La ley espa?ola no contempla un control de la idoneidad de los altos cargos
Evitar casos como el de M¨¤xim Huerta depende de la voluntad de los propuestos a un cargo
Evitar casos como el de M¨¤xim Huerta, nombrado ministro de Cultura y Deporte antes de que trascendiera que defraud¨® a la Agencia Tributaria, depende de las personas a las que se les propone ser alto cargo. Ni la ley de transparencia y buen gobierno, ni la normativa reguladora del ejercicio del alto cargo contemplan un control exhaustivo de la idoneidad para el puesto. En esos textos legales se recogen numerosos supuestos sobre incompatibilidades, y se explicita el requisito de proporcionar informaci¨®n patrimonial y fiscal para su revisi¨®n peri¨®dica. No obstante, la declaraci¨®n sobre la ausencia de causas que afecten a la honorabilidad es de exclusiva responsabilidad del nombrado. En consecuencia, de este depende valorar si su pasado se ajusta o no a la imagen que debe dar un representante p¨²blico.
¡°Se supone que aquel que te nombra ha hecho ya las comprobaciones oportunas, pero la ley no contempla un procedimiento ni un mecanismo de comprobaci¨®n previa de los requisitos", resume Andr¨¦s Betancor, catedr¨¢tico de derecho administrativo. "Y una vez nombrado, el control queda en manos de un nivel organizativo m¨ªnimo, el director general de la oficina de conflictos de intereses", prosigue sobre la persona que debe fiscalizar la veracidad de los datos de sus superiores. "De todas formas, el derecho no deber¨ªa ocuparse de estas cosas. Cuando llegan hechos as¨ª, algo falla socialmente. En los pa¨ªses anglosajones esto tampoco est¨¢ regulado legalmente, pero forma parte de las autoexigencias morales de cada uno¡±.
"El alto cargo deber¨¢ suscribir una declaraci¨®n responsable en la que manifestar¨¢, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos de idoneidad para ser nombrado alto cargo, especialmente la ausencia de causas que impidan la honorabilidad requerida y la veracidad de los datos suministrados, que dispone, cuando sea susceptible de ello, de la documentaci¨®n que as¨ª lo acredita, y que se compromete a mantener su cumplimiento durante el periodo de tiempo que ocupe el puesto", recoge la ley reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administraci¨®n General del Estado.
As¨ª, la normativa dej¨® a la elecci¨®n de Huerta considerar si la condena a pagar a la Agencia Tributaria un total de 365.939 euros por utilizar una empresa interpuesta para pagar menos impuestos entre 2006 y 2008 afectaba o no "a la honorabilidad requerida". El periodista y presentador de televisi¨®n fue condenado a pagar esa sanci¨®n por el Tribunal Econ¨®mico Administrativo Regional de Madrid en noviembre de 2014, antes de que fuera nombrado ministro de Cultura en el gabinete de Pedro S¨¢nchez, seg¨²n ha avanzado esta ma?ana El Confidencial.
Por su parte, el Gobierno argumenta que desconoc¨ªa esa informaci¨®n, pero aparentemente tampoco hizo nada para comprobar exhaustivamente el pasado del ministro. Huerta, adem¨¢s, es independiente, por lo que no ha estado sujeto a la labor fiscalizadora que realizan la mayor parte de los partidos e instituciones p¨²blicas sobre el patrimonio, las finanzas y el curr¨ªculo de sus integrantes.
Situaciones que impiden ocupar un alto cargo
Situaciones que impiden cumplir con el requisito para ocupar un alto cargo, seg¨²n la ley correspondiente.
a) Condenados por sentencia firme a pena privativa de libertad, hasta que se haya cumplido la condena.
b) Condenados por sentencia firme por la comisi¨®n de delitos de falsedad; contra la libertad; contra el patrimonio y orden socioecon¨®mico, la Constituci¨®n, las instituciones del Estado, la Administraci¨®n de Justicia, la Administraci¨®n P¨²blica, la Comunidad Internacional; de traici¨®n y contra la paz o la independencia del Estado y relativos a la defensa nacional; y contra el orden p¨²blico, en especial, el terrorismo, hasta que los antecedentes penales hayan sido cancelados.
c) Los inhabilitados conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal mientras no haya concluido el per¨ªodo de inhabilitaci¨®n fijado en la sentencia de calificaci¨®n del concurso.
d) Los inhabilitados o suspendidos para empleo o cargo p¨²blico, durante el tiempo que dure la sanci¨®n, en los t¨¦rminos previstos en la legislaci¨®n penal y administrativa.
e) Los sancionados por la comisi¨®n de una infracci¨®n muy grave de acuerdo con lo previsto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la informaci¨®n p¨²blica y buen gobierno, durante el periodo que fije la resoluci¨®n sancionadora.
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