El Supremo condena a un profesor por aprobar a una alumna que no se present¨® al examen
El docente universitario es sentenciado a siete a?os de inhabilitaci¨®n por prevaricaci¨®n
El Tribunal Supremo ha condenado a un profesor a siete a?os de inhabilitaci¨®n por un delito de prevaricaci¨®n por haber aprobado a una alumna en un examen al que no se present¨®. Fernando Pe?afiel Mart¨ªnez, docente de la Universidad de Granada, le puso sobresaliente, lo que permiti¨® a la estudiante aprobar por compensaci¨®n otras asignaturas y obtener, un mes despu¨¦s, el t¨ªtulo de licenciada en Pedagog¨ªa. Se trata de la primera condena del Supremo a un profesor por una prevaricaci¨®n de este tipo.
El tribunal tambi¨¦n ratifica los siete a?os de inhabilitaci¨®n por cooperar en la prevaricaci¨®n a Mar¨ªa del Carmen Cara Jim¨¦nez, quien era adjunta a la administradora de la Facultad de Ciencias de la Educaci¨®n y quien medi¨® entre alumna y profesor.
En sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Luciano Varela, el Supremo rechaza ¨ªntegramente el recurso del profesor contra el fallo de la Audiencia de Granada que ya le hab¨ªa condenado. Entre otros argumentos, el docente afirmaba que la nota de un examen no revest¨ªa "el car¨¢cter de resoluci¨®n de car¨¢cter decisorio dictada en asunto administrativo", por lo que no concurr¨ªa el elemento objetivo del delito de prevaricaci¨®n (dictar una resoluci¨®n injusta).
El alto tribunal contesta, sin embargo, que la calificaci¨®n en un examen ¡ªy su posterior reflejo en el acta acad¨¦mica¡ª s¨ª constituye una resoluci¨®n administrativa susceptible de determinar la comisi¨®n de un delito de prevaricaci¨®n. "La decisi¨®n del personal administrativo, en general el profesor, que fija el nivel de adquisici¨®n de conocimientos, con destino al expediente del alumno, y que se refleja, al ser definitiva, en un acta, constituye pues de manera indudable un acto administrativo de resoluci¨®n definitiva de un procedimiento de tal naturaleza", indica la sentencia.
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