Validez y eficacia de la ley fundacional
La actuaci¨®n de los diputados independentistas catalanes encaja perfectamente en la definici¨®n cl¨¢sica de golpe de Estado formulada por Kelsen
La aprobaci¨®n por parte del Parlamento auton¨®mico catal¨¢n de las leyes del refer¨¦ndum y de la fundaci¨®n de la rep¨²blica de Catalu?a tiene como objetivo alumbrar una nueva legalidad que sustituya a la legalidad espa?ola. La disposici¨®n clave es el art¨ªculo en el que la ley fundacional se atribuye la condici¨®n de ¡°norma suprema¡±. Esto supone desplazar de esa posici¨®n a la Constituci¨®n espa?ola de 1978.
O, dicho con otras palabras, su derogaci¨®n en Catalu?a. Desde esta ¨®ptica, la actuaci¨®n de los diputados independentistas catalanes encaja perfectamente en la definici¨®n cl¨¢sica de golpe de Estado formulada por Kelsen (anulaci¨®n y sustituci¨®n ileg¨ªtima de un ordenamiento jur¨ªdico por otro). Si el golpe triunfase, el 4 de octubre se implantar¨ªa en Catalu?a un Estado autoritario, sin separaci¨®n de poderes y sin garant¨ªas de los derechos de los ciudadanos. El modo en el que ha sido aprobada la propia ley fundacional, violando flagrantemente el reglamento parlamentario y privando a los diputados de la oposici¨®n de sus derechos, es un anticipo de lo que vendr¨ªa despu¨¦s.
La ley fundacional tendr¨¢ una vigencia de pocas horas. El Tribunal Constitucional admitir¨¢ el recurso del Gobierno y la vigencia de la ley quedar¨¢ inmediatamente suspendida. Ninguna duda cabe de que posteriormente ser¨¢ anulada. Ahora bien, precisamente porque la norma en cuesti¨®n persigue un prop¨®sito golpista, ser¨ªa una ingenuidad presuponer que al no tener validez no podr¨¢ aplicarse. Conviene recordar la distinci¨®n capital en Derecho entre eficacia y validez de las normas. Una norma puede ser v¨¢lida y no ser eficaz porque en la pr¨¢ctica no se aplica y tambi¨¦n puede ocurrir lo contrario que una norma no sea v¨¢lida y sin embargo por la v¨ªa de los hechos se imponga.
Es lo que se conoce como la fuerza normativa de los hechos.
En este contexto, el problema al que se enfrenta el Estado ¡ªy con ¨¦l todos los ciudadanos dem¨®cratas¡ª es c¨®mo evitar que la ley fundacional ¡ªque por su radical incompatibilidad con la Constituci¨®n nunca podr¨¢ ser v¨¢lida¡ª adquiera eficacia por la v¨ªa de los hechos, y no del Derecho, que es la adoptada por los independentistas. Al fin y al cabo el derecho internacional y la experiencia hist¨®rica nos confirman que todos los Estados nacen por la v¨ªa de los hechos. Su existencia se basa en el reconocimiento que adquieren cuando son capaces de desplegar con efectividad su poder. Por el momento, a pesar de los recursos judiciales planteados por el Gobierno, la batalla por la eficacia ¡ªque es la que decidir¨¢ el final del conflicto¡ª la van ganando los independentistas.
Javier Tajadura es profesor de Derecho Constitucional en la Universidad del Pa¨ªs Vasco.
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