La juez Alaya y la Sala Segunda
La exposici¨®n razonada de la juez Mercedes Alaya sobre el esc¨¢ndalo de corrupci¨®n del los ERE de la Junta de Andaluc¨ªa llega al Tribunal Supremo en tiempos de mudanza. El pr¨®ximo 11 de septiembre se jubila Juan Saavedra, presidente de la Sala Segunda, que re¨²ne a los magistrados de lo penal m¨¢s importantes de este pa¨ªs. El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) deber¨¢ decidir qui¨¦n es su sucesor en la ¨²ltima semana de septiembre o, en su defecto, en el pleno del mes de octubre.
Por de pronto, el 11 de septiembre, Saavedra deja el Tribunal Supremo y le sucede autom¨¢ticamente como presidente en funciones el magistrado m¨¢s antiguo de la sala C¨¢ndido Conde-Pumpido, el n¨²mero uno por antig¨¹edad, que lleg¨® a la Sala Segunda en 1995.
Conde-Pumpido, magistrado de lo penal durante casi toda su carrera, ha ocupado durante dos mandatos (2004-2011) la Fiscal¨ªa General del Estado bajo la presidencia de Gobierno de Jos¨¦ Luis Rodr¨ªguez Zapatero. Compite por la presidencia de la sala con dos magistrados que proceden de la carrera fiscal: el n¨²mero siete por antig¨¹edad, el magistrado Miguel Colmenero, y el n¨²mero 12, Manuel Marchena.
Da toda la impresi¨®n de que los dados ya est¨¢ echados...a favor, seg¨²n diversas fuentes jur¨ªdicas, del enfant ch¨¦ri de la vicepresidenta del Gobierno, Soraya S¨¢enz de Santamar¨ªa, que es Manuel Marchena, el ¨²ltimo de los tres aspirantes en llegar a la Sala Segunda (2007). Pero siempre puede haber sorpresas, habida cuenta de que el candidato al que apoya el sector progresista, Conde-Pumpido, se enfrenta con dos candidaturas conservadoras, Colmenero y Marchena, de talante distinto. El sector conservador, pues, tiene dos opciones.
El 11 de septiembre, los tres candidatos est¨¢n citados por la comisi¨®n permanente del CGPJ, que preside Carlos Lesmes, para que expongan, cada uno por separado, por qu¨¦ raz¨®n estiman que el pleno del organismo deber¨ªa nombrarle presidente de la Sala Segunda. Conde-Pumpido acudir¨¢, pues, como presidente en funciones de la citada sala, cargo que ejercer¨¢ hasta que el CGPJ designe al sucesor de Juan Saavedra.
La exposici¨®n motivada elevada por la juez Alaya ha aterrizado en el Supremo, pues, en medio de este cambio. Los pasos procesales, seg¨²n ya hemos apuntado, son el envio de esa exposici¨®n a la Fiscal¨ªa del Tribunal Supremo para que, como es normal, emita su informe. Posteriormente, una sala de magistrados proceder¨¢ al an¨¢lisis del mismo y del material enviado para resolver sobre la instrucci¨®n futura de la causa.
Antes de mandar su exposici¨®n razonada, la juez Alaya, en contactos extraoficiales con el Supremo, expres¨® que deseaba simplemente inhibirse a favor de dicho tribunal. Se le explic¨®, segun fuentes jur¨ªdicas, que su juzgado no puede inhibirse en favor de un tribunal superior, en este caso el Supremo. Lo que deb¨ªa hacer era una exposici¨®n razonada en relaci¨®n con las personas aforadas implicadas en el caso de los ERE.
En dicho contacto oficioso supo tambi¨¦n la juez Alaya que el primer paso procesal, despu¨¦s de que se reciba la exposici¨®n en el Supremo, ser¨ªa su pase a la Fiscal¨ªa, para informar, algo ante lo cual reaccion¨® no sin suspicacia.
Tanto si toca durante la presidencia en funciones de Conde-Pumpido abordar la exposici¨®n razonada de la juez Alaya -lo que depende del momento en que la Fiscal¨ªa presente su informe tras recibir todo el material- como si ello ocurre m¨¢s tarde, con un nuevo presidente, el citado magistrado tendr¨¢ que abstenerse.
?Por qu¨¦?
Porque el esc¨¢ndalo de corrupci¨®n de los ERE es una derivada del caso Mercasevilla, empresa municipal sevillana. Y fue en su calidad de Fiscal General del Estado que el magistrado Conde-Pumpido firm¨® el decreto por el cual, a propuesta de su secretar¨ªa t¨¦cnica, se le adjudic¨® la investigaci¨®n de la causa a la Fiscal¨ªa Anticorrupci¨®n, seg¨²n lo solicitaba el fiscal jefe de la Fiscal¨ªa Anticorrupci¨®n, Antonio Salinas, hoy en el mismo puesto.
Pero, ?puede tener alguna influencia el cambio en la presidencia de la Sala Segunda sobre este caso?
Es una posibilidad que no puede descartarse, aunque la filosof¨ªa, por as¨ª decir, del Tribunal Supremo en la instrucci¨®n de este tipo de casos est¨¢ bastante depurada.
La juez Alaya sostiene: a) la causa debe ser investigada completa, sin utilizar el mecanismo previsto para los llamados macroprocesos, a saber, las piezas separadas; b) el Supremo deber¨ªa asumir la instrucci¨®n respecto de todos los imputados, aforados y no aforados.
La insistencia de la juez Alaya en el primer punto explica su extra?eza ante el hecho, por otra parte habitual, de que una vez recibida, la exposici¨®n razonada pasa a informe de la Fiscal¨ªa.
?Por qu¨¦?
Porque la Fiscal¨ªa Anticorrupci¨®n, que lleva esta investigaci¨®n, sostiene que un buen n¨²mero de ERE ya est¨¢n listos para juzgar y que no ser¨ªa recomendable esperar a que acabe una instrucci¨®n que ya lleva tres a?os y medio.
Pero la Fiscal¨ªa ha perdido en la Audiencia de Sevilla, al menos de momento, este partido. Los jueces dieron la raz¨®n a la juez Alaya. Procede, pues, finalizar la instrucci¨®n y juzgar todos los casos en ese momento.
Pero, claro, el Tribunal Supremo es la m¨¢xima autoridad. Y ahora que deben resolver sobre la exposici¨®n razonada, los supremos pueden tambi¨¦n decidir si cabe ir a un enjuiciamiento individual de los ERE. Por eso, la juez recela del informe de la Fiscal¨ªa. ?No resucitar¨¢ la Fiscal¨ªa del Supremo el criterio de la Fiscal¨ªa Anticorrupci¨®n que la Audiencia de Sevilla ha tumbado? ?Y no influir¨¢ ello en la posici¨®n de la sala de magistrados que en su d¨ªa tenga que examinar la exposici¨®n y el informe de la Fiscal¨ªa?
El segundo punto es el que se refiere a que el Supremo deber¨ªa asumir la totalidad de la investigaci¨®n sobre los 201 imputados, de los cuales siete son aforados (tres diputados nacionales y cuatro auton¨®micos).
El Supremo tiene su tradici¨®n. Para citar algunas de las m¨¢s importantes casusas, dicho tribunal instruy¨® las facturas falsas de financiaci¨®n ilegal del PSOE (Filesa), y el caso del secuestro de Segundo Marey por los aparatos de seguridad del Estado durante la ¨¦poca del terrorismo de los GAL. En ambos casos, la investigaci¨®n de los aforados atrajo la de otros imputados sin fuero.
Pero el balance de estas y otras actuaciones ha llevado a que la Sala Segunda intente limitar su intervenci¨®n a los aforados. Y no porque los magistrados del Supremo no est¨¦n acostumbrados o les falte m¨²sculo para instruir. En el caso G¨¹rtel, la Sala Segunda instruy¨® los indicios de criminalidad que se refer¨ªan al entonces senador Luis B¨¢rcenas y al diputado Jes¨²s Merino, antes de que ambos dejaran sus cargos.
Y hay una cosa que se olvida o no se menciona lo suficiente en lo que podr¨ªamos llamar el caso B¨¢rcenas. La Policia de Suiza, tras conocer en 2010 una solicitud de B¨¢rcenas de ampliaci¨®n del l¨ªmite a 25.000 euros mensuales en su tarjeta VISA con cargo a su cuenta en el LGT (ex Dresdner Bank) de Ginebra, inform¨® a la Polic¨ªa espa?ola sobre el hecho (B¨¢rcenas era en su calidad de senador un PPE, una Persona Politicamente Expuesta), lo que dio lugar al env¨ªo de una comisi¨®n rogatoria en la que se solicitaba datos sobre la cuenta bancaria del ex tesorero del Partido Popular.
En esos momentos instru¨ªa los cargos contra B¨¢rcenas el magistrado del Tribunal Supremo Francisco Monterde, quien inmediatamente, tras recibir la informaci¨®n de la UDEF, la Polic¨ªa Judicial, envi¨® la comisi¨®n rogatoria. Los primeros 22 millones de euros que Suiza destap¨® en su respuesta de finales de 2012, conocidos p¨²blicamente el 16 de enero de 2013, fueron una respuesta a la petici¨®n de auxilio judicial enviada por el magistrado Monterde.
Por tanto, no es un problema que el Tribunal Supremo se niegue o prefiera no echarse encima una instrucci¨®n. Parece dif¨ªcil encontrar razones t¨¦cnicas para que nueve aforados atraigan la investigaci¨®n de otras 192 personas que no gozan de fuero.
Fuentes jur¨ªdicas estiman que la juez Alaya advierte que una instrucci¨®n separada de los aforados debilitar¨ªa los argumentos de su exposici¨®n razonada sobre la presunta planificaci¨®n de los ERE fraudulentos desde el principio -la elecci¨®n de un sistema de financiaci¨®n doloso por parte de la Junta de Andaluc¨ªa y su aprobaci¨®n en el Parlamento auton¨®mico- hasta el final, con la concesi¨®n de los 855 millones euros.
En otros t¨¦rminos, el ¨¢nimo de enga?ar estaba presente desde el comienzo. Para defraudar y malversar.
Ya en su d¨ªa, la Audiencia de Sevilla expres¨® sus dudas sobre esta idea de la juez "al referir la instrucci¨®n o los autos que en ella se dictan a que las leyes de presupuestos aprobadas por el Parlamento pudieran constituir un instrumento del fraude al erario p¨²blico andaluz, no s¨®lo nos estar¨ªamos refiriendo en hip¨®tesis criminal a la ilicitud penal del gobierno auton¨®mico, sino tambi¨¦n a la del propio Parlamento".
La juez Alaya corrigi¨® m¨¢s tarde el tiro en otro auto al afirmar que "en cualquier instrucci¨®n penal debe huirse de las generalizaciones". La juez se?alaba:"No hablamos del gobierno andaluz, sino de ciertos cargos de relevancia que por raz¨®n de sus competencias pudieron propiciar la instauraci¨®n de este sistema ilegal o tambi¨¦n denominado entre ellos 'procedimiento espec¨ªfico'. Por lo que respecta al Parlamento andaluz, ni siquiera como hip¨®tesis de estudio se ha planteado la existencia de responsabilidad".
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