La reforma constitucional depende de los populares y de Iglesias
Los cambios planteados no necesitan refer¨¦ndum y disoluci¨®n de las Cortes como exigen los referidos a asuntos centrales de la Ley Fundamental
El PP puede bloquear cualquier reforma de la Constituci¨®n, incluidas las pactadas por el PSOE y Ciudadanos, y Podemos tiene capacidad para forzar un refer¨¦ndum sobre esas modificaciones. Las reformas planteadas no son de las agravadas, es decir, no necesitan refer¨¦ndum y disoluci¨®n de las Cortes como exigen las referidas a asuntos centrales de la Ley Fundamental, los que afectan a derechos.
Estas reformas requieren una mayor¨ªa de tres quintos de cada C¨¢mara, como se ha hecho con los dos ¨²nicos cambios m¨ªnimos aprobados hasta ahora, los referidos a las elecciones municipales y al pago de la deuda. Si no se alcanza esa mayor¨ªa en el Senado, ser¨¢ precisa, en todo caso, mayor¨ªa absoluta en la C¨¢mara alta y en el Congreso mayor¨ªa de dos tercios. El PP tiene mayor¨ªa absoluta en el Senado y, por tanto, puede bloquearla. Podemos plantea un sistema contra esa exigencia: un refer¨¦ndum consultivo que, en todo caso, es una v¨ªa que solo tendr¨ªa valor simb¨®lico y pol¨ªtico y el PP mantendr¨ªa su capacidad de veto.
No obstante, si se superara ese escollo del bloqueo en el Senado, cualquiera de los cuatro partidos mayoritarios tiene posibilidad de forzar un refer¨¦ndum vinculante. El art¨ªculo 167 de la Constituci¨®n se?ala que, ¡°aprobada la reforma por las Cortes Generales, ser¨¢ sometida a refer¨¦ndum para su ratificaci¨®n cuando as¨ª lo soliciten, dentro de los 15 d¨ªas siguientes a su aprobaci¨®n, una d¨¦cima parte de los miembros de cualquiera de las C¨¢maras¡±. Es decir, 35 diputados pueden forzar ese refer¨¦ndum.
En las dos reformas m¨ªnimas anteriores no hab¨ªa ning¨²n partido distinto del PP y PSOE, que las hab¨ªan pactado, que alcanzara ese n¨²mero de parlamentarios y, por tanto, con capacidad para forzar la consulta.
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