La Audiencia Nacional rechaza imputar a ETA por genocidio
El tribunal solo considera delitos de lesa humanidad los asesinatos cometidos despu¨¦s de octubre de 2004
La Audiencia Nacional ha rechazado imputar a las sucesivas c¨²pulas de ETA por genocidio y solo contempla investigar por delito de lesa humanidad desde el 1 de octubre de 2004, fecha en que este delito se incorpor¨® al C¨®digo Penal espa?ol. La Secci¨®n Cuarta de lo Penal de la Audiencia ha confirmado la resoluci¨®n del juez Juan Pablo Gonz¨¢lez, que el pasado 10 de julio rechaz¨® parcialmente las querellas presentadas por Dignidad y Justicia, la Fundaci¨®n Luis Portero Garc¨ªa y el particular Antonio Salva, padre de una v¨ªctima de la banda terrorista.
El tribunal comparte la apreciaci¨®n del juez Gonz¨¢lez y rechaza ¡°categ¨®ricamente¡± la tesis del genocidio etarra. La Sala recuerda que este tipo penal, que castiga los actos encaminados a destruir total o parcialmente a un grupo nacional, ¨¦tnico, racial o religioso. Los jueces de apelaci¨®n, al igual que Gonz¨¢lez, aprecian que ¡°no es posible identificar el grupo formado por las v¨ªctimas de los hechos perpetrados por ETA como grupo nacional¡±. Seg¨²n el auto de rechazo, los ¡°diferentes colectivos de v¨ªctimas de ETA no pueden ser considerados como grupo nacional o como parte de un grupo nacional, pues en el Pa¨ªs Vasco v¨ªctimas y victimarios comparten la misma identidad nacional y tan espa?oles son unos como otros¡±.
El tribunal recuerda que, seg¨²n la jurisprudencia del Tribunal Supremo, ¡°de ninguna manera resulta viable la investigaci¨®n del delito de genocidio¡± en el caso de ETA, ya que no concurre el ¡°requisito esencial¡± de la ¡°determinaci¨®n e individualizaci¨®n del grupo racial, ¨¦tnico o religioso¡± v¨ªctima de los actos de destrucci¨®n.
En el caso de los delitos de lesa humanidad, los querellantes pretend¨ªan que se tuvieran en cuenta los cr¨ªmenes anteriores al 1 de octubre de 2004, cuando entr¨® en vigor el C¨®digo Penal que recoge este tipo delictivo. Para ello, quer¨ªan que se aplicaran los tratados internacionales firmados por Espa?a y la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. El tribunal rechaza esta pretensi¨®n ya que los tratados internacionales sobre delitos sobre lesa humanidad no fueron incorporados al derecho espa?ol hasta octubre de 2004. ¡°Con anterioridad a dicha fecha no exist¨ªa en el C¨®digo Penal ninguna norma que impusiera penas a las conductas que suponen un ataque sistem¨¢tico contra una parte de la poblaci¨®n civil¡±.
Desde 2004, las sucesivas c¨²pulas terroristas estuvieron encabezadas por Mikel Albizu, Mikel Antza, n¨²mero uno de la banda, que fue detenido junto a su compa?era sentimental, Soledad Iparragirre, Anboto, otra hist¨®rica de la organizaci¨®n en octubre de ese a?o. Antza es el dirigente que m¨¢s tiempo ha estado en la c¨²pula de la organizaci¨®n terrorista, desde que asumiera la direcci¨®n pol¨ªtica en 1993 tras la ca¨ªda de Bidart.
Tras el arresto de Antza, Jos¨¦ Antonio Urritikoetxea, Josu Ternera, le sustituy¨® al frente del aparato pol¨ªtico de la banda, cargo que despu¨¦s ocup¨® el fallecido Francisco Javier L¨®pez Pe?a, aliasThierry, considerado el n¨²mero uno del aparato militar y pol¨ªtico de la organizaci¨®n terrorista, detenido en Francia el 20 de mayo de 2008. Le sucedi¨® Garikoitz Azpiazu, alias Txeroki, se hizo cargo del aparto militar. Fue detenido el 17 de noviembre de 2008. El trabajo policial y la colaboraci¨®n con Francia permitieron la captura en apenas seis meses de los nuevos jefes militares: Aitzol Iriondo y Jurdan Martitegi, sucesores de Txeroki, ca¨ªan el 8 de diciembre de 2008 y el 18 de abril de 2009.
Durante los a?os que abarca esta nueva causa, ETA perpetr¨® 12 asesinatos. El primero fue el coche bomba contra la terminal T4 del aeropuerto de Madrid, en el que murieron dos personas ¡ªCarlos Alonso Palate y Diego Armando Estacio¡ª. El ¨²ltimo, el 16 de marzo de 2011, se cobr¨® la vida del gendarme franc¨¦s Jean Serge N¨¦rin.
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