El Tribunal Supremo mantiene la inhabilitaci¨®n de Otegi hasta 2021
El tribunal rechaza el recurso del l¨ªder 'abertzale' contra la condena por intentar refundar Batasuna
El Tribunal Supremo ha confirmado que Arnaldo Otegi seguir¨¢ inhabilitado para ser elegido como cargo p¨²blico hasta el 28 de febrero de 2021. La Sala de lo Penal ha desestimado el recurso presentado por el l¨ªder abertzale contra el auto de la Audiencia Nacional que, en enero de este a?o, rechaz¨® realizar una nueva liquidaci¨®n de la pena de inhabilitaci¨®n especial para el ejercicio de derecho de sufragio pasivo que se le impuso por intentar reconstruir la ilegalizada Batasuna.
Por ese delito, Otegi fue condenado por la Audiencia Nacional a diez a?os de prisi¨®n e inhabilitaci¨®n, pero el Supremo redujo a seis a?os y medio la pena de prisi¨®n. Seg¨²n sostuvo la Audiencia en enero pasado y ha ratificado ahora el Supremo, aunque el dirigente abertzale sali¨® de la c¨¢rcel el 1 de marzo de 2016, la condena de inhabilitaci¨®n para el derecho de sufragio pasivo y para ejercer empleo o cargo p¨²blico no habr¨¢ sido cumplida hasta febrero de 2021.
El primer argumento del alto tribunal contra el recurso de Otegi se basa en que el exportavoz de Batasuna pidi¨® una nueva liquidaci¨®n de su pena de inhabilitaci¨®n cuando la liquidaci¨®n de la condena de c¨¢rcel, que no hab¨ªa recurrido, ya era firme. Adem¨¢s, seg¨²n el Supremo, aunque entrara en el fondo del asunto, tampoco podr¨ªa estimarse el recurso ya que Otegi fue condenado por delito de terrorismo por el alto tribunal el 7 de mayo de 2012 y esta condena impuso como pena principal, la inhabilitaci¨®n para cargo p¨²blico. Y seg¨²n la sentencia dictada ahora por el Supremo, de acuerdo al art¨ªculo 6.2.b de la Ley Org¨¢nica del R¨¦gimen Electoral General, ¡°los condenados por delito de terrorismo cuando la pena impuesta sea de inhabilitaci¨®n para el ejercicio del derecho de sufragio o la de inhabilitaci¨®n absoluta o especial para el empleo de cargo p¨²blico, son inelegibles¡±.
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