La Fiscal¨ªa de la Audiencia Nacional presenta una denuncia por sedici¨®n por los altercados de Barcelona
El ministerio p¨²blico apunta como posibles responsables a los l¨ªderes de la ANC y ?mnium
La Fiscal¨ªa General del Estado ha presentado este viernes una denuncia en la Audiencia Nacional por sedici¨®n por los altercados producidos en Barcelona en las protestas contra la Operaci¨®n Anubis en la que fueron detenidos 14 altos cargos de la Generalitat por preparar el refer¨¦ndum ilegal de autodeterminaci¨®n del 1 de octubre. El escrito apunta a la responsabilidad de los dirigentes de la Asamblea Nacional Catalana y de ?mniun, Jordi S¨¢nchez y Jordi Cuixart en la movilizaci¨®n del 20 de septiembre.
La sedici¨®n, se regula en el art¨ªculo 544 y siguientes del C¨®digo Penal, y castiga con penas de hasta 15 a?os de c¨¢rcel a quienes ¡°se alcen p¨²blica y tumultuariamente¡± para ¡°impedir, por la fuerza o fuera de las v¨ªas legales, la aplicaci¨®n de las Leyes¡±, o para ¡°impedir a cualquier autoridad, corporaci¨®n oficial o funcionario p¨²blico, el leg¨ªtimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales¡±.
El escrito ser¨¢ examinado por el juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno, que instruy¨® la famosa causa contra los titiriteros, y al que le ha reca¨ªdo por turno de reparto, seg¨²n fuentes jur¨ªdicas. La denuncia recuerda que en la noche del mi¨¦rcoles, "individuos que no han podido ser identificados, aprovechando la situaci¨®n, pues ya se encontraban unas 2.000 personas, pincharon las ruedas de diversos coches patrulla de la Guardia Civil que estaban aparcadas frente a la Conselleria de Economia, a fin de impedir su leg¨ªtima actuaci¨®n".
Tambi¨¦n recuerda que "voluntarios de la ANC", con petos de color verde, y "conscientes de que con ello dificultar¨ªan la intervenci¨®n policial", hicieron un cord¨®n ante la puerta de la Conseller¨ªa de Econom¨ªa, "para evitar que la Guardia Civil se llevara a los detenidos" en aquella jornada. "Los manifestantes gritaron a los Mossos "no us mereixeu la senyera que porteu" ["no merec¨¦is la senyera que llev¨¢is"], amenazando a la Guardia Civil al grito de ¡°no sortireu [no saldr¨¦is]¡±, se?ala la denuncia.
"Sobre las 20.20 h Jordi S¨¢nchez, presidente de la ANC, ante las 40.000 personas (seg¨²n Guardia Urbana) que se concentraban ya en ese momento en Rambla Catalunya frente a la sede del departamento de Econom¨ªa manifest¨®: "El 1 de Octubre votaremos, si nos quitan la urnas, las construiremos". "Que nadie se vaya a casa, ser¨¢ una noche larga e intensa", recoge la denuncia.
"Ante la situaci¨®n de extrema tensi¨®n", recoge el escrito, el Juzgado de Instrucci¨®n n? 13 se puso en contacto con el Mayor de los Mossos, Josep Llu¨ªs Trapero, "para ordenarle expresamente que activara el dispositivo de seguridad para permitir la salida de la Comisi¨®n Judicial, formada por los agentes y la Letrada de la Administraci¨®n de Justicia". Esta "tuvo que salir ya de madrugada a trav¨¦s de la azotea del edificio, al impedir los manifestantes su salida por la puerta".
"A las 00.13 h del jueves, el presidente de Omnium Cultural, Jordi Cuixart, pidi¨® que la movilizaci¨®n no se detuviera", recoge la denuncia. "Subido a un coche de la Guardia Civil con Jordi S¨¤nchez llamaron a la "movilizaci¨®n permanente" a favor del refer¨¦ndum y en contra de las actuaciones para impedirlo". Posteriormente, se?ala el escrito "y vista la situaci¨®n provocada pidieron a los manifestantes que se disolvieran sin poder controlar la concentraci¨®n".
En el exterior, tres veh¨ªculos oficiales de la Guardia Civil "fueron atacados por la muchedumbre, obligando a los agentes a refugiarse en el edificio de Hacienda. La turba destroz¨® los tres veh¨ªculos oficiales", afirma la denuncia, redactada por el teniente fiscal de la Audiencia Nacional, Miguel ?ngel Carballo.
Tambi¨¦n se relata en el escrito que una sede del PSC fue atacada esa noche y que los agentes de la Polic¨ªa Nacional tuvieron que realizar "disparos" para poder salir de la sede del partido antisistema CUP en Barcelona en la tarde del mi¨¦rcoles.
Seg¨²n la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial, la Audiencia Nacional es competente para investigar y enjuiciar, entre otros, los delitos ¡°contra la forma de Gobierno¡±. Esta f¨®rmula, derivada del C¨®digo Penal de 1973, ya derogado, no es la vigente en el C¨®digo Penal actual, que distingue entre delitos ¡°contra el orden p¨²blico¡± ¨Centre los que est¨¢ la sedici¨®n- y delitos ¡°contra la Constituci¨®n¡± ¨Cel primero de los cuales es la rebeli¨®n-.
Fuentes jur¨ªdicas se?alan que para interpretar cu¨¢les son los delitos ¡°contra la forma de Gobierno¡±, de los que es competente la Audiencia Nacional, dado que la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial no ha sido adaptada, hay que recurrir al C¨®digo Penal de 1973, que en su art¨ªculo 164 contemplaba un delito de sedici¨®n impropia ¨Csin tumulto- con objeto de cambiar ilegalmente la organizaci¨®n del Estado.
"Se hace necesario adoptar las medidas necesarias para investigar quienes son las personas que han inducido, sostenido o dirigido estas actuaciones, o la existencia de un concierto de voluntades entre personas o entidades, p¨²blicas o privadas, que con sus actos hayan impulsado movilizaciones generalizadas o movimientos populares para imponer el refer¨¦ndum independentista", se?ala la denuncia.
El delito de sedici¨®n en el C¨®digo Penal
Art¨ªculo 544.
Son reos de sedici¨®n los que, sin estar comprendidos en el delito de rebeli¨®n, se alcen p¨²blica y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las v¨ªas legales, la aplicaci¨®n de las Leyes o a cualquier autoridad, corporaci¨®n oficial o funcionario p¨²blico, el leg¨ªtimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales.
Art¨ªculo 545.
1. Los que hubieren inducido, sostenido o dirigido la sedici¨®n o aparecieren en ella como sus principales autores, ser¨¢n castigados con la pena de prisi¨®n de ocho a diez a?os, y con la de diez a quince a?os, si fueran personas constituidas en autoridad. En ambos casos se impondr¨¢, adem¨¢s, la inhabilitaci¨®n absoluta por el mismo tiempo.
2. Fuera de estos casos, se impondr¨¢ la pena de cuatro a ocho a?os de prisi¨®n, y la de inhabilitaci¨®n especial para empleo o cargo p¨²blico por tiempo de cuatro a ocho a?os.
Art¨ªculo 546.
Lo dispuesto en el art¨ªculo 474 es aplicable al caso de sedici¨®n cuando ¨¦sta no haya llegado a organizarse con jefes conocidos.
Art¨ªculo 547.
En el caso de que la sedici¨®n no haya llegado a entorpecer de un modo grave el ejercicio de la autoridad p¨²blica y no haya tampoco ocasionado la perpetraci¨®n de otro delito al que la Ley se?ale penas graves, los Jueces o Tribunales rebajar¨¢n en uno o dos grados las penas se?aladas en este cap¨ªtulo.
Art¨ªculo 548.
La provocaci¨®n, la conspiraci¨®n y la proposici¨®n para la sedici¨®n ser¨¢n castigadas con las penas inferiores en uno o dos grados a las respectivamente previstas, salvo que llegue a tener efecto la sedici¨®n, en cuyo caso se castigar¨¢ con la pena se?alada en el primer apartado del art¨ªculo 545, y a sus autores se los considerar¨¢ promotores.
Art¨ªculo 549.
Lo dispuesto en los art¨ªculos 479 a 484 es tambi¨¦n aplicable al delito de sedici¨®n.
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