La reforma procesal del PP desintegra la causa por lesa humanidad de ETA
La juez Lamela no halla conexi¨®n entre las causas contra los ¨²ltimos jefes etarras y las reparte por distintos juzgados de la Audiencia Nacional
La reforma del proceso penal operada por el PP, que entr¨® en vigor el pasado 6 de diciembre, ha supuesto la desintegraci¨®n de la macrocausa por delitos de lesa humanidad abierta contra los ¨²ltimos jefes militares de ETA, que quedar¨¢ despedazada en diversos juzgados de la Audiencia Nacional. La titular del Juzgado Central de Instrucci¨®n n¨²mero 3, Carmen Lamela, encargada del macrosumario, ha decidido dividir la causa abierta contra cinco dirigentes de la banda -Jos¨¦ Antonio Urruticoetxea, Josu Ternera; Garikoitz Aspiazu, Txeroki; Mikel Carrera Sarobe, Ata; Aitzol Iriondo, Gurbitz; y Aitor Elizar¨¢n- m¨¢ximos responsables de los asesinatos cometidos por ETA desde 2004, a?o en que el C¨®digo Penal incorpor¨® el delito de cr¨ªmenes de lesa humanidad.
La investigaci¨®n de la c¨²pula etarra por cr¨ªmenes contra la humanidad fue promovida por la asociaci¨®n de v¨ªctimas Dignidad y Justicia. La decisi¨®n de la juez Lamela de trocear la causa y enviar las causas de lesa humanidad a cada uno de los juzgados que instruyeron los asesinatos, ha sido aconsejada por la Fiscal¨ªa de la Audiencia Nacional y es consecuencia directa de la entrada en vigor de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. La nueva norma que rige el proceso penal busca, seg¨²n su exposici¨®n de motivos, ¡°evitar el automatismo en la acumulaci¨®n de las causas y la elefantiasis procesal¡±, y se?ala, en su art¨ªculo 17, que como norma general ¡°cada delito dar¨¢ lugar a la formaci¨®n de una ¨²nica causa¡±.
La reforma solo contempla la investigaci¨®n conjunta de delitos conexos, cuando no suponga una excesiva complejidad o dilaci¨®n del proceso. La magistrada considera que ¡°ning¨²n nexo de conexidad¡± permite investigar y enjuiciar en una misma causa los asesinatos etarras desde 2004 como delito de lesa humanidad. Se trata, seg¨²n Lamela, de ¡°distintos delitos¡±, investigados por ¡°distintos juzgados¡±, en relaci¨®n con ¡°distintas personas¡±, en ¡°distintos periodos¡± y por ¡°medios diferentes¡±.
De este modo, ser¨¢ cada uno de los jueces de instrucci¨®n de la Audiencia Nacional los que decidir¨¢n si en cada uno de los casos de asesinato se produjo tambi¨¦n un delito de lesa humanidad, lo que podr¨ªa generar soluciones discrepantes. El juzgado central n¨²mero 1 se encargar¨¢ de investigar el atentado con coche bomba en Santo?a (Cantabria) contra el brigada del Ej¨¦rcito Luis Conde, en septiembre de 2008. El juzgado n¨²mero 4, seguir¨¢ la causa por los asesinatos con bomba lapa del inspector de polic¨ªa Eduardo Puelles en Arrigorriaga (Bizkaia) y de los guardias civiles Enrique S¨¢enz de Tejada y Diego Salv¨¢, en Calvi¨¤ (Mallorca), en 2009.
Por su parte, el juzgado n¨²mero 5 investigar¨¢ el coche bomba que mat¨® al guardia civil Manuel Pi?uel en Legutiano (?lava), en mayo de 2008. Y el juzgado n¨²mero 6 ver¨¢ la causa sobre el asesinato, en diciembre de 2008, del empresario Inaxio Uria, propietario de una empresa constructora del tramo vasco del tren de alta velocidad. Finalmente, la propia juez Lamela, reci¨¦n incorporada al Juzgado Central de Instrucci¨®n n¨²mero 3, mantiene la causa por el asesinato del concejal socialista de Mondrag¨®n (Gipuzkoa) Isa¨ªas Carrasco, en marzo de 2008.
El pasado 27 de octubre, el juez Juan Pablo Gonz¨¢lez, antecesor de Lamela en el Juzgado n¨²mero 3, proces¨® a los cinco jefes etarras por delitos de lesa humanidad. El juez aplicaba el delito de lesa humanidad, contemplado en el art¨ªculo 607 del C¨®digo Penal, al entender que estos atentados se cometieron ¡°como parte de un ataque generalizado o sistem¨¢tico contra la poblaci¨®n civil o parte de ella¡± y que las v¨ªctimas lo fueron por su pertenencia ¡°a un grupo colectivo perseguido por razones pol¨ªticas¡±.
¡°Con la eliminaci¨®n f¨ªsica de las personas que se opon¨ªan a sus objetivos o la intimidaci¨®n ejercida sobre las mismas, lo que buscaba ETA era crear un clima de temor e inseguridad que anulara pol¨ªtica y socialmente a los sectores a los que estas personas pertenec¨ªan¡±, argumenta el juez. ¡°La violencia de la banda terrorista debe ser considerada una violencia de persecuci¨®n¡±, a?ad¨ªa el magistrado.
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