Justicia sacar¨¢ adelante la cadena perpetua revisable aun sin consenso
El ministro aclara que est¨¢ dispuesto a pactar los detalles, no a renunciar a la nueva pena
El Ministerio de Justicia va a mantener en el proyecto de ley del C¨®digo Penal (que se est¨¢ tramitando en el Congreso) la figura de la prisi¨®n permanente revisable, una especie de cadena perpetua pero con car¨¢cter reversible que nunca ha existido en la Espa?a democr¨¢tica y que el Gobierno anunci¨® en 2013 para determinados delitos muy graves. El ministro Rafael Catal¨¢ hab¨ªa sugerido la semana pasada que estaba abierto a retirar esa nueva figura penal ante la falta de consenso con los grupos de oposici¨®n, pero hoy ha aclarado que no tiene ninguna intenci¨®n de retirarla sino solo de negociar su regulaci¨®n desde el punto de vista "t¨¦cnico y jur¨ªdico".
Catal¨¢ -que sustituy¨® hace tres semanas en el cargo al dimitido Alberto Ruiz-Gallard¨®n- ha considerado en una entrevista en TVE que la prisi¨®n permanente revisable es una figura penal "muy razonable" y "coherente" con la cultura jur¨ªdica espa?ola. A su juicio, la posibilidad de que un preso est¨¦ toda la vida en la c¨¢rcel no choca con el objetivo de reinserci¨®n social que atribuye a las penas de prisi¨®n el art¨ªculo 25 de la Constituci¨®n, porque con la f¨®rmula de "prisi¨®n permanente revisable" el reo tiene la oportunidad de revertir esa situaci¨®n y salir de la c¨¢rcel si demuestra estar rehabilitado.
El pasado mi¨¦rcoles, durante su comparecencia en la Comisi¨®n de Justicia del Congreso para dar cuenta de los proyectos legislativos del ministerio para el pr¨®ximo a?o, Catal¨¢ hab¨ªa insistido en que la prisi¨®n permanente revisable "tiene cabida" en el ordenamiento jur¨ªdico espa?ol. Pero hab¨ªa a?adido: "En todo caso, dicho esto, como con tantas otras cosas tendremos que valorar el grado de consenso que esto puede generar en los grupos parlamentarios y valoraremos si lo llevamos adelante o decaemos". "Vamos a tener la m¨¢xima flexibilidad porque sabemos que cuando pedimos a sus se?or¨ªas di¨¢logo, participaci¨®n y consenso tambi¨¦n lo tenemos que ofrecer nosotros. Tambi¨¦n tendremos que hacer renuncias cuando las pedimos al resto de los grupos parlamentarios", remat¨®.
Plazos para la revisi¨®n
Fuentes de Justicia han matizado hoy que el ministro "se explic¨® mal o fue malinterpretado", y que en su agenda no est¨¢ "en absoluto" la posibilidad de retirar esa figura del proyecto de ley de C¨®digo Penal. "A lo que s¨ª estamos dispuestos es a negociar el desarrollo de esa figura: qu¨¦ se entiende por permanente y qu¨¦ se entiende por revisable", apuntan estas fuentes. Es decir, negociar por ejemplo los plazos de revisi¨®n de la pena o los delitos a los que se aplicar¨ªa.
El nuevo proyecto de ley de C¨®digo Penal -la en¨¦sima reforma de esa ley en democracia, que siempre ha ido en la direcci¨®n de endurecer las penas- fue aprobado definitivamente por el Consejo de Ministros en septiembre de 2013, cuando era ministro de Justicia Alberto Ruiz-Gallard¨®n. Entre las novedades de aquel texto estaba la figura de la prisi¨®n permanente revisable, prevista para los delitos de homicidio terrorista, magnicidio, genocidio, delitos de lesa humanidad y asesinato agravado (el cometido sobre menores o discapacitados, el asesinato m¨²ltiple o el subsiguiente a una violaci¨®n). En todos esos casos, a partir de la entrada en vigor de la ley, el juez estar¨¢ obligado a dictar prisi¨®n permanente revisable.
Esa pena consiste en que, cuando el preso lleva un determinado tiempo en la c¨¢rcel -entre 25 y 35 a?os, seg¨²n los delitos-, un tribunal debe evaluar si est¨¢ rehabilitado. Si lo est¨¢, sale de prisi¨®n (aunque pasar¨¢ de cinco a diez a?os en libertad condicional); si no lo est¨¢, sigue en la c¨¢rcel y volver¨¢ a ser evaluado cada a?o.
Antes de los 25 o 35 a?os, de todas formas, el reo podr¨ªa acceder al tercer grado (una semilibertad que generalmente solo obliga a dormir en prisi¨®n). En la pr¨¢ctica, por tanto, la prisi¨®n permanente revisable supondr¨ªa en ocasiones una estancia en prisi¨®n m¨¢s corta que la de otras penas ya existentes en Espa?a: los condenados por varios asesinatos terroristas ya pueden pasar ahora, por ejemplo, hasta 40 a?os en la c¨¢rcel. Pero la diferencia es que la prisi¨®n permanente revisable se aplicar¨¢ a bastantes m¨¢s delitos; y, sobre todo, que siempre existe la posibilidad de? que el preso no demuestre estar rehabilitado y, en ese caso, s¨ª pase toda su vida en prisi¨®n.
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