El juez Andreu deja en libertad a ocho narcos por la ley de justicia universal
Los detenidos fueron apresados en un barco en aguas internacionales al sur del cabo de Gata El magistrado entiende que la reforma del PP impide juzgar a los marineros en Espa?a
La reforma legal expr¨¦s del Gobierno para desactivar la justicia universal ¡ªla capacidad de los jueces espa?oles para investigar delitos cometidos fuera del territorio nacional¡ª tuvo este martes su primer efecto adverso. El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu dej¨® en libertad a ocho narcotraficantes egipcios que fueron detenidos el pasado 6 de marzo en aguas internacionales cuando transportaban casi 10 toneladas de hach¨ªs en un pesquero sin bandera. El magistrado, en un auto, sostiene que con la nueva norma, en vigor desde el pasado 15 de marzo, la justicia espa?ola no es competente para perseguir y enjuiciar los hechos, por lo que decret¨® el sobreseimiento de la causa y la inmediata puesta en libertad de los traficantes.
El magistrado dice actuar ¡°en estricta aplicaci¨®n del principio de legalidad nacional e internacional¡±. Seg¨²n ¨¦l, ¡°la voluntad del legislador espa?ol¡± ha impuesto ¡°una serie de requisitos que suponen una muy importante restricci¨®n¡± a la justicia internacional. En el caso del tr¨¢fico de drogas, seg¨²n Andreu, la ley solo contempla la competencia extraterritorial de los magistrados espa?oles cuando el procedimiento se dirija contra un espa?ol o cuando se busque cometer el delito en territorio espa?ol. Al tratarse de traficantes egipcios apresados en aguas internacionales, ¡°el caso ha quedado excluido de la competencia de los tribunales espa?oles¡±, sostiene el magistrado.
Andreu act¨²a contra el criterio de la Fiscal¨ªa Antidroga, que entiende que los convenios internacionales firmados por Espa?a permiten la persecuci¨®n y el enjuiciamiento de estos traficantes. Tanto el ministerio p¨²blico como el propio magistrado sostienen que con la anterior normativa, ya derogada, ¡°no hab¨ªa ninguna duda¡±, sobre la competencia de los tribunales espa?oles. El pesquero, que fue apresado a 60 millas al sur del cabo de Gata, en aguas internacionales, zarp¨® de Alejandr¨ªa (Egipto) y carg¨® la droga en las costas marroqu¨ªes. Desde all¨ª se dirigi¨®, por el mar de Albor¨¢n, hacia el litoral de Libia. Para entonces, el nav¨ªo, muy deteriorado, ya estaba siendo vigilado por los agentes del Servicio de Aduanas franc¨¦s, que solicitaron la cooperaci¨®n de la direcci¨®n de Operaciones Mar¨ªtimas del Servicio de Vigilancia Aduanera espa?ol.
El buque fue apresado a unas 32 millas de la costa argelina y dirigido al puerto de Almer¨ªa. En su bodega se apilaban 401 fardos de hach¨ªs, con un peso de 9.851,5 kilos y un valor de mercado de 56,4 millones de euros. Los ocho traficantes fueron encarcelados y la delegada del Gobierno en Andaluc¨ªa, Carmen Crespo, se anot¨® un tanto propagand¨ªstico al presentar la operaci¨®n, bautizada con el nombre de Otero, como fruto de la cooperaci¨®n transfronteriza.
La reforma de la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial que restringe la justicia universal se someti¨® a un tr¨¢mite parlamentario ultrarr¨¢pido ¡ªla proposici¨®n de ley org¨¢nica¡ª que no requiere consultar ni a la Fiscal¨ªa General del Estado ni al Consejo General del Poder Judicial. Las Cortes acortaron todo lo posible los plazos para acabar con una normativa que hab¨ªa supuesto un quebradero de cabeza diplom¨¢tico, especialmente con China, pa¨ªs molesto con la persecuci¨®n a sus expresidentes Hu Jintao y Jiang Zemin por el genocidio tibetano.
Durante la tramitaci¨®n parlamentaria, el pasado febrero, el Ministerio del Interior forz¨® una modificaci¨®n del proyecto inicial precisamente para salvar las operaciones contra narcobarcos en alta mar. El magistrado Andreu apunta la paradoja de que con el texto inicial se hubiera podido perseguir a los traficantes egipcios.
Las manos atadas de la justicia
La decisi¨®n del juez Andreu de excarcelar a los ocho narcotraficantes egipcios detenidos el pasado 6 de octubre en aguas internacionales del mar de Albor¨¢n tiene un enganche jur¨ªdico en la propia reforma de la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial (LOPJ) que limita la justicia universal. En concreto, el magistrado invoca la Disposici¨®n Transitoria ?nica de la nueva norma, que obliga archivar todas las investigaciones abiertas hasta que no se acredite que cumplen con los nuevos requisitos legales de competencia internacional de los jueces espa?oles. Es, pues, en virtud de la nueva norma por lo que Andreu declara la ¡°falta de jurisdicci¨®n de los tribunales espa?oles¡± para enjuiciar a los narcos de la Operaci¨®n Otero.
El magistrado aplica el art¨ªculo 23.4.i de la LOPJ, que limita la persecuci¨®n de delitos de narcotr¨¢fico cometidos fuera de Espa?a a que los encausados sean de nacionalidad espa?ola o a que se busque introducir la droga en territorio nacional, dos supuestos que no se dan en este caso. Y desecha el art¨ªculo 23.4.d, que otorga competencia internacional a los jueces para perseguir los delitos de narcotr¨¢fico que se cometan en ¡°espacios marinos (...) en los supuestos previstos en los tratados ratificados por Espa?a¡±.
Andreu considera que en este caso debe aplicarse la Convenci¨®n de Viena de 1988 sobre tr¨¢fico de drogas, ratificada por Espa?a en 1990. Este tratado solo obliga a Espa?a a perseguir el narcotr¨¢fico cuando el delito se cometa en su territorio o en una nave que enarbole su pabell¨®n. El mismo tratado faculta, pero no obliga, a Espa?a a declararse competente para perseguir internacionalmente el tr¨¢fico de estupefacientes cuando el delito lo perpetre un espa?ol o cuando el alijo vaya para Espa?a. Estos dos son precisamente los ¨²nicos supuestos que establece la LOPJ.
El tratado faculta ¡ªno obliga¡ª tambi¨¦n a Espa?a a actuar fuera de su territorio cuando el delito se cometa a bordo de una nave que no enarbole pabell¨®n espa?ol. Sin embargo, en la reforma de la justicia universal, esta posibilidad no se contempla.
En un informe remitido al magistrado, la fiscal¨ªa sosten¨ªa que el Convenio de Viena establece la ¡°necesaria cooperaci¨®n¡± entre los Estados para eliminar el tr¨¢fico de drogas por mar. El magistrado considera que este tratado solo establece el deber de auxilio y cooperaci¨®n. ¡°El despliegue de una actuaci¨®n de tipo asistencial o de cooperaci¨®n con otras autoridades, en este caso las francesas, no es criterio de atribuci¨®n de jurisdicci¨®n en modo alguno¡±, argumenta.
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