El Supremo fija la libertad vigilada obligatoria para los delitos sexuales
El tribunal se?ala que el control no debe omitirse aunque se suspenda el ingreso en prisi¨®n
Los delincuentes sexuales condenados a prisi¨®n tienen que ser sometidos a libertad vigilada aunque el juez suspenda el ingreso en la c¨¢rcel por tratarse de una pena inferior a dos a?os. As¨ª lo ha fijado el Tribunal Supremo, que ha anulado una sentencia de la Audiencia Provincia de Barcelona por no imponerle libertad vigilada a un hombre de 81 a?os condenado a dos a?os de prisi¨®n por abusar sexualmente de dos ni?as. Que la pena sea susceptible de suspenderse, advierte el Supremo, no implica que la sentencia pueda omitir la libertad vigilada preceptiva en las condenas por delitos sexuales.
La ¨²ltima reforma del C¨®digo Penal impuso la libertad vigilada como medida posterior al cumplimiento de pena por delitos sexuales, excepto si se trata del primer y ¨²nico crimen que haya cometido el reo. En el caso del hombre condenado por la Audiencia de Barcelona, los jueces le impusieron un a?o de c¨¢rcel por cada uno de los dos delitos de abusos cometidos contra las ni?as, que en 2012, cuando ocurrieron los hechos, ten¨ªan 10 y 12 a?os.
El hombre se gan¨® la confianza de una de 10 a?os y le pidi¨® que le acompa?ara a unos matorrales, donde le ofreci¨® 2 euros a cambio de que se dejara tocar los pechos, pero fue sorprendido por el conserje del colegio al que acud¨ªa la ni?a, lo que provoc¨® que el delincuente y la v¨ªctima se separaran bruscamente. Tras estos hechos, el centro escolar avis¨® a la Polic¨ªa, que estableci¨® un operativo de vigilancia y seguimiento de la menor. Varias semanas despu¨¦s, los Mossos d'Esquadra y dos agentes municipales pudieron grabar un nuevo intento de abusos por parte del condenado sobre la ni?a inicialmente abordada y otra amiga, de 12 a?os.
La Audiencia de Barcelona conden¨® al hombre, pero suspendi¨® su cumplimiento por ser una pena inferior a dos a?os y no estableci¨® la libertad vigilada, que contempla medidas de control, como localizaci¨®n telem¨¢tica o comparecencias peri¨®dicas. El fiscal recurri¨® el fallo ante el Supremo, que ha dictaminado que hay que imponer esta medida aunque se suspenda el ingreso en prisi¨®n. El alto tribunal recuerda adem¨¢s que el C¨®digo Penal no incluye a la libertad vigilada no est¨¢ entre las penas susceptibles de ser suspendidas.
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