?Sentar¨¢ el juez a Cristina en el banquillo?
La pregunta es pertinente, por en¨¦sima vez, porque estamos en el umbral de los dos ¨²ltimos pasos procesales del juez Jos¨¦ Castro en el caso Urdangar¨ªn: el auto de conclusi¨®n de la investigaci¨®n (t¨¦cnicamente llamado auto de transformaci¨®n de las diligencias previas en procedimiento abreviado) y el auto de apertura de juicio oral.
http://blogs.elpais.com/analitica/2014/03/los-pasos-del-juez-castro.html
El juez Castro ha esperado el final de la saga de la abdicaci¨®n de Juan Carlos I y proclamaci¨®n de Felipe VI para dar a conocer su resoluci¨®n.
No es la primera vez que muestra esta actitud de "cortes¨ªa". Ya en diciembre de 2011, ten¨ªa decidido hacer p¨²blico el auto por el cual anunciaba que I?aki Urdangar¨ªn era citado a declarar como imputado en el caso N¨®os en febrero de 2012. Quer¨ªa hacerlo p¨²blico antes del discurso de Nochebuena del rey Juan Carlos, pero accedi¨® a aplazarlo unos d¨ªas a sugerencia del fiscal Pedro Horrach, quien le transmiti¨® la recomendaci¨®n de la Fiscal¨ªa Anticorrupci¨®n de Madrid de postergar el anuncio hasta despu¨¦s del 24 de diciembre.
Tras el discurso de Nochebuena, cuando ya estaba dispuesto a dar a conocer su decisi¨®n, volvi¨® a ser sensible a la petici¨®n de aplazarla hasta despu¨¦s de que el rey pronunciara su discurso de apertura de la nueva legislatura el 27 de diciembre de 2011. Castro convoc¨® finalmente a Urdangar¨ªn en calidad de imputado el 29 de diciembre para el mes de febrero de 2012.
La resoluci¨®n que el juez prepara para el mi¨¦rcoles, d¨ªa 25 de junio, es el auto que resume toda la investigaci¨®n realizada, lo que supone nombrar a las personas imputadas y los hechos. El juez puede quitar a algunas de esas personas o mantenerlas imputadas. Por ejemplo, a la infanta Cristina.
No se debe olvidar que, siguiendo la estrategia trazada por Horrach la Casa del Rey resolvi¨® junto con los abogados Miquel Roca y Jos¨¦ Mar¨ªa Silva, no recurrir la imputaci¨®n de la infanta. Por esta raz¨®n acudi¨® a declarar ante el juez el 8 de febrero pasado, sin poner a prueba en este punto a la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca.
La infanta Cristina, por tanto, sigue imputada por delito fiscal y blanqueo de capitales.
Si el juez Castro la mantiene en el auto de transformaci¨®n, ?quiere ello decir que la ha sentado en el banquillo?
No.
Porque el auto de conclusi¨®n no es un auto de "acusaci¨®n".
Seg¨²n el Tribunal Constitucional "cuando el Instructor adopta la decisi¨®n de seguir el proceso como procedimiento abreviado, no se limita s¨®lo a constatar la inexistencia de otras diligencias relevantes para la instrucci¨®n, sino que realiza una valoraci¨®n jur¨ªdica tanto de los hechos como sobre la imputaci¨®n subjetiva de los mismos. Dicho de otro modo, cuando el Juez adopta la decisi¨®n de continuar el proceso -art. 789.5, regla cuarta- tambi¨¦n rechaza (impl¨ªcitamente) la procedencia de las otras resoluciones del art. 789.5 LECR. y, de modo especial, el archivo o sobreseimiento de las actuaciones". (Sentencia 15 de noviembre de 1990)
El auto de transformaci¨®n es recurrible en recurso de reforma y/o subsidiario de apelaci¨®n; en ¨¦ste ¨²ltimo caso ante la secci¨®n segunda de lo Penal de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, encargada de los recursos en el caso.
Ya sabemos que el fiscal Pedro Horrach y con toda probabilidad la abogada del Estado, Dolores Ripoll, adem¨¢s de la defensa de la infanta Cristina, van a recurrir esta imputaci¨®n si el juez Castro decide mantenerla en el auto de transformaci¨®n. Tanto la imputaci¨®n por delito fiscal como por blanqueo de capitales.
Porque estiman que de acuerdo con los informes de la Agencia Tributaria la infanta Cristina no habr¨ªa llegado, a trav¨¦s de Aizoon, a los 120.000 euros anuales de cuota defraudada que constituye delito fiscal (a partir de la reforma de 2003). Tampoco advierten cooperaci¨®n con los delitos fiscales de su esposo.
El siguiente paso procesal, despu¨¦s de la transformaci¨®n, es el traslado al fiscal Horrach y a las partes acusadoras para que eleven su calificaci¨®n provisional de los hechos y abocarse al auto de apertura de juicio oral.
Aqu¨ª es donde se juega, te¨®ricamente, por as¨ª decir, el banquillo.
Pero antes est¨¢ la Audiencia de Palma, como hemos dicho.
Aunque el recurso contra el auto de transformaci¨®n no tiene efectos suspensivos, la idea es que una causa tan relevante, el juez Castro no abordar¨¢ el auto de apertura de juicio oral hasta que la Audiencia de Palma resuelva los recursos y de firmeza a la resoluci¨®n. Por tanto, la imputaci¨®n de la infanta puede o no ser confirmada por los jueces de la secci¨®n segunda de la Audiencia.
Y la decisi¨®n que adopten es muy importante. Veamos.
En general, si las acusaciones populares solicitan la apertura de juicio oral contra una persona, el juez debe dictar el auto de apertura de juicio oral.
Pero en el delito fiscal la jurisprudencia (doctrina Bot¨ªn) establece que en un caso de inter¨¦s particular, si los directamente perjudicados por dicho delito (Abogado del Estado, en nombre de Hacienda) y el Fiscal no piden la apertura de juicio oral, el juez debe abstenerse. No puede acusar contando con la posici¨®n favorable de las acusaciones populares en solitario.
Dicha doctrina se remonta a 2007. El Tribunal Supremo dictamin¨® que el presidente del Banco Santander no pod¨ªa ser acusado por una ¨²nica acusaci¨®n popular cuando ¨¦sta no era perjudicada directa. Se trataba del caso de las cesiones de cr¨¦dito donde estaban acusados Emilio Bot¨ªn, otros tres ejecutivos del banco y 21 clientes.
M¨¢s tarde, en 2008, el Tribunal Supremo introdujo una matizaci¨®n (doctrina Atutxa), al legitimar a las acusaciones populares para conseguir la apertura de juicio oral cuando se trata del inter¨¦s general, de delitos que afectan a intereses colectivos y difusos como son el tr¨¢fico de influencias, el fraude a la administraci¨®n o la malversaci¨®n de caudales p¨²blicos. Esta legitimaci¨®n parte del hecho de que en estos casos no est¨¦ personada una acusaci¨®n particular.
Pero a la infanta Cristina se la ha imputado, hasta ahora, por delito fiscal y blanqueo de capitales.
Si bien la doctrina Bot¨ªn impide sentar a la infanta en el banquillo por delito fiscal cuando el Fiscal y la Abogac¨ªa del Estado no acusan, ?tambi¨¦n es una barrera para hacerlo por blanqueo de capitales a trav¨¦s de la sociedad Aizoon, como ha sostenido hasta ahora el juez?
Parecer¨ªa que en este punto del blanqueo podr¨ªa aplicarse la doctrina Atutxa. Pero, atenci¨®n, en esta causa s¨ª tenemos personada una acusaci¨®n particular (la Abogac¨ªa del Estado).
El fiscal Horrach sostiene que para cometer el delito de blanqueo era necesario que la infanta Cristina conociera el origen il¨ªcito del dinero de Aizoon (art¨ªculo 301.1 del C¨®digo Penal). Y, adem¨¢s, arguye que los fondos canalizados a trav¨¦s de dicha sociedad eran honorarios "leg¨ªtimos" de Urdangar¨ªn "por ser miembro del Consejo de Administraci¨®n o asesor de entidades mercantiles".
Resumamos.
Puede ser que todo esto sea resuelto en la Audiencia de Palma al verse los recursos contra el auto de transformaci¨®n.
Si es as¨ª, llegar¨ªamos al momento de dictar el auto de apertura de juicio oral con el panorama jur¨ªdico-penal despejado. A la hora de redactar dicho auto, el juez Castro ya sabr¨ªa a qu¨¦ atenerse.
Ser¨ªa, pues, la Audiencia la que aclare la ¨ªnc¨®gnita sobre la jurisprudencia de los casos Bot¨ªn y Atutxa y su aplicaci¨®n en el caso Urdangar¨ªn.
Comentarios
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.