El Supremo anula el decreto que regula la carrera diplom¨¢tica
La sentencia no aclara c¨®mo afecta la nulidad a los destinos ya asignados a cientos de diplom¨¢ticos
El Tribunal Supremo?ha declarado nulo?el decreto ¡ªde 2014¡ª que regula?la trayectoria profesional de los diplom¨¢ticos, desde su formaci¨®n hasta los ascensos o la asignaci¨®n de destinos. La sentencia impone el pago de las costas (2.000 euros) a la Administraci¨®n, pero no aclara de qu¨¦ forma afecta la anulaci¨®n del decreto a cientos de diplom¨¢ticos cuyo destino se ha asignado en los ¨²ltimos tres a?os al amparo del reglamento.
Fuentes del Ministerio de Asuntos Exteriores estimaron que, por razones de "seguridad jur¨ªdica", lo l¨®gico es que la sentencia no tenga efecto alguno sobre las decisiones tomadas hasta ahora, cuya nulidad provocar¨ªa un aut¨¦ntico caos en la carrera diplom¨¢tica. En cambio, sugieren que se aplique a partir del pr¨®ximo bombo de asignaci¨®n de destinos, que deber¨ªa regirse por la ley vigente y la normativa anterior.
El alto tribunal ha dado la raz¨®n al Sindicato Independiente del Servicio Exterior del Estado (SISEX), mayoritario en el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperaci¨®n, que aleg¨® que el reglamento no fue objeto de negociaci¨®n ¡°con ninguna de las organizaciones sindicales legitimadas¡±, en contra de los previsto el Estatuto B¨¢sico del Empleado P¨²blico.
El abogado del estado adujo que s¨ª se produjo tal negociaci¨®n, ya que desde la Administraci¨®n se remitieron cartas y correos electr¨®nicos a distintas organizaciones y la Asociaci¨®n de Diplom¨¢ticos Espa?oles (ADE) acept¨® la invitaci¨®n a participar en grupos de trabajo que debatieron el proyecto.
Sin embargo, la sentencia estima que ¡°la negociaci¨®n contemplada por el Estatuto B¨¢sico del Empleado es un derecho de las organizaciones sindicales y no cuesti¨®n de invitaci¨®n m¨¢s o menos informal¡± y que ¡°requiere una m¨ªnima formalizaci¨®n¡±. No se trata de que la Administraci¨®n est¨¦ obligada a aceptar las posiciones sindicales, agrega, pero ¡°s¨ª implica la posibilidad de que se expongan y debatan en las condiciones de igualdad y contradicci¨®n¡±.
El Supremo concluye que ¡°no consta que se haya obrado as¨ª en este caso¡± y recuerda que la omisi¨®n de este tr¨¢mite, cuando es obligatorio, determina la nulidad de la norma aprobada. Por eso, no entra a examinar los dem¨¢s motivos del recurso, que criticaba que la libre designaci¨®n fuese el sistema general de provisi¨®n de puestos de trabajo en el extranjero.
El reglamento de la carrera diplom¨¢tica, de julio de 2014, fue la ¨²ltima pieza con la que el anterior ministro, Jos¨¦ Manuel Garc¨ªa-Margallo, quiso completar la reforma legislativa del servicio exterior, tras la aprobaci¨®n de la ley de Acci¨®n Exterior.
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