El Supremo condena a los responsables de un club de cannabis
El tribunal considera esta actividad un delito contra la salud p¨²blica
El Tribunal Supremo propin¨® este mi¨¦rcoles un duro golpe a los clubes de cannabis, locales en los que los socios se re¨²nen a fumar marihuana y donde, casi siempre, se cultiva y se vende esta droga. El pleno de la Sala de lo Penal ha condenado por un delito contra la salud p¨²blica a los responsables de una asociaci¨®n de Bilbao a los que la Audiencia de Bizkaia absolvi¨® al entender que no buscaban un ¡°beneficio¡± econ¨®mico, sino que cultivaban y consum¨ªan juntos para huir del mercado negro. El alto tribunal cree, sin embargo, que la estructura del club ¡°desborda¡± la filosof¨ªa del autoconsumo fijada en su jurisprudencia.
Esta es la primera vez que el alto tribunal se pronuncia sobre las asociaciones de cannabis, que han proliferado en los ¨²ltimos 15 a?os por toda Espa?a y sobre las que algunos magistrados han pedido una normativa clara que les ayude a dictaminar los casos que llegan a sus juzgados. La decisi¨®n se ha tomado durante un pleno jurisdiccional (que no fija doctrina) por lo que afecta solo al club al que se refiere la sentencia (la asociaci¨®n de estudios y usuarios del c¨¢?amo Ebers), pero el fallo marca el camino a futuras resoluciones de juzgados y audiencias provinciales y a los recursos que lleguen al Supremo.
La doctrina del autoconsumo compartido
La clave sobre la legalidad de los clubes de cannabis est¨¢ en si su actividad se considera autoconsumo compartido, que es legal, o si se entiende que hay una estructura organizada. El Supremo tiene su propia doctrina sobre lo primero (en 2001 fij¨® el autoconsumo de en acopio de estupefacientes para cinco d¨ªas), pero la Sala de lo Penal considera que el caso del club Ebers ¡°desborda¡± esa teor¨ªa. La sentencia fijar¨¢ una actualizaci¨®n de la doctrina del autoconsumo compartido a partir de los puntos que ayer se debatieron en el pleno.
Con todo, fuentes del alto tribunal aseguran que el fallo no tiene por qu¨¦ ser extensible a todas las asociaciones de este tipo y argumentan que los jueces han tenido en cuenta aspectos de la estructura y funcionamiento del club de Bilbao, como que actuaba como una cooperativa de 290 socios, con estatutos aprobados, y produc¨ªa una elevada cantidad de cannabis.
El caso ha llegado al Tribunal Supremo a instancias de la fiscal¨ªa, que recurri¨® la sentencia en la que la Audiencia de Bizkaia absolvi¨® a los cinco acusados, tres directivos de la asociaci¨®n y dos socios que estaban preparando bolsas con droga cuando el local fue registrado. La Sala de lo Penal, presidida por Manuel Marchena, les ha condenado ahora por un delito contra la salud p¨²blica, aunque les ha absuelto del delito de asociaci¨®n il¨ªcita o grupo criminal del que tambi¨¦n les acus¨® la fiscal¨ªa.
El fiscal ped¨ªa para los cinco acusados dos a?os de c¨¢rcel por el delito contra la salud p¨²blica, pero la pena que le imponga el Supremo va a ser probablemente inferior. Aunque la sentencia no est¨¢ redactada a¨²n, el tribunal s¨ª inform¨® este mi¨¦rcoles de que la existencia de un debate jur¨ªdico sobre el car¨¢cter penal de estas asociaciones ha permitido aplicar una atenuaci¨®n de la pena. El Supremo considera zanjado ahora ese debate y entiende que estos clubes pueden ser considerados ilegales.
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