Un juicio en carnaval
Rita Maestre no teme a la calle, pero algunas de sus desiguales batallas se van a desarrollar en el escenario judicial
A¨²n impactada por la privaci¨®n de libertad de dos personas tras una funci¨®n de t¨ªteres que precisamente caricaturizaba la criminalizaci¨®n de la disidencia, facilitada por las expresiones deliberadamente ambiguas y de una amplitud desmesurada de los actuales tipos penales de terrorismo, me invade un temor racional ante la posibilidad de que un proceso penal se convierta en un espect¨¢culo, tampoco apto para menores ni para la delicada salud de nuestra democracia.
Este 18 de febrero, en un Juzgado de lo Penal de Madrid, se celebra un juicio en el que el Ministerio Fiscal, el Centro de Estudios Jur¨ªdicos Tom¨¢s Moro y Alternativa Espa?ola piden prisi¨®n para Rita Maestre y H¨¦ctor Meleiro por delitos contra los sentimientos religiosos. La presunta ofensa data de marzo de 2011, por participar en la capilla de la Complutense en una performance de protesta simb¨®lica contra la falta de laicidad del Estado y el machismo de la Iglesia.
Ambos pertenecen a una generaci¨®n que ha sido capaz de poner al sistema ante el espejo pac¨ªficamente y reclamar una democracia real. Rita y muchos otros son ahora cargos p¨²blicos que no temen a la calle. Pero algunas de sus desiguales batallas se van a desarrollar en el escenario judicial, que s¨ª les es extra?o y hostil. Un derecho penal democr¨¢tico castiga los actos que atacan los bienes jur¨ªdicos m¨¢s valorados por la sociedad.
Los delitos de profanaci¨®n, escarnio u ofensa de los sentimientos religiosos deben examinarse a la luz de la Constituci¨®n, cuya clave son los derechos fundamentales, incluida la libertad de discrepar p¨²blicamente, y no a la sombra de la falta de neutralidad religiosa que a¨²n evidencian las instituciones. La eventual condena exigir¨ªa acreditar, adem¨¢s de una acci¨®n, una intenci¨®n de ofender, que no puede depender de los sentimientos de cada creyente, ni de la creencia imperante: eso s¨ª ser¨ªa un riesgo para el sistema, basado en la legalidad y la seguridad jur¨ªdica.
Es cl¨¢sico en derecho procesal recordar que el t¨¦rmino persona proviene de per sonare, y alude a la m¨¢scara usada por los actores en el teatro para disfrazar su rostro y hacerse o¨ªr. Confiemos en que ma?ana las m¨¢scaras no ahoguen las voces discrepantes. Que el juicio verse sobre el hecho objetivo y su intenci¨®n, iluminando la esencia de nuestra democracia.
No juzguemos un carnaval como realidad, ni convirtamos un juicio en carnaval.
Victoria Rosell es magistrada y diputada de Podemos.
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