®n del pasado 7 de octubre del juez Pablo Ruz, actual instructor del caso G¨¹rtel. Ruz declar¨® il¨ªcitas y sin efecto las escuchas ordenadas por su antecesor al frente del Juzgado Central de Instrucci¨®n n¨²mero 5. Sin embargo, el magistrado dej¨® al margen y libr¨® de la ilicitud el resto de las diligencias practicadas en la causa contra la corrupci¨®n en el PP.
Esta resoluci¨®n de Ruz fue recurrida por seis de los principales imputados, entre ellos Francisco Correa y Pablo Crespo, que pidieron a la Secci¨®n Cuarta que anulara ¡°la totalidad¡± del procedimiento y archivara la causa contra ellos por ¡°vulneraci¨®n reiterada e irremediable de los derechos fundamentales¡±. Garz¨®n intervino las comunicaciones en prisi¨®n de Correa, Crespo y Antoine S¨¢nchez con sus abogados desde el 19 de febrero hasta el 6 de mayo de 2009. Aquella ¡°grave intromisi¨®n en el derecho de defensa¡± que cost¨® la carrera a Garz¨®n, sirvi¨® para que los letrados pidieran la ¡°nulidad radical¡± de todo lo investigado tanto antes como despu¨¦s. Las diligencias se abrieron en 2008, casi un a?o antes de que se produjeran las escuchas ilegales.
Sin embargo, el tribunal presidido por ?ngela Murillo rechaza esta ¡°tesis extensiva¡±. Anular todo lo investigado de ra¨ªz ¡°supondr¨ªa materializar una irregular transmisi¨®n de la contaminaci¨®n procesal detectada y eliminada¡± a ¡°toda la actividad de comprobaci¨®n delictiva¡±, que califica de ¡°esforzada¡± y ¡°procedente¡±.
La anulaci¨®n de las escuchas ilegales en prisi¨®n supuso tambi¨¦n contaminar directamente otra prueba: los registros en las celdas de Correa y Crespo, efectuados en mayo de 2009, y cuyos frutos tambi¨¦n fueron anulados por Ruz en su auto de octubre. En el resto de diligencias practicadas (pinchazos telef¨®nicos, registros domiciliarios, peticiones de documentaci¨®n a terceros pa¨ªses), ¡°no se ha acreditado la existencia del v¨ªnculo de antijuridicidad¡±. Es decir, que el resto de las pruebas practicadas son impecables desde el punto de vista legal.
Seg¨²n el tribunal, los recursos en los que se reclama la anulaci¨®n radical de todas las actuaciones deben ser desestimados. ¡°Obrar de otro modo supondr¨ªa amparar verdaderas impunidades, que deber¨ªan quedar proscritas en el ¨¢mbito criminal¡±.
La decisi¨®n del tribunal, que se hace extensiva a la causa abierta en el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, permite al juez Pablo Ruz empezar a cerrar el caso y emitir un auto de apertura de juicio oral, seg¨²n fuentes jur¨ªdicas.
En su auto de octubre Ruz recordaba que las grabaciones anuladas no se produjeron en el momento inicial de la investigaci¨®n, sino en ¡°un momento ulterior donde ya se hab¨ªan acordado diligencias como intervenciones telef¨®nicas, entradas y registros domiciliarios y otras derivadas¡±. Por su falta de conexi¨®n y porque se remontan al inicio de la instrucci¨®n, indicaba que ¡°carece de todo fundamento y sustento la pretensi¨®n de alguna de las partes de que sea declarada la nulidad de la totalidad de la instrucci¨®n¡± y tilda el debate al respecto de ¡°est¨¦ril e innecesario¡±.
El pasado junio, la secci¨®n cuarta de lo Penal de la Audiencia Nacional ya valid¨® unas grabaciones de G¨¹rtel, las que hizo el exconcejal de Majadahonda (Madrid) Jos¨¦ Luis Pe?as a Correa. El juez Ruz hab¨ªa se?alado que, en sentido estricto, las grabaciones del concejal Pe?as no son el origen del caso G¨¹rtel. La g¨¦nesis de la causa reside, afirmaba el magistrado, en las ¡°manifestaciones en modo de denuncia¡± que realiz¨® Pe?as junto a su abogado, ?ngel Galindo, ante la polic¨ªa, la fiscal¨ªa y el juzgado, ¡°en las que relata con detalle y precisi¨®n hechos que revisten trascendencia penal¡±.
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