Absueltos los 20 acusados del blanquear fondos del clan mafioso Polverino
La Audiencia Nacional considera que no hay pruebas de que el grupo camorrista lavara su dinero en Tenerife
La Secci¨®n Tercera de la Audiencia Nacional ha absuelto este mi¨¦rcoles a los 20 acusados de blanquear fondos del clan Polverino de la Camorra napolitana mediante la compra de pisos de la urbanizaci¨®n Marina Palace, en Adeje (Tenerife) entre 2006 y 2008. El tribunal, presidido por el magistrado Alfonso Guevara, considera que en el juicio, que se celebr¨® entre el 25 de enero y el 18 de abril, no ha quedado acreditado ni la procedencia il¨ªcita del dinero con el que se compraron los inmuebles, ni que los acusados pertenecieran a asociaci¨®n criminal alguna ¡°m¨¢s all¨¢ de las propias relaciones familiares, mercantiles y profesionales que manten¨ªan entre ellos¡±.
El principal acusado, Giuseppe Polverino, alias O Barone, con diversas condenas en Italia por asociaci¨®n mafiosa, tr¨¢fico de drogas y extorsi¨®n ¡ªdeclar¨® por videoconferencia desde una prisi¨®n de alta seguridad en su pa¨ªs¡ª ha resultado absuelto, al igual que sus compa?eros de banquillo. La Fiscal¨ªa Anticorrupci¨®n solicitaba para cada uno de los acusados 10 a?os y cuatro meses de prisi¨®n por blanqueo de capitales y asociaci¨®n il¨ªcita. Otro acusado, Vincenzo Panico, ha sido absuelto de estos delitos pero ha sido condenado a un a?o y tres meses de prisi¨®n por tenencia il¨ªcita de armas.
En una sentencia de 110 folios, los magistrados no ven acreditado que los acusados "formasen parte o estuviesen integrados en un clan de origen mafioso dedicado al blanqueo de capitales en las Islas Canarias mediante inversiones inmobiliarias" a trav¨¦s de la construcci¨®n y explotaci¨®n del Complejo Residencial Marina Palace de Adeje con dinero procedente del tr¨¢fico de sustancias estupefacientes.
Seg¨²n el tribunal, las declaraciones de los testigos, entre las que figuran las de dos arrepentidos, resultaron "gen¨¦ricas e imprecisas, adem¨¢s de en algunos momentos contradictorias y meramente de referencia".
Respecto a la prueba pericial, los magistrados destacan la ausencia de un informe t¨¦cnico que llevase a cabo un an¨¢lisis econ¨®mico de los flujos dinerarios, para acreditar que aquellos ten¨ªan un origen il¨ªcito. Tampoco existen en las actuaciones las correspondientes investigaciones econ¨®micas de cada uno de los acusados que acrediten unos aumentos patrimoniales desmesurados en relaci¨®n con sus actividades profesionales. Sin embargo, s¨ª existen informes periciales de descargo que no han sido impugnados por el ministerio p¨²blico.
"En definitiva, no existe ni tan siquiera una previsi¨®n cuantificable del dinero supuestamente blanqueado y, menos a¨²n, en qu¨¦ se ha traducido de una manera individualizada la citada actividad, m¨¢xime cuando muchos de los inmuebles adquiridos por los acusados han sido adjudicados a las entidades bancarias titulares de los pr¨¦stamos hipotecarios, consecuencia de no haber podido afrontar aquellos las respectivas cuotas as¨ª pactadas".
Los magistrados subrayan que en este procedimiento analizado "no existe un sistema o entramado societario creado con una finalidad exclusiva y bajo la cobertura de uno o alguno de los acusados, que obedezcan a un plan preconcebido dirigido a la ocultaci¨®n de bienes, sino que se trata de sociedades creadas con alguna anterioridad a los hechos, que nada tiene que ver con los mismos".
Tampoco constan, exponen los jueces, actos de "conversi¨®n" y "transmisi¨®n" de bienes a trav¨¦s de las sociedades a sabiendas de su origen il¨ªcito, ni operaciones mercantiles entre ellas, salvo algunas compraventas ya justificadas. Asimismo, no consta la utilizaci¨®n de personas interpuestas parea ocultar la identidad de los verdaderos part¨ªcipes, sino todo lo contrario, ya que al frente de las mismas aparecen los propios acusados o sus familiares.
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