Diego Torres, condenado a pagar un euro a Urdangarin por divulgar sus correos ¨ªntimos
El Supremo recrimina que la conducta privada del exduque sea "expuesta como mercanc¨ªa"
I?aki Urdangarin cobrar¨¢ cuatro euros por el da?o que caus¨® a su intimidad la divulgaci¨®n, durante la instrucci¨®n del caso N¨®os, de numerosos correos electr¨®nicos de car¨¢cter personal. La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo? ha condenado al exsocio de Urdangarin, Diego Torres,por difundir los correos del marido de Cristina de Borb¨®n y a tres medios de comunicaci¨®n que se hicieron eco del contenido de los emails. Pero la demanda que interpuso Urdangarin tras la divulgaci¨®n de los correos puede salirle cara porque el Supremo le ha impuesto que pague las costas del proceso judicial a otros dos medios de comunicaci¨®n a los que el exduque de Palma demand¨® y el alto tribunal ha absuelto.
El marido de la Infanta demand¨® a Torres y a cinco medios despu¨¦s de que, entre marzo y abril de 2013, se difundieran decenas de correos electr¨®nicos suyos. Urdangar¨ªn ped¨ªa una indemnizaci¨®n de un euro a cada uno para limpiar su honor. Un jugado de Barcelona desestim¨® la demanda, pero el exduque de Palma recurri¨® a la Audiencia Provincial, que le dio la raz¨®n y conden¨® a su antiguo socio y a los medios que difundieron los emails. El Supremo ha confirmado ahora esta sentencia, aunque absuelve a dos de los medios demandados. Cada uno de los condenados tendr¨¢ que pagar un euro al marido de la Infanta.
El alto tribunal cree que la condici¨®n del exduque de "personaje p¨²blico no minusvalora ni degrada su derecho fundamental a la intimidad". La resoluci¨®n judicial insta asimismo a los demandados a "cesar y abstenerse en lo sucesivo en el descubrimiento, revelaci¨®n, publicaci¨®n, difusi¨®n y divulgaci¨®n en cualquier medio del contenido de los mensajes", que hagan referencia a la vida ¨ªntima del marido de la Infanta Cristina o de su familia, as¨ª como "hacer declaraciones, efectuar comentarios, emitir opiniones o juicios de valor sobre el contenido de dichos mensajes".
El alto tribunal recrimina a los tres medios que "se extralimitaron en la noticia, ahondando en su contenido y morbo", la intromisi¨®n ileg¨ªtima en el derecho a la intimidad personal y familiar del demandante: "Una cosa es que las actividades ¡ªdel se?or Urdangarin¡ª est¨¦n expuestas a la curiosidad o incluso al escrutinio de los medios de comunicaci¨®n y de la ciudadan¨ªa y otra que su conducta privada, en el ¨¢mbito matrimonial, sentimental o sexual pueda ser divulgada o expuesta como mercanc¨ªa".
La Sala, que desestima los recursos de casaci¨®n interpuestos por el propio Torres y por varios de los medios afectados contra la sentencia que dict¨® la Audiencia Provincial de Barcelona por estos hechos, incide en que "ni el derecho de informaci¨®n ni la libertad de expresi¨®n amparan la invasi¨®n de la intimidad de una persona".
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