El juez Velasco atribuye al presidente de Murcia los presuntos delitos de fraude y cohecho
El magistrado de la Audiencia Nacional pide al TSJ de Murcia que impute a Pedro Antonio S¨¢nchez por el 'caso P¨²nica'
El juez de la Audiencia Nacional que instruye el caso P¨²nica, Eloy Velasco, ha elevado este lunes una exposici¨®n razonada al Tribunal Superior de Justicia de Murcia para que impute al presidente de esa Comunidad, Pedro Antonio S¨¢nchez (PP), por los delitos de fraude, cohecho y delito de revelaci¨®n de informaci¨®n reservada.? El juez considera que Pedro Antonio S¨¢nchez concert¨® con la red P¨²nica trabajos reputacionales en Internet y redes sociales, de car¨¢cter privado bajo el amparo de la prestaci¨®n de servicios a la Consejer¨ªa de Educaci¨®n de Murcia.
Ahora ser¨¢ el tribunal superior murciano el que deber¨¢ investigarlo, y en su caso juzgarlo, dada su condici¨®n de aforado, por estos presuntos delitos. En el caso de que el tribunal superior atienda la petici¨®n del juez Velasco, esta imputaci¨®n se unir¨¢ a la de prevaricaci¨®n, fraude y malversaci¨®n por las que est¨¢ siendo investigado dentro del caso Auditorio, sobre las irregularidades en la construcci¨®n de un equipamiento cultural en Puerto Lumbreras, localidad de la que el pol¨ªtico fue alcalde.
En su resoluci¨®n, el juez Velasco admite que el contrato para mejorar su imagen en Internet que se iba a pagar con dinero p¨²blico no se lleg¨® a realizar, pero cree que ello no impide que se le pueda imputar un delito de fraude a Pedro Antonio S¨¢nchez, ya que este se consuma por el solo hecho de concertar el contrato. El magistrado a?ade que si el contrato se hubiera realizado habr¨ªa sido un delito de malversaci¨®n.
La Fiscal¨ªa inform¨® en contra de esta imputaci¨®n en un documento controvertido que firm¨® la teniente fiscal de Anticorrupci¨®n despu¨¦s de que las fiscales del caso se negaran a hacerlo, una circunstancia que motiv¨® la comparecencia del fiscal general del Estado, Jos¨¦ Manuel Maza, en el Congreso. Precisamente, el juez Velasco, a la hora de atribuir a Pedro Antonio S¨¢nchez el delito de revelaci¨®n de informaci¨®n reservada invoca una sentencia del Supremo cuyo ponente fue precisamente el actual fiscal general Maza.
El magistrado detalla todos los indicios de la presunta concertaci¨®n de Pedro Antonio S¨¢nchez con el inform¨¢tico experto en reputaci¨®n en Internet Alejandro de Pedro para ¡°limpiar¡± con dinero p¨²blico su imagen en las redes sociales con motivo de su campa?a para las elecciones a la Presidencia de la Regi¨®n de Murcia, ¡°lastimando los intereses de la Administraci¨®n P¨²blica, que no debe correr con semejantes gastos particulares¡±.
Velasco explica que en la fecha de los hechos, junio de 2014, Pedro Antonio S¨¢nchez era el consejero de Educaci¨®n y concert¨® con De Pedro limpiar la ¡°inconveniente imagen que podr¨ªa dar ante el partido y la sociedad¡± dada la cantidad de investigaciones penales a las que hab¨ªa y estaba siendo sometido por su actuaci¨®n p¨²blica, todo ello con el objetivo de presentarse a presidir el Gobierno Auton¨®mico, ¡°como finalmente consigui¨®¡±.
Seg¨²n el juez, ¡°no lo sufrag¨® con su dinero particular, ni lo hizo personal al servicio de su cargo p¨²blico de su Gabinete de Prensa, pues no est¨¢ entre sus labores acondicionar la imagen privada de la persona, y ¨¦l era consciente¡±, sino que lo empez¨® a conseguir a trav¨¦s de los trabajos de empleados de las empresas de De Pedro. Dichos trabajos, contin¨²a el juez, se empezaron a realizar como adelanto de una futura adjudicaci¨®n ¡°hinchada¡± en contratos p¨²blicos de formaci¨®n que aquel adjudicar¨ªa a empresas vinculadas a De Pedro y a su socio, Jos¨¦ Antonio Alonso Conesa.
Los trabajos reputacionales se concretaron en un coste de 4.600 euros al mes, que inclu¨ªan los honorarios de un periodista para un diario digital, as¨ª como la creaci¨®n de un portal que dar¨ªa cobertura a los trabajos de reputaci¨®n de car¨¢cter personal, y que durar¨ªan siete meses, de noviembre de 2014 a mayo de 2015, justo el periodo previo a la campa?a electoral de ese a?o.
Las cantidades estipuladas no se llegaron a cobrar, explica Eloy Velasco, ni la ¡°formaci¨®n¡± se lleg¨® a adjudicar al explotar la operaci¨®n policial de esta causa judicial, a finales de octubre de 2014, que lo abort¨®.
En su exposici¨®n razonada, el juez va detallando todos los indicios hallados a lo largo de la investigaci¨®n contra Pedro Antonio S¨¢nchez, entre ellos los correos electr¨®nicos, las llamadas telef¨®nicas o los intercambios de whatsapp. Tambi¨¦n diversos informes sobre los trabajos de reputaci¨®n online, as¨ª como la agenda de una empleada en la que fijaba la fecha de 3 de noviembre de 2014, lunes, como la de inicio de dichas trabajos.
Despu¨¦s de detallar todos los indicios recabados en esta investigaci¨®n, el juez en su exposici¨®n motivada, argumenta porqu¨¦ los hechos investigados encajan dentro de los delitos de fraude, el delito de cohecho, y el de revelaci¨®n de informaci¨®n reservada.
El magistrado distingue entre el delito de malversaci¨®n, que es un delito de resultado, y el de fraude del art¨ªculo 436 del C¨®digo Penal. Este delito, seg¨²n el magistrado se consuma con el ¡°mero acuerdo o concertaci¨®n¡± con un interesado en alg¨²n contrato p¨²blico, siempre que afecte a los intereses de la Administraci¨®n y la libre concurrencia entre licitadores.
Velasco explica que el delito de revelaci¨®n de informaci¨®n reservada se produce en el momento en el que se aporta a extra?os a la Administraci¨®n, documentos y sobre todo intenciones de contratar, ¡°desconocidos por el resto de posibles futuros postulantes". Sobre estos datos, recuerda el magistrado "recae el deber de reserva" y la acci¨®n ilegal la lleva a cabo "no s¨®lo quien los desvela efectivamente, cuanto m¨¢s quien ordena y se?ala c¨®mo y en qu¨¦ medida y a qui¨¦n se env¨ªan los documentos y se revelan las informaciones que desconocen los dem¨¢s administrados¡±.
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