La Audiencia Nacional reconoce por primera vez el ¡®derecho al olvido¡¯
La sala resuelve 18 recursos de Google contra ciudadanos que exig¨ªan eliminar enlaces a sus datos personales y solo en cuatro casos da la raz¨®n al buscador
La Audiencia Nacional ha hecho suya, sin matices, la jurisprudencia europea en las primeras 18 sentencias de la justicia espa?ola sobre el denominado derecho al olvido en Internet, por el que los ciudadanos pueden exigir a los buscadores, en este caso a Google, la supresi¨®n del acceso directo a informaciones de car¨¢cter personal que consideran lesivas si no se justifican por el inter¨¦s p¨²blico ni por la relevancia de la persona afectada. El gigante californiano, que ha recibido hasta la fecha 204.979 solicitudes en Europa para que no se pueda llegar a 743.250 enlaces solo con teclear el nombre del afectado, ha sido obligado a atender la petici¨®n de los ciudadanos, realizada a trav¨¦s de la Agencia Espa?ola de Protecci¨®n de Datos (AEPD), en 14 de los casos. ¡°Nos viene muy bien que la Audiencia clarifique criterios para hacer la ponderaci¨®n entre el derecho a la protecci¨®n de datos y la libertad de informaci¨®n¡±, dice una portavoz de la compa?¨ªa. Google tiene decenas de causas pendientes en Espa?a.
La Secci¨®n Primera de la Sala de lo Contencioso-administrativo clarifica as¨ª la gu¨ªa que deben seguir a partir de ahora los particulares, la Agencia de Protecci¨®n de Datos y los buscadores para establecer caso por caso qu¨¦ principio debe prevalecer. Porque el derecho al olvido no implica poder reescribir la historia. Tampoco poder modificar las hemerotecas. ¡°La cancelaci¨®n de datos estar¨¢ justificada¡±, viene a aclarar el tribunal, cuando las circunstancias de cada caso concreto as¨ª lo determinen ¡°ya sea por la naturaleza de la informaci¨®n, por su car¨¢cter sensible para la vida privada del afectado, por la no necesidad de los datos en relaci¨®n con los fines para los que se recogieron o por el tiempo transcurrido, entre otras razones¡±.
El tribunal parte de la base de que en esa ponderaci¨®n con los derechos a la informaci¨®n y a la libertad de expresi¨®n ¡°el objeto del derecho fundamental a la protecci¨®n de datos no se reduce solo a los datos ¨ªntimos de la persona, sino a cualquier tipo de dato personal [...] cuyo conocimiento o empleo por terceros pueda afectar a sus derechos, sean o no fundamentales¡±. Y cita ¡°aquellos que puedan servir para la confecci¨®n de su perfil ideol¨®gico, racial, sexual, econ¨®mico o de cualquier otra ¨ªndole, o que sirvan para cualquier otra utilidad que en determinadas circunstancias constituya una amenaza para el individuo¡±.
La Audiencia Nacional ha tomado como madre de todas las causas ¡ªla que fija los criterios y la ¨²nica de las 18 que ha aceptado difundir¡ª el mismo caso que motiv¨® la primera sentencia sobre el derecho al olvido en Europa. Su protagonista se llama Mario Costeja Gonz¨¢lez, es perito cal¨ªgrafo judicial y experto en comunicaci¨®n no verbal y en marzo de 2010 decidi¨® recurrir a la AEPD para exigir la retirada de una informaci¨®n publicada en La Vanguardia en 1998 con enlaces a una subasta de inmuebles relacionada con un embargo por deudas a la Seguridad Social. Alegaba que dicho embargo estaba resuelto y que carec¨ªa de relevancia. El peri¨®dico catal¨¢n se hab¨ªa negado a hacerlo, pero la Agencia de Protecci¨®n de Datos le dio la raz¨®n, como ahora la Audiencia Nacional, porque entendi¨® que hab¨ªa una justificaci¨®n legal tras la publicaci¨®n de los datos. No actu¨® igual con Google, a quien s¨ª exigi¨® la eliminaci¨®n de dichos enlaces. Pero la empresa recurri¨® a la Audiencia Nacional que, con decenas de casos sobre el derecho al olvido sobre la mesa y m¨¢s de una duda, plante¨® una cuesti¨®n prejudicial al Tribunal del Luxemburgo.
En mayo de 2014, la justicia europea amparaba a Costeja y sentenciaba que los buscadores ¡ªGoogle, Yahoo, Bing...¡ª deben retirar enlaces a informaciones publicadas en el pasado si son lesivas para el interesado, carecen de relevancia y no afectan a un personaje p¨²blico. Hoy, la justicia espa?ola ha traspuesto la decisi¨®n y ha dejado claro que la libertad de expresi¨®n est¨¢ satisfecha en este caso "porque la informaci¨®n subsiste en la fuente" y que los buscadores tienen la obligaci¨®n de garantizar que los datos son tratados de manera leal y l¨ªcita. ¡°Por fin, todo ha acabado¡±, suspira Costeja. ¡°Por la edad que tengo, para m¨ª no era una cuesti¨®n tan importante, pero esto abre la puerta a otros ciudadanos para que puedan ejercer un derecho. ?Que no lo ejercen? No importa. Pero ah¨ª est¨¢¡±.
Tras la sentencia europea, los motores de b¨²squeda dispusieron un formulario para que los ciudadanos interesados hicieran su solicitud por Internet mediante un procedimiento que ahora avala la Audiencia Nacional: el interesado debe indicar que la b¨²squeda se ha realizado a partir de su nombre como persona f¨ªsica y debe incluir los resultados o enlaces obtenidos a trav¨¦s del buscador, as¨ª como el contenido de la informaci¨®n que le afecta. En Espa?a, solo Google ha recibido 18.808 peticiones de retirada de 62.285 URL y en el 34,1% de las ocasiones ha satisfecho la demanda de los ciudadanos. Solo en los casos en que no han sido atendidas sus exigencias, han acabado por recurrir a la Agencia de Protecci¨®n de Datos por casos que a veces acaban en la Audiencia Nacional.
¡°Lo que hay que dejar claro es que esto no implica eliminar la informaci¨®n, implica que no sea accesible cuando se busca por el nombre de la persona afectada¡±, explica Jos¨¦ Luis Rodr¨ªguez ?lvarez, director de la AEPD, complacido de que la justicia espa?ola valide la lucha librada por la agencia durante a?os y ampare a los ciudadanos frente a los buscadores en defensa de sus leg¨ªtimos intereses. Cuando lleg¨® la sentencia de la UE hab¨ªa pendientes m¨¢s de 230 causas porque Google lo impugnaba todo. La compa?¨ªa desisti¨® inmediatamente de 136. ?Por qu¨¦? ¡°Eran casos muy claros de informaci¨®n que hab¨ªa que retirar a la luz de la sentencia de la justicia europea¡±, explican desde Google. ¡°O era informaci¨®n de hace 30 a?os o era irrelevante... Hab¨ªa otros casos m¨¢s grises que hemos mantenido¡±.
La actuaci¨®n del gigante
Google tiene colgados en su p¨¢gina web ejemplos de solicitudes formuladas por ciudadanos de distintos pa¨ªses para la eliminaci¨®n de enlaces a informaciones que afectan a su vida privada. As¨ª ha respondido la compa?¨ªa:
- Una mujer solicit¨® al buscador en Italia que retirara un art¨ªculo escrito hace d¨¦cadas sobre el asesinato de su marido porque figuraba el nombre de ella. Google ha suprimido la p¨¢gina de los resultados de b¨²squeda que corresponden a su nombre.
- En Alemania, una v¨ªctima de violaci¨®n pidi¨® que no se pudiera llegar solo con introducir su nombre a un enlace que llevaba a un art¨ªculo de peri¨®dico sobre su caso. El buscador tambi¨¦n accedi¨® a la petici¨®n.
- Google no ha accedido, sin embargo, en Reino Unido a atender la petici¨®n de una persona sobre enlaces de art¨ªculos de Internet que hacen referencia a su despido por delitos sexuales cometidos en el trabajo.
- La compa?¨ªa estadounidense tampoco ha retirado las p¨¢ginas de los resultados de b¨²squeda solicitados por una sola persona para retirar 20 enlaces que llevan a art¨ªculos recientes sobre su arresto por los delitos financieros que cometi¨® en el ejercicio de su profesi¨®n.
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