Los pecados fiscales de Pujol
La cuesti¨®n relativa a la herencia es absolutamente independiente de las causas judiciales abiertas con relaci¨®n a alguno de los hijos del expresident
Como estudiosos de la hacienda p¨²blica y del sistema fiscal pretendemos en este texto explicar lo que se sabe del conocido como caso Pujol. Lo hacemos sin ¨¢nimo de justificar juicios de valor, sino de analizar simplemente los hechos que hoy se conocen. Y tambi¨¦n para salir del paso de un ruido tan ensordecedor, maledicente y justiciero, no siempre sincero, que hace que muchos ciudadanos est¨¦n confundidos ante m¨²ltiples comentarios en los que se embrollan cuestiones pol¨ªticas, sociales y jur¨ªdicas que conviene necesariamente distinguir. Vaya por delante nuestra valoraci¨®n contraria en todo caso a quien ha predicado lo que no ha practicado, impulsando de palabra valores sociales y familiares ridiculizados por los hechos ya confirmados. Nada, sin embargo, que no hayamos visto en otros casos, finiquitados por prescripci¨®n jur¨ªdica u otros artilugios legales.
Si nos centramos ahora en el n¨²cleo principal del problema, la herencia no declarada, es imprescindible remitirnos a la ¨²nica informaci¨®n de la que disponemos: el comunicado de Jordi Pujol i Soley de 25 de julio de 2014. Entendemos que la expiaci¨®n fue un acto calculado al mil¨ªmetro por la familia con asesores y abogados. La no inculpaci¨®n del expresident es el objetivo. La no condena, la finalidad ¨²ltima. En cualquier caso, apuntemos que, por el momento, en el comunicado aludido no queda claro si el heredero de la citada herencia desencadenante de los males es el propio expresident o, por el contrario, sus hijos y su c¨®nyuge. Y no queda claro porque en el propio comunicado se habla de que la voluntad de Florenci Pujol i Brugat era que los destinatarios de su herencia fueran sus nietos y Marta Ferrusola.
Sin embargo, del resto del comunicado se colige que la muerte s¨²bita de Florenci oblig¨® a su hijo, Jordi Pujol i Soley, a asumir la responsabilidad legal de cualquier decisi¨®n, expresi¨®n de la que parece deducirse que el heredero fue finalmente Jordi Pujol. De ah¨ª la importancia de conocer el contenido del testamento. En cualquier caso, la obligaci¨®n de Jordi Pujol i Soley, como heredero, o como representante legal de sus hijos menores de edad, era en su d¨ªa la de presentar la declaraci¨®n-liquidaci¨®n por el Impuesto sobre Sucesiones, declaraci¨®n-liquidaci¨®n que no se present¨® y de la que prescribi¨® tambi¨¦n el derecho de la Generalitat a liquidar el importe correspondiente. Este es el primero de los pecados de Pujol, expresident.
El segundo de sus pecados fue no declarar ni liquidar el Impuesto sobre la Renta de las Personas por los posibles rendimientos de las inversiones financieras ubicadas, primero, en Suiza, y, despu¨¦s en Andorra; pecado al que hay que a?adir el de no presentar tampoco la declaraci¨®n del Impuesto sobre el Patrimonio, tributo, por cierto, cuya recaudaci¨®n est¨¢ cedida a las Comunidades Aut¨®nomas. Ambos impuestos, seg¨²n cual fuera el testamento, debieran de haber sido presentados por el expresident, de ser el verdadero heredero, o sus hijos y su mujer, de serlo ellos. Acertaron no obstante en no acogerse por ese solo hecho a la amnist¨ªa fiscal del 2013, ya que las colocaciones opacas proced¨ªan de una herencia que ya hab¨ªa prescrito. Pero erraron, sin embargo, al no presentar la declaraci¨®n de bienes situados en el extranjero, cuyo primer vencimiento fue en abril de 2013. Y erraron, porque las consecuencias de no hacerlo es que el importe de tales inversiones tiene la consideraci¨®n de ganancia patrimonial no justificada en el IRPF, esto es, de ingreso, sin que pueda en ning¨²n caso alegarse la prescripci¨®n. Al pago por dicho impuesto hay que incluir las importantes sanciones que dicha obligaci¨®n lleva asociadas. En consecuencia, no se puede afirmar que Jordi Pujol i Soley ¡ªo sus hijos y su mujer¡ª haya incurrido en ning¨²n delito fiscal por el hecho de no haber declarado ni liquidado la famosa herencia, sea como heredero o como representante legal de sus hijos. Bien es cierto que, de las declaraciones complementarias presentadas en julio de 2014 por alguno de sus hijos, se puede razonablemente pensar que son ¨¦stos, y su madre, los herederos o titulares de las inversiones hasta entonces no declaradas. En cualquier caso, esta es una cuesti¨®n que, como decimos, s¨®lo el testamento puede aclarar. El ministro Montoro, en una comparecencia en el Congreso te?ida excesivamente por lo pol¨ªtico, perdi¨® sin duda la oportunidad para aclarar a los ciudadanos los diferentes procedimientos en curso con relaci¨®n a la familia Pujol y su muy diferente problem¨¢tica a la luz de la informaci¨®n de que se dispone a fecha de hoy. Oportunidad compatible con la necesaria y decidida lucha contra el fraude fiscal de modo igual para todos.
Sea como fuere, y de la informaci¨®n de la que se dispone, la cuesti¨®n relativa a la herencia es absolutamente independiente de las causas judiciales abiertas con relaci¨®n a alguno de los hijos Pujol. Ello no significa que en su tramitaci¨®n se pruebe la presunta vinculaci¨®n de Jordi Pujol i Soley en los negocios u operaciones objeto de esta investigaci¨®n judicial. Y nada tiene que ver, tampoco, con el hecho de que se investigue si el origen de las inversiones no declaradas es o no realmente la herencia de Florenci Pujol o, por el contrario, ingresos no declarados cuyos titulares sean otras personas distintas; cuestiones, ambas, que habr¨¢ que probar. Y si fuera el caso, cabr¨ªa tambi¨¦n conocer qui¨¦nes, c¨®mo y cu¨¢ndo prevaricaron en favor de aqu¨¦llos. Pero hasta ese momento, conviene no confundir temas cuyo origen es absolutamente distinto: el de la herencia y el de las ganancias opacas a?adidas. Y ello no es ¨®bice, tampoco, para hacer el m¨¢s severo reproche social a quienes hacen con la deshonestidad y la falta de trasparencia un da?o moral, social y pol¨ªtico irreparable que requiere la m¨¢s severa condena ciudadana. Predicar con el ejemplo exige no temer a la verdad para exigir limpieza, al menos, en esta parte del Ebro.
Guillem Lopez-Casasnovas y Antoni Dur¨¢n-Sindreu son profesores de la Universidad Pompeu Fabra.
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