El pleito de Catalu?a
Cr¨®nica hist¨®rica del viaje desde la autonom¨ªa regional a la soberan¨ªa nacional
El pleito de Catalu?a es la nacionalidad¡±, afirm¨® Francesc Camb¨® en la fiesta de la Unidad Catalana, organizada el 21 de mayo de 1916 en el Palau de la M¨²sica de Barcelona para celebrar el triunfo de la Lliga Regionalista en las recientes elecciones legislativas. ¡°Catalu?a¡±, a?adi¨®, ¡°sabe lo que es la nacionalidad, tiene conciencia de ella y quiere el derecho a regir su vida. Queremos el r¨¦gimen de nuestra vida interna, sin odio a nadie, pero con tal intensidad que combatiremos sin tregua todo lo que se oponga a nuestro paso¡±.
El combate hab¨ªa comenzado alrededor de 30 a?os antes, cuando una ¨¦lite de burgueses, profesionales e intelectuales catalanes sali¨® a la palestra negando el supuesto sobre el que los liberales trataron de construir un Estado desde los tiempos de guerra contra el franc¨¦s: la perfecta adecuaci¨®n entre Estado unitario y naci¨®n espa?ola. Y en efecto, ya se mire la prolija Mem¨°ria en defensa dels interessos morals i materials de Catalunya, presentada al rey Alfonso XII en febrero de 1885, ya el m¨¢s breve Missatje a S.?M.?Donya Cristina de Hausburg-Lorena, Reina Regent d¡¯?Espanya, Comtessa de Barcelona, lo que aquellos catalanes afirmaban no era tanto que Espa?a no fuese una naci¨®n como que en el mismo Estado del que Espa?a era naci¨®n exist¨ªan regiones con rango de nacionalidades. Entre ellas, Catalu?a, por una diferencia de lengua, de derecho civil, de cultura, de historia, que se remontaba a la Edad Media, sustrato sobre el que habr¨ªa de basarse una autonom¨ªa, entendida, seg¨²n lo expresar¨¢ en marzo de 1892 las Bases per la constituci¨® regional catalana, como soberan¨ªa en su gobierno interior.
En la Monarqu¨ªa: la autonom¨ªa integral
Aquellas demandas de autonom¨ªa ¡ªalimentadas por una ideolog¨ªa historicista, tardorrom¨¢ntica y corporativa, e impulsadas por la protesta contra la unificaci¨®n del derecho civil, penal y mercantil, contra la divisi¨®n del Estado en provincias y por la defensa de la lengua y del arancel¡ª proced¨ªan de fuera del sistema pol¨ªtico, de la rica trama de entidades c¨ªvicas, culturales y econ¨®micas que poblaban Catalu?a. Pero a partir de 1898, y como resultado de la crisis moral y pol¨ªtica provocada por el Desastre, la Uni¨® Regionalista y el Centre Nacional Catal¨¤ decidieron dar el salto a la pol¨ªtica creando en 1901 la Lliga Regionalista y competir, con singular ¨¦xito, en elecciones como partido pol¨ªtico.
A partir de ese momento, ser¨¢ la Lliga, con Enric Prat de la Riba y Francesc Camb¨® como l¨ªderes de sus dos principales corrientes, quien defienda una renovada concepci¨®n de la autonom¨ªa, sostenida en el ¡°hecho diferencial¡± que proclama a Catalu?a ¨²nica naci¨®n de los catalanes y que proyecta a Espa?a como Estado llamado a una misi¨®n imperial, ¨²nico camino para devolverle su perdida grandeza.
Cierto, los hechos diferenciales eran m¨²ltiples y los catalanistas estaban dispuestos a reconocerlo. En la primera visita del joven rey Alfonso XIII a Barcelona en abril de 1904, Camb¨® no perdi¨® la ocasi¨®n de recordarle la necesidad de una reorganizaci¨®n del Estado que posibilitara el injerto ¡ª¡°ahora dif¨ªcil, casi imposible¡±¡ª de todas las autonom¨ªas de los ¡°organismos naturales: la regi¨®n, el municipio y la familia¡±. Y Prat de la Riba, al presentar en diciembre de 1911 a Jos¨¦ Canalejas un proyecto de bases para la constituci¨®n de la Mancomunidad catalana, insistir¨¢ en que su sentido descentralizador no era exclusivo de Catalu?a, sino ¡°aspiraci¨®n m¨¢s o menos manifiesta de todas las regiones y provincias de Espa?a¡±.
De modo que autonom¨ªa de Catalu?a y reforma constitucional vinieron a ser la misma cosa. Dos a?os despu¨¦s de haberse aprobado el Estatuto de la Mancomunidad en marzo de 1914, Francesc Camb¨® presentaba en el Congreso una nueva propuesta, retomada por la Asamblea de Parlamentarios en 1917 y reiterada un a?o despu¨¦s, tras su primera experiencia como ministro en un Gobierno presidido por Maura. Era la ¡°autonom¨ªa integral¡± que correspond¨ªa a la nacionalidad y que se resum¨ªa en la capacidad de los catalanes de regir todo aquello que afectaba a su ¡°vida interna¡±, o sea, todo lo que no se atribu¨ªa expresamente al Estado en el reparto de competencias plebiscitado en las asambleas de los municipios catalanes convocadas por la Mancomunidad. As¨ª reconocida, la autonom¨ªa de Catalu?a no pod¨ªa entenderse como separaci¨®n, sino como acicate a los otros pueblos de Espa?a para que siguieran el mismo camino: ¡°Queremos que venga con Espa?a, porque sentimos a Espa?a como algo nuestro¡±.
Sin la conmoci¨®n mundial de la Gran Guerra, el triunfo de aquellos ideales se presentaba como ¡°tarea larga y pesada¡±. Pero el momento hab¨ªa llegado y despu¨¦s de atender una llamada de Alfonso XIII ¡ªque le prometi¨® la autonom¨ªa inmediata a cambio de ¡°provocar un movimiento que distraiga a las masas de cualquier prop¨®sito revolucionario¡±¡ª, Camb¨® exhort¨® a los catalanes asegur¨¢ndoles que hab¨ªa querido Dios ¡°que en nuestra generaci¨®n est¨¦ la suerte de Catalu?a¡±. ¡°La autonom¨ªa completa, absoluta, integral¡± estaba, por fin, al alcance de la mano. De ah¨ª que su frustraci¨®n fuera profunda cuando Antonio Maura, alarmado ante las nuevas Bases presentadas por la Mancomunidad el 25 de noviembre de 1918 ¡ªun Parlamento catal¨¢n con dos C¨¢maras, un Gobierno, un tribunal mixto para dirimir posibles pleitos con otras regiones¡ª, exclam¨®: ¡°?Autonom¨ªa integral?... No s¨¦ lo que es¡±. ¡°Ustedes¡±, les dijo, ¡°han delimitado la regi¨®n amojonando el Estado¡±. La promesa regia se disolvi¨® aplastada por las ovaciones de los parlamentarios del turno, mientras los diputados y senadores de la minor¨ªa catalana abandonaban el Congreso. La autonom¨ªa integral mor¨ªa antes de nacer: ¡°?Monarqu¨ªa? ?Rep¨²blica? ?Catalu?a!¡±, exclamar¨¢ Camb¨®, mientras el republicano Marcel¡¤l¨ª Domingo, tendi¨¦ndole la mano, le promet¨ªa que ¡°con la Rep¨²blica tendr¨¢n todas las regiones la autonom¨ªa a que aspiran¡±.
En la Rep¨²blica:?la regi¨®n aut¨®noma
Y la Rep¨²blica lleg¨® con el triunfo, en las elecciones municipales del 12 de abril de 1931, de la coalici¨®n republicano-socialista en Espa?a y de Esquerra Republicana, un partido reci¨¦n creado, en Catalu?a. A las dos menos cuarto del d¨ªa 14, Llu¨ªs Companys sali¨® al balc¨®n principal del Ayuntamiento y proclam¨® la Rep¨²blica Federal Espa?ola, solo para que una hora despu¨¦s Francesc Maci¨¤ le corrigiera la plana declarando la instauraci¨®n de un ¡°Estat catal¨¤, que amb tota la cordialitat procurarem integrar a la Federaci¨® de Rep¨²bliques Ib¨¨riques¡±. Tal vez alguien advirti¨® al viejo l¨ªder de la imposibilidad de integrar el Estat catal¨¤ en una entidad inexistente, el caso fue que Maci¨¤ rectific¨® su propia correcci¨®n y proclam¨® a la ca¨ªda de la tarde la ¡°Republica catalana com Estat integrant de la Federaci¨® Ib¨¦rica¡±.
La inquietud que estas sucesivas, y algo extravagantes, declaraciones despertaron en el Gobierno provisional de la Rep¨²blica movi¨® a su presidente, Niceto Alcal¨¢ Zamora ¡ªque en 1916 hab¨ªa afirmado que Catalu?a era ¡°una regi¨®n vigorosa, pero no una nacionalidad, ni puede serlo¡±¡ª, a despachar tres ministros (Domingo, Nicolau y De los R¨ªos) a Barcelona con objeto de negociar una f¨®rmula de avenencia. La encontraron no en el restablecimiento de la Mancomunidad, disuelta por la dictadura de Primo de Rivera (1925), sino m¨¢s lejos en el tiempo, en el de la Generalitat como gobierno provisional hasta que se promulgara la Constituci¨®n y en el compromiso de presentar como ponencia ante las futuras Cortes Constituyentes el proyecto de estatuto de autonom¨ªa que el pueblo catal¨¢n y la Generalitat presentara al Congreso de Diputados.
Calmados de esta manera los ¨¢nimos, la Comisi¨®n Jur¨ªdica Asesora, encargada por el Gobierno de preparar un anteproyecto de Constituci¨®n, no consider¨® la posibilidad de un Estat catal¨¤ y desech¨® la idea de una rep¨²blica federal espa?ola, pero reconoci¨® el derecho que asist¨ªa a todas aquellas provincias lim¨ªtrofes, con caracter¨ªsticas hist¨®ricas, culturales y econ¨®micas comunes, a presentar un estatuto de autonom¨ªa si as¨ª lo decid¨ªan. Los miembros de la Comisi¨®n pensaban quiz¨¢ en la demanda de autonom¨ªa presentada a?os antes por la Lliga y reconoc¨ªan id¨¦ntico derecho a todas las provincias que ¡°acordaran organizarse en regi¨®n aut¨®noma para formar un n¨²cleo pol¨ªtico-administrativo dentro del Estado espa?ol¡±. La Constituci¨®n de la Rep¨²blica vino a reconocer lo que hab¨ªan repetido todos los catalanistas, mon¨¢rquicos o republicanos desde hac¨ªa 50 a?os: que la autonom¨ªa de Catalu?a implicaba proceder a la reestructuraci¨®n del Estado en regiones aut¨®nomas.
Quedaba as¨ª despejado el camino para que el Estatuto plebiscitado y presentado por la Generalitat comenzara a ser debatido. Manuel Aza?a, presidente del Gobierno, pulveriz¨® las barreras que se hab¨ªan levantado durante su tramitaci¨®n recordando que en el siglo XIX vientos universales hab¨ªan depositado sobre el territorio propicio de Catalu?a g¨¦rmenes que ¡°hab¨ªan arraigado y fructificado¡± hasta constituir ¡°hoy el problema pol¨ªtico espec¨ªfico catal¨¢n¡±. El pleito de Catalu?a se define as¨ª como problema pol¨ªtico, que exige una soluci¨®n pol¨ªtica que ya no pod¨ªa proceder del jacobinismo del siglo anterior, sino del reconocimiento de la diferencia en un estatuto para la regi¨®n catalana. Luego, como escribi¨® Josep Pijoan, ¡°vendr¨¢n otros estatutos, y as¨ª, de manera natural, biol¨®gica, la Pen¨ªnsula se federar¨¢ poco a poco, seg¨²n corresponde a su variedad¡±.
La pol¨ªtica, sin embargo, acab¨® por desviar el curso de la naturaleza y de la biolog¨ªa. El Estatuto, promulgado como Ley de la Rep¨²blica el 15 de septiembre de 1932, qued¨® suspendido el 6 de octubre de 1934 a consecuencia de la rebeli¨®n de la Generalitat, azuzada en primera instancia por la anulaci¨®n de la ley de contratos de cultivo por el Tribunal de Garant¨ªas Constitucionales y, en ¨²ltima y definitiva, por la entrada de la CEDA en el Gobierno.
El presidente Companys proclam¨® esta vez el Estat Catal¨¤ de la Republica Federal Espanyola para, acto seguido, rendirse ante el general Domingo Batet y ser encarcelado junto a sus compa?eros de insurrecci¨®n. ¡°Todo se ha perdido, incluso el honor¡±, escribi¨® el periodista Gaziel al comentar el ¡°desastroso final del primer ensayo autonomista realizado en Catalu?a¡±.
Aunque Gaziel no lo pudiera imaginar en 1934, todav¨ªa quedaba mucho que perder. Restablecido tras las elecciones de febrero de 1936, el Estatut fue suspendido por el Gobierno de la Rep¨²blica en todo lo relacionado con el orden p¨²blico tras los d¨ªas de guerra civil en mayo de 1937 en Barcelona, y en la zona rebelde qued¨® derogado por el general Franco por Ley de 5 de abril de 1938. Companys, un presidente al que el Gobierno siempre se le escurr¨ªa entre las manos, recuper¨® el honor en forma de martirio al ser capturado en Par¨ªs por la Gestapo, entregado a Franco y fusilado en 1940.
En democracia: nacionalidades y regiones
Que la historia no siempre es maestra de la vida qued¨® bien demostrado en junio de 1962 cuando en el encuentro de fuerzas pol¨ªticas del interior y del exilio en M¨²nich, y tras otro acalorado debate, no hubo manera de llegar a un acuerdo sobre si eran pueblos, regiones o nacionalidades las entidades a las que una futura democracia espa?ola deber¨ªa reconocer la autonom¨ªa. El duro enfrentamiento entre catalanistas y democratacristianos presentes en el coloquio solo lleg¨® a una tregua cuando Salvador de Madariaga propuso como f¨®rmula de compromiso ¡°el reconocimiento de la personalidad de las distintas comunidades naturales¡±.
Unas f¨®rmulas ¡ªpersonalidad, comunidad natural¡ª llamadas a corta vida: desde mediados de la d¨¦cada de 1960, los partidos, grupos y asambleas de oposici¨®n a la dictadura recuperaron los viejos t¨¦rminos de nacionalidad y regi¨®n como mejor expresi¨®n de un derecho que en ocasiones llamaban de autonom¨ªa y en otras de autodeterminaci¨®n. Pueblos, nacionalidades y regiones eran, las tres en plural, voces bien arraigadas en los l¨¦xicos pol¨ªticos espa?ol y catal¨¢n cuando se inicia en 1977 el debate constitucional, y no fue casualidad ni capricho, menos a¨²n delirio, que las tres encontraran su camino hasta verse estampadas en la Constituci¨®n: los pueblos de Espa?a aparecen en el pre¨¢mbulo, el pueblo espa?ol se presenta en el art¨ªculo 1 y las nacionalidades y regiones irrumpen, juntas, en el art¨ªculo 2.
Ni pueblos de Espa?a ni pueblo espa?ol crearon mayor problema, pero la llegada por vez primera de nacionalidades a un texto constitucional levant¨® una tormenta. Cuando se hizo p¨²blica su presencia en el anteproyecto, no faltaron voces templadas, como la de Manuel Garc¨ªa Pelayo, que mostr¨® su cautela porque nacionalidad introduc¨ªa gran incertidumbre sobre el futuro del Estado y porque ¡°formaba parte de la dial¨¦ctica de las cosas, no de la fatalidad hist¨®rica, que del Estado de nacionalidades se pase a su disgregaci¨®n en varios Estados nacionales¡±. Por eso, y porque la c¨²pula militar tampoco se mostraba muy complacida por la novedad, el art¨ªculo 2 pag¨® con la redundante f¨®rmula de la ¡°indisoluble unidad de la naci¨®n espa?ola, patria com¨²n e indivisible de todos los espa?oles¡± la presencia a su vera de nacionalidades y regiones.
En todo caso, nacionalidades y regiones y, con ellas, el principio de generalizaci¨®n de la autonom¨ªa y del derecho de cada una a elaborar su propio estatuto, era algo que la oposici¨®n lo ten¨ªa hablado desde a?os antes y fue objeto de los acuerdos firmados por Coordinaci¨®n Democr¨¢tica con Assemblea de Catalunya y con Consell de Forces Pol¨ªtiques de Catalunya en sendas reuniones mantenidas en Barcelona el 21 de mayo de 1976.?
De la necesidad urgente de estructurar el Estado en nacionalidades y regiones habl¨® con Adolfo Su¨¢rez en enero de 1977 una delegaci¨®n de la Comisi¨®n de los Nueve, formada por Felipe Gonz¨¢lez, Ant¨®n Ca?ellas, Joaqu¨ªn Satr¨²stegui y Julio J¨¢uregui. Naturalmente, Jordi Pujol, al hablar de nacionalidad en el pleno del Congreso de 4 de julio de 1978, record¨® con orgullo que fue la minor¨ªa catalana ¡°la que introdujo en su d¨ªa ese t¨¦rmino [en el proyecto de Constituci¨®n] y luego lo ha defendido¡±. Por todo eso y por la pac¨ªfica restauraci¨®n de la Generalitat de Catalunya, la llegada de los dos t¨¦rminos a la Constituci¨®n, tras la frustraci¨®n de la autonom¨ªa integral en 1918 y la liquidaci¨®n por las armas de la regi¨®n aut¨®noma 20 a?os despu¨¦s, se celebr¨® en 1978 como un logro que cerraba un siglo de pleito catal¨¢n.
En la crisis:?naci¨®n soberana
No lo cerr¨®. Al cabo de tres d¨¦cadas, un programa de construcci¨®n nacional, elaborado y ejecutado con recursos p¨²blicos desde un poder de Estado como es la Generalitat, ha culminado en la reapertura del pleito de Catalu?a sobre otras bases y con otras metas. Al calor del fin de otra guerra, en esta ocasi¨®n fr¨ªa, y del derrumbe del imperio ruso-sovi¨¦tico y la creaci¨®n de nuevos Estados en Europa, emergi¨® un nuevo proyecto pol¨ªtico que podr¨ªa expresarse como cierre del pleito de nacionalidad, apertura del pleito de naci¨®n. Primero fue que la Constituci¨®n se hab¨ªa quedado estrecha; luego, que el Estado espa?ol no ser¨ªa plenamente democr¨¢tico hasta que no se constituyera como plurinacional, siendo cuatro sus naciones: Castilla, Catalu?a, Euskadi y Galicia; finalmente, que naci¨®n plena exige Estado propio.
El camino a la independencia, soterrado en una sem¨¢ntica plagada de equ¨ªvocas met¨¢foras, experiment¨® una formidable aceleraci¨®n con la ¨²ltima ronda de reformas de estatutos que transform¨® a regiones en nacionalidades y a nacionalidades en naciones mientras el Tribunal Constitucional sufr¨ªa el m¨¢s severo desprestigio de su vida. Culminada la irresponsable ronda poco antes de que se desatara la Gran Depresi¨®n, lo ocurrido desde junio de 2011, con el Parlament cercado, los diputados v¨ªctimas de escraches y vapuleos y, casi de inmediato, las campa?as ¡°Espa?a nos roba¡± y ¡°Expolio fiscal¡±, las masivas diadas y, en fin, pero no en ¨²ltimo lugar, la revelaci¨®n de la corrupci¨®n sist¨¦mica sobre la que la familia Pujol-Ferrusola hab¨ªa construido su poder absoluto, ha impulsado al Gobierno de la Generalitat a abrir, no una nueva etapa de esta larga historia, como afirma su presidente, sino un nuevo pleito, de otra naturaleza. La declaraci¨®n de soberan¨ªa en enero de 2013 y la convocatoria de un refer¨¦ndum por la independencia un a?o despu¨¦s no miran a la reestructuraci¨®n del Estado espa?ol, sino a su fragmentaci¨®n en naciones soberanas, cada cual con su Estado unitario.
Que, como resultado del liderazgo err¨¢tico y aventurero del president Mas, y del mudo esperar y ver del presidente Rajoy, la historia aqu¨ª contada no pueda terminar sino con un ¡°el tiempo dir¨¢¡± dice mucho acerca del imprevisible y, ya para todos, ruinoso desenlace de este nuevo pleito de Catalu?a.?
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