El Supremo anula la condena de Blesa por las ¡®black¡¯ por su fallecimiento
El expresidente de la extinta Caja Madrid hab¨ªa sido condenado a seis a?os de prisi¨®n
El Tribunal Supremo ha declarado extinta la responsabilidad penal del que fuera presidente de Caja Madrid Miguel Blesa, condenado a seis a?os de prisi¨®n por las tarjetas black de la entidad, a consecuencia de su fallecimiento. La sala segunda del alto tribunal ha formalizado con una diligencia la medida, contemplada por la ley para todos aquellos casos en los que se produzca la defunci¨®n del condenado, incluso antes de que la sentencia se haya hecho firme, como sucede con Blesa, cuyo recurso de casaci¨®n estaba pendiente de ser resuelto.
Seg¨²n recoge la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim), la acci¨®n penal qued¨® extinguida el pasado 19 de julio, cuando el exbanquero fue encontrado muerto con un disparo en el pecho en una finca de C¨®rdoba. Aunque la diligencia s¨®lo afecta a esta pieza separada del caso Bankia, la norma presupone adem¨¢s el sobreseimiento de otras causas ¡ªsiempre en t¨¦rminos penales¡ª respecto de Blesa, como la de las participaciones preferentes de Caja Madrid.
Igual sucede con otro proceso m¨¢s avanzado, el de los sobresueldos en la entidad, por el que la Fiscal¨ªa solicitaba para ¨¦l cuatro a?os de prisi¨®n por administraci¨®n desleal continuada y que, de no haberse producido el deceso, en los pr¨®ximos meses le habr¨ªa sentado en el banquillo junto con el que fuera su director general, Ildefonso S¨¢nchez Barcoj.
La sala de lo Penal de la Audiencia Nacional conden¨® a Blesa el pasado 23 de febrero a seis a?os de prisi¨®n por apropiaci¨®n indebida del patrimonio de la entidad tras gastar 463.688 euros. Un cargo id¨¦ntico por el que tambi¨¦n fueron condenados los otros 64 usuarios de las visas, entre ellos su sucesor al frente de la entidad, Rodrigo Rato, que han recurrido ante el Supremo las penas de c¨¢rcel de entre tres meses y cuatro a?os y medio de prisi¨®n.
Sin embargo, la extinci¨®n de la responsabilidad por dicho proceso no afecta a la civil, esto es, a las posibles indemnizaciones, que de confirmarse lo dictado por la Audiencia Nacional habr¨ªan de ser abonadas por sus herederos s¨®lo en el supuesto de que no renuncien a la parte proporcional de su herencia.
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