El Supremo dicta la inviolabilidad del dormitorio de los soldados
Subraya que negar a los militares este derecho es hacerles "ciudadanos de segunda"
Los dormitorios de los soldados son su domicilio y gozan de inviolabilidad, aunque se encuentren en el interior de los cuarteles, por lo que nadie puede entrar en ellos sin su consentimiento o una orden judicial, salvo delito flagrante. As¨ª lo ha consagrado la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo en una sentencia en la que estima el recurso de casaci¨®n interpuesto por el abogado Mariano Casado, en representaci¨®n del cabo R. I. P., contra el auto del Tribunal Militar Central que ordenaba el sobreseimiento definitivo de la causa contra el comandante S. D. L. y el brigada J. J. M. C. por un delito contra la eficacia del servicio.
Seg¨²n la sentencia, el 22 de abril de 2014 el citado comandante, por orden del general, dispuso que se registrasen con perros los alojamientos de tropa del acuartelamiento situado en el Pol¨ªgono de Bater¨ªas de la Academia de Artiller¨ªa (Segovia), en busca de drogas.
Aunque el cabo R. I. P. no estaba presente, su dormitorio fue registrado, pues una soldado ¡ªque ten¨ªa todas las llaves por estar destinada en alojamientos¡ª abri¨® las puertas de las habitaciones y al menos dos perros entraron en la suya. Los mandos acusados justificaron su actitud alegando que se trat¨® de un error, pues ignoraban la ausencia del cabo, pero el tribunal alega que no se tom¨® el cuidado de comprobarlo y que si la orden hubiera sido efectuar el registro sin consentimiento del afectado ni autorizaci¨®n judicial, esta ¡°no solo hubiera sido ileg¨ªtima sino [tambi¨¦n] delictiva¡±. Concluye que solo en el juicio se podr¨¢ aclarar si existi¨® o no intencionalidad.
Lo m¨¢s novedoso de la sentencia es que subraya la gravedad de un pr¨¢ctica hasta ahora frecuente en muchas unidades: los registros generalizados de los dormitorios que ocupan los soldados.
Tras reprochar al Tribunal Militar Central que ni siquiera ¡°justifique la vulneraci¨®n de un derecho fundamental¡±, recuerda que la Constituci¨®n reconoce ¡°para todos, sin excluir a los militares, la inviolabilidad del domicilio¡± y alega que ¡°lo contrario comportar¨ªa despojar a los miembros de las Fuerzas Armadas de un derecho del que gozan los restantes ciudadanos, lo que resulta no solo injustificable¡± sino tambi¨¦n arbitrario y convertir¨ªa a estos ¡°en ciudadanos de segunda¡±.
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