Propuesta para la reforma constitucional, partido a partido
Las ideas de PSOE, UPyD, IU y Podemos, a trav¨¦s de sus documentos y declaraciones
Los partidos pol¨ªticos que defienden una reforma urgente de la Constituci¨®n (PSOE, IU, UPyD y Podemos, incluidos en este reportaje, adem¨¢s de otros como Ciutadans) han recogido algunas de sus propuestas en acuerdos adoptados en sus ¨®rganos internos en los ¨²ltimos meses. Otras las exponen ahora de palabra, con la premisa de que todas est¨¢n a¨²n sujetas a deliberaci¨®n. Lo que sigue es un resumen de las ideas que propondr¨ªan si esa reforma en profundidad de la Constituci¨®n llegara a producirse. A lo largo de 36 a?os, el texto de 1978 s¨®lo ha sufrido? modificaciones en dos de sus art¨ªculos: en 1992, para incorporar el derecho de los extranjeros comunitarios a ser elegidos en comicios municipales; y en 2011, para introducir el control del d¨¦ficit en el art¨ªculo 135. Ninguno de esos cambios requiri¨® refer¨¦ndum.
1. LAS PROPUESTAS DEL PSOE
La ¨²ltima Conferencia Pol¨ªtica que celebr¨® el PSOE, a finales de 2013, aprob¨® una serie de propuestas de reforma de la Constituci¨®n, aunque su responsable de Pol¨ªtica Federal, Antonio Pradas, advierte de que no todas formaran parte de la iniciativa que trasladar¨¢ a los grupos parlamentarios para un hipot¨¦tico debate sobre la modificaci¨®n de la Ley de Leyes. El PSOE s¨ª asume en su totalidad, se?ala, las recogidas en la Declaraci¨®n de Granada de julio de 2013, en la que los socialistas aprobaron su propuesta de modelo territorial federal. Estas son las propuestas de Granada y de la Conferencia Pol¨ªtica:
a) Declaraci¨®n de Granada:
ENUMERACI?N DE LAS COMUNIDADES "CON EL NOMBRE QUE ELIJAN". Incorporar en la Constituci¨®n el mapa auton¨®mico, identificando a las comunidades "con la denominaci¨®n por ellas elegidas en sus Estatutos". Pradas interpreta que esto no significar¨ªa que Catalu?a, por ejemplo, eligiera ser identificada como "naci¨®n", aunque lo dice el Pre¨¢mbulo de su Estatuto, sino que se refiere a la denominaci¨®n oficial de los territorios. "Los socialistas somos partidarios de mantener el actual mapa auton¨®mico sin alterar ninguna de sus delimitaciones geogr¨¢ficas", dice la Declaraci¨®n de Granada.
CLARIFICACI?N DE COMPETENCIAS. Un solo listado con las competencias exclusivas del Estado, entendiendo que todas las dem¨¢s corresponden a las comunidades. No se elimina, sin embargo, el art¨ªculo 150.2, que ahora permite la delegaci¨®n de facultades de competencia estatal.
RECONOCIMIENTO DE HECHOS DIFERENCIALES. El PSOE ve cinco: la lengua propia, la definici¨®n como "entidades pol¨ªticas particulares" de las comunidades consideradas nacionalidades, la insularidad de Canarias y Baleares, los procedimientos de reforma estatutaria especiales para algunas comuniades y el modelo fiscal especial para Pa¨ªs Vasco y Navarra. Pradas asegura que no se a?adir¨ªan singularidades nuevas.
TRANSFORMACI?N DEL SENADO. Una C¨¢mara territorial con presencia de los Gobiernos o los Parlamentos aut¨®nomos y que no sea C¨¢mara de segunda vuelta sino con capacidad de tomar decisiones sobre leyes que afectan a las comunidades.
NUEVO MODELO DE FINANCIACI?N. Incorporar a la Constituci¨®n los principios gen¨¦ricos de la financiaci¨®n auton¨®mica: "Entre otros, la autonom¨ªa financiera, la solidaridad interterritorial, la corresponsabilidad, la suficiencia y la coordinaci¨®n". El PSOE no incluye expresamente entre esos principios que se constitucionalizar¨ªan el de "ordinalidad" (el que evita que las comunidades m¨¢s ricas pierdan muchos puestos en el orden de renta tras aportar a la solidaridad), pero s¨ª aboga por tenerlo en cuenta en el nuevo modelo de financiaci¨®n.
REFORZAR LA IGUALDAD DE SERVICIOS B?SICOS. Incorporaci¨®n de un "principio de garant¨ªa del Estado a los derechos fundamentales del Estado de bienestar a todos los espa?oles: educaci¨®n, sanidad, servicios sociales y pensiones". Para garantizar un cat¨¢logo de prestaciones m¨ªnimas en condiciones de igualdad.
CIERTA DESCENTRALIZACI?N DE LA JUSTICIA. Que, con car¨¢cter general, los procesos judiciales culminen en los Tribunales Superiores de Justicia de cada comunidad, y no en el Supremo. Y una "cierta territorializaci¨®n" del Consejo General del Poder Judicial (respetando su car¨¢cter de poder ¨²nico y exclusivo del Estado).
b) Propuestas de la Conferencia Pol¨ªtica:
PRINCIPIO DE ESTABILIDAD SOCIAL. Asegurar que el gasto p¨²blico cubre el nivel de los servicios b¨¢sicos (Educaci¨®n, Sanidad, Servicios Sociales y Pensiones) que constituir¨ªa un mandato imperativo en la distribuci¨®n de recursos del pa¨ªs. Por eso, el PSOE propone a?adir al pol¨¦mico art¨ªculo 135 de la Constituci¨®n que se introdujo en 2011 un ¡°art¨ªculo 135 bis¡±, y crear el ¡°fondo de garant¨ªa del Estado de bienestar¡±.
DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA. Reconocimiento del derecho fundamental a la salud. Traer los derechos de la salud (art¨ªculo 43 de la Constituci¨®n) a la secci¨®n primera del cap¨ªtulo 2 del t¨ªtulo primero junto al derecho a la educaci¨®n (art¨ªculo 27). Este cambio supondr¨ªa la aplicabilidad directa de este derecho ante los Tribunales. Ahora no est¨¢ recogido como derecho fundamental. E incorporar que ese derecho a la protecci¨®n de la salud y la cobertura del sistema sanitario p¨²blico es igual para todos los ciudadanos y residentes. Asimismo reconocer un r¨¦gimen p¨²blico de Seguridad Social que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad como accidentes laborales, dependencia, vejez, maternidad y desempleo.
LEY DE DEPENDENCIA. Incorporaci¨®n de la Ley de Dependencia a la Constituci¨®n. Incorporarlo como uno de los fundamentos del Estado social que la Constituci¨®n proclama.
AMNIST?AS FISCALES. Prohibidas las amnist¨ªas fiscales. Debe prohibirse dentro de la Constituci¨®n el recurso general o individualizado a la amnist¨ªa fiscal.
IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES. Reforzar el derecho a la igualdad entre mujeres y hombres. Garantizar el derecho a la paridad en el acceso a la toma de decisiones, tanto en las instituciones p¨²blicas como en las empresas, los poderes p¨²blicos y las organizaciones sociales. Garantizar el derecho de las mujeres a la salud y a su vida y asegurar su libertad para decidir sobre s¨ª misma.
SUCESI?N DE LA CORONA. No discriminaci¨®n en el acceso a la Jefatura del Estado. Eliminar del art¨ªculo 57.1 la preferencia del var¨®n sobre la mujer en la sucesi¨®n de la Corona. Ser¨ªa conveniente que la terminolog¨ªa de la Constituci¨®n acogiera tambi¨¦n el g¨¦nero femenino en sus referencias al Rey al Pr¨ªncipe, haci¨¦ndolas extensivas a la Reina o a la Princesa.
PENA DE MUERTE. Prohibici¨®n absoluta de la pena de muerte. Reformar el art¨ªculo 15 para suprimir el inciso que mantiene la pena de muerte ¡°para tiempos de guerra¡±. Aunque ya se ha procedido legalmente a su abolici¨®n, deber¨ªa incorporarse la misma a la Constituci¨®n.
LIBERTAD RELIGIOSA. Eliminar la referencia a la iglesia cat¨®lica en el art¨ªculo 16.3, y redactarlo as¨ª: ¡°Ninguna confesi¨®n tendr¨¢ car¨¢cter estatal. Los poderes p¨²blicos tendr¨¢n en cuentas las creencias religiosas y mantendr¨¢n las consiguientes relaciones de cooperaci¨®n con todas las confesiones¡±.
DERECHO A LA INFORMACI?N. Incluir el derecho de acceso a la informaci¨®n de los ciudadanos como derecho fundamental con el mayor nivel de protecci¨®n. Pasarlo del art¨ªculo 105 al art¨ªculo 23.
MATRIMONIO HOMOSEXUAL. Cambiar el art¨ªculo 39 para acoger nuevas formas de convivencia y en el art¨ªculo 32 el derecho al matrimonio entre personas del mismo sexo para evitar malas interpretaciones.
AFORAMIENTO. La inmunidad se circunscribir¨¢ a posibles delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones representativas.
2. LAS PROPUESTAS DE IZQUIERDA UNIDA
DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA. Adem¨¢s de la educaci¨®n, incorporar la sanidad, el derecho a la vivienda y el derecho al trabajo. Ser¨ªan derechos reclamables ante los tribunales.
MODELO DE ESTADO. Rep¨²blica federal con la igualdad entre territorios garantizada por la Constituci¨®n. Refer¨¦ndum sobre la Jefatura del Estado previo a la reforma constitucional.
DERECHO DE AUTODETERMINACI?N. Reconocimiento en la Constituci¨®n del derecho de autodeterminaci¨®n y eliminaci¨®n de la referencia a la ¡°unidad indisoluble de la naci¨®n espa?ola¡±.
FISCALIDAD. Supresi¨®n de todo tipo de privilegios fiscales para lograr una armonizaci¨®n fiscal.
SUCESI?N DE LA CORONA. Eliminaci¨®n de la discriminaci¨®n a la mujer en los mecanismos de sucesi¨®n de la Corona que establece la Constituci¨®n.
DERECHO A LA VIDA. Modificaci¨®n del art¨ªculo 15 de la Constituci¨®n para constitucionalizar la Ley de plazos del aborto.
IGLESIA. Declaraci¨®n de Espa?a como un estado laico en la Constituci¨®n.
PARTIDOS POL?TICOS. Imponer la obligatoriedad de establecer los revocatorios dentro de los partidos (la posibilidad de que los militantes revoquen a sus dirigentes a mitad de mandato).
PAGO DE LA DEUDA Y PRINCIPIO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA. EliminARaci¨®n del art¨ªculo 135 de la Constituci¨®n que fija como prioridad absoluta el pago de la deuda por encima del resto de compromisos del Estado e impone el principio de estabilidad presupuestaria.
ART?CULO 155. Supresi¨®n o modificaci¨®n del art¨ªculo que autoriza al Estado a tomar "las medidas necesarias" si una comunidad aut¨®noma act¨²a contra las leyes o contra el inter¨¦s general. Esa facultad quedar¨ªa ¨²nicamente en manos de los tribunales.
3. LAS PROPUESTAS DE UPyD
El partido de Rosa D¨ªez condicionar¨ªa su apoyo al Gobierno que salga de las urnas en 2015 a la reforma constitucional. Las propuestas que pondr¨ªa encima de esa hipot¨¦tica negociaci¨®n para una nueva Ley de Leyes son las que siguen:
LEY ELECTORAL. Reforma del r¨¦gimen electoral para establecer a trav¨¦s de la Constituci¨®n un sistema proporcional que garantice la igualdad de valor del voto. Sustituir la provincia por otra circunscripci¨®n de mayor escala que evite la deformaci¨®n demogr¨¢fico-territorial: puede ser la comunidad aut¨®noma o adoptar un distrito nacional para el reparto de restos o la elecci¨®n de determinado n¨²mero de diputados. El nuevo sistema deber¨¢ ajustarse al principio constitucional de que el voto de los ciudadanos valga igual en cualquier parte del territorio.
AFORAMIENTOS. Eliminaci¨®n total de los aforamientos previstos en la Constituci¨®n para diputados, senadores, miembros del Gobierno y cargos p¨²blicos de la administraci¨®n.
DERECHOS. Nuevos derechos reconocidos en la Constituci¨®n de igualdad de trato y no discriminaci¨®n por razones de lengua (a a?adir al que ya impide la discriminaci¨®n por sexo, raza, opini¨®n u otras); tambi¨¦n el derecho al acceso a la informaci¨®n p¨²blica y a la calidad medioambiental.
RELIGI?N. Laicismo y neutralidad del Estado en materia de creencias religiosas, identitarias e ideol¨®gicas.
MODELO FEDERAL. Estado fuerte con competencias exclusivas, descentralizado en comunidades aut¨®nomas con la misma capacidad legislativa e iguales competencias y el mismo sistema de financiaci¨®n basado en la responsabilidad fiscal. Prescindir de las diputaciones provinciales.
COMPETENCIAS INDELEGABLES DEL ESTADO. Representaci¨®n internacional y europea, defensa, aduanas y comercio exterior, fuerzas y cuerpos de seguridad del estado, infraestructuras de inter¨¦s general, telecomunicaciones, impuestos y agencia tributaria, seguridad social, entes reguladores y supervisores, recursos naturales, parques naturales y costas.
COMPETENCIAS DELEGADAS. Gesti¨®n delegada pero con competencia legislativa exclusiva del Estado: educaci¨®n obligatoria y superior, sanidad, justicia, medio ambiente, patrimonio del Estado, protecci¨®n civil, gesti¨®n del territorio y aguas territoriales, pol¨ªticas activas de empleo, circulaci¨®n por carretera, puertos y aeropuertos de menor importancia.
COMPETENCIAS DE LAS COMUNIDADES CON CAPACIDAD LEGISLATIVA. Impuestos y tasas auton¨®micas, infraestructuras auton¨®micas, trenes de cercan¨ªas, industria, comercio interior, agricultura y pesca, turismo, cultura, polic¨ªa auton¨®mica, funci¨®n p¨²blica auton¨®mica, y gesti¨®n de las competencias delegadas por el estado sin capacidad legislativa en educaci¨®n, sanidad, justicia, medio ambiente.
ELIMINACI?N PRIVILEGIOS FISCALES. Supresi¨®n de la disposici¨®n adicional primera que consagra derechos hist¨®ricos de los territorios forales. Supresi¨®n de la disposici¨®n transitoria cuarta que afecta a Navarra, dado que dej¨® de tener sentido cuando se constituy¨® en comunidad aut¨®noma.
MODIFICACI?N DEL ART?CULO DOS. Donde dice "nacionalidades y regiones" deber¨¢ decir "comunidades y ciudades aut¨®nomas".
LENGUA. Prevenir la discriminaci¨®n por motivos ling¨¹¨ªsticos y evitar que las comunidades puedan erradicar la cooficialidad del espa?ol en la educaci¨®n. Para eso se incluir¨¢ despu¨¦s de la palabra raza, la palabra lengua en el art¨ªculo 14 de la Constituci¨®n: ¡°Los espa?oles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminaci¨®n alguna por raz¨®n de nacimiento, raza, lengua, sexo, religi¨®n, opini¨®n o cualquier otra condici¨®n o circunstancia personal o social¡±.
DISCRIMINACI?N EN LA SUCESI?N A A CORONA. Si la reforma constitucional mantiene esta forma de Jefatura del Estado, se suprimir¨¢ la discriminaci¨®n por raz¨®n de sexo del art¨ªculo 57.1
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. 12 de los vocales ser¨¢n elegidos en listas abiertas con voto secreto de todos los jueces, secretarios judiciales, fiscales, letrados y procuradores. Los otros ochos vocales ser¨¢n elegidos como ahora: cuatro por el Congreso y cuatro por el Senado por mayor¨ªa de tres quintos.
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Reforma de la Constituci¨®n para que pase de 12 a 15 magistrados. Los tres nuevos ser¨ªan elegidos por el Consejo General del Poder Judicial. No deben haber estado afiliados a ning¨²n partido pol¨ªtico en la legislatura previa y deber¨¢n tener 20 a?os de experiencia profesional.
RECURSO PREVIO DE CONSTITUCIONALIDAD. Para supuestos de reforma de Estatutos de Autonom¨ªa y otras leyes org¨¢nicas.
FISCAL GENERAL. Elegido por tres quintos del parlamento entre una terna votada por los fiscales en sufragio secreto y directo.
4. LAS PROPUESTAS DE PODEMOS
Juan Carlos Monedero, secretario de Proceso Constituyente de Podemos, subraya que el partido, con menos de un a?o de vida, est¨¢ todav¨ªa elaborando su propuesta program¨¢tica en todos los ¨¢mbitos, y que estas ideas para la reforma constitucional, aunque ya est¨¢n apuntadas, deben ser sometidas a deliberaci¨®n:
TRATADOS INTERNACIONALES. Eliminaci¨®n del art¨ªculo 96 de la Constituci¨®n que supone una cesi¨®n de soberan¨ªa a trav¨¦s de los Tratados Internacionales. Los Tratados Internacionales que supongan una cesi¨®n de soberan¨ªa tendr¨¢n que ser sometidos a refer¨¦ndum.
REFORMA CONSTITUCIONAL. La iniciativa legislativa popular (500.000 firmas) podr¨ªa promover una reforma de la Constituci¨®n.
MANDATOS DE CARGOS P?BLICOS. Eliminaci¨®n del art¨ªculo 67.2 (que impide el mandato imperativo de los representante p¨²blicos) e incorporaci¨®n del revocatorio de los mandatos en cualquier cargo p¨²blico.
LAICIDAD. Supresi¨®n de la referencia a la Iglesia cat¨®lica en el art¨ªculo sobre libertad religiosa de la Constituci¨®n. Definici¨®n de Espa?a como Estado laico.
SERVICIOS P?BLICOS CON RESERVA ESTRAT?GICA DEL ESTADO. Enumeraci¨®n de servicios b¨¢sicos y estragicos (banca, energ¨ªa) en los que el Estado tendr¨ªa una reserva para poder tomar el control y garantizar el suministro si este no se est¨¢ garantizando. "No hablamos de expropiar. Las f¨®rmulas pueden ser variadas. Pero el Estado tiene que tener la capacidad de asumir el suministro".
DERECHOS FUNDAMENTALES. M¨¢xima protecci¨®n a los derechos relacionados con la vida digna de las personas (alimentaci¨®n, agua, luz, suministros b¨¢sicos, vivienda¡). Incluir en ese listado de derechos fundamentales el derecho al trabajo est¨¢ "en discusi¨®n". Podemos aboga preferiblemente por garantizar una renta b¨¢sica a quien no tenga trabajo.
DERECHO A DECIDIR. Cada territorio tendr¨¢ derecho a "abrir un proceso para discutir su autodeterminaci¨®n", pero no tendr¨¢ necesariamente "derecho a la autodeterminaci¨®n", es decir, derecho autom¨¢tico a independizarse.
REFERENDOS. Ampliar los ¨¢mbitos que pueden ser sometidos a refer¨¦ndum a temas que hoy est¨¢n vetados. Y cambiar el art¨ªculo 92 para que sean referendos vinculantes, no solo consultivos.
IGUALDAD. Eliminaci¨®n de la discriminaci¨®n a la mujer en los mecanismos de la sucesi¨®n de la Corona.
DERECHO AL ABORTO. Inclusi¨®n en la Constituci¨®n.
FUTURO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Debate sobre la eliminaci¨®n del Tribunal Constitucional para entregar sus competencias al Tribunal Supremo. O cambios en el procedimiento de elecci¨®n de sus miembros.
ELECCI?N DIRECTA DE CARGOS UNIPERSONALES. Los ciudadanos elegir¨ªan al Defensor del Pueblo o al Fiscal General del Estado.
ELECCI?N DE ?RGANOS COLEGIADOS. La elecci¨®n del Consejo General del Poder Judicial, del Tribunal de Cuentas o del Tribunal Constitucional se har¨ªa por un sistema mixto: 30% de elecci¨®n directa por los ciudadanos, 40% por elecci¨®n corporativa y 30% por sorteo.
CONTROL DE CUENTAS. Establecer en la Constituci¨®n un ¨®rgano independiente, similar a las "contralor¨ªas" de algunos pa¨ªses latinoamericanos, para el control de las cuentas del Estado.
MODELO DE ESTADO. Federal, que lleva impl¨ªcito el principio de la unidad pero tambi¨¦n el principio de la libre determinaci¨®n de las partes, entendido como el derecho de esas partes a "discutir su autodeterminaci¨®n" (por ejemplo, a convocar un refer¨¦ndum de independencia), no necesariamente a ejercerla. Eliminaci¨®n de la capacidad de la Administraci¨®n central para suspender autom¨¢ticamente decisiones de las autonom¨ªas recurri¨¦ndolas ante el Constitucional.
SENADO. Desaparici¨®n.
PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS. Una parte del gasto p¨²blico no consolidado (es decir, la parte no comprometida para n¨®minas y gastos fijos) ser¨ªa aprobada por votaci¨®n de todos los ciudadanos a trav¨¦s de presupuestos participativos.
PROHIBIR O LIMITAR EN LA CONSTITUCI?N LA ESTATALIZACI?N DE DEUDAS PRIVADAS. Por ejemplo, el rescate de banca privada o de las autopistas quebradas.
GOBIERNO ECOL?GICO. Introducir en la Constituci¨®n compromisos con pol¨ªticas contra el cambio clim¨¢tico.
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