Kichi, absuelto de injurias al PP por decir que suministr¨® agua contaminada ¡°a sabiendas¡±
La juez cree que no hubo delito ya que la cr¨ªtica se realiz¨® en un contexto pol¨ªtico
El alcalde de C¨¢diz, Jos¨¦ Mar¨ªa Gonz¨¢lez, Kichi, no cometi¨® ni un delito de injurias ni de calumnias cuando dijo que el PP suministr¨® "a sabiendas" agua contaminada durante varios d¨ªas. Despu¨¦s de que Gonz¨¢lez ¡ªjunto a dos colaboradores suyos¡ª acabase sentado por primera vez en el banquillo de los acusados el pasado 22 de junio, la magistrada del Juzgado de lo Penal n¨²mero 5 de la ciudad ha decidido absolverle al considerar que la cr¨ªtica se hizo en "un contexto pol¨ªtico". Tambi¨¦n entiende que, en este caso, se debe priorizar la libertad de expresi¨®n, por encima del derecho al honor, ya que Gonz¨¢lez se refer¨ªa a cuestiones de inter¨¦s general y a personas de inter¨¦s p¨²blico.
"No hay explicaci¨®n que justifique dejar a sabiendas a un barrio consumir agua contaminada durante varios d¨ªas". Al actual alcalde de C¨¢diz esta frase le persegu¨ªa pol¨ªtica y judicialmente desde que la dijo en el transcurso de una asamblea vecinal celebrada el pasado 7 de marzo de 2016. Se refer¨ªa a la crisis gestionada por el anterior Gobierno de la ciudad, presidido por la alcaldesa popular Te¨®fila Mart¨ªnez, en el que durante septiembre y octubre de 2014 los vecinos de la barriada de Loreto sufrieron un corte de agua durante 13 d¨ªas, al descubrirse que el agua potable estaba contaminada.
Pocos d¨ªas despu¨¦s de pronunciarla, el PP local decidi¨® querellarse contra Jos¨¦ Mar¨ªa Gonz¨¢lez Santos; Manuel Gonz¨¢lez Bauza, concejal entonces en el Ayuntamiento; y Jos¨¦ Vicente Barcia Magaz, asesor del primero. Les consideraba autores de un delito de calumnias y otro de injurias con publicidad, por lo que les ped¨ªa penas de hasta 24 meses de multa e indemnizaciones de hasta 30.000 euros, al considerar que hab¨ªa lesionado el honor de Mart¨ªnez, del entonces presidente de la empresa p¨²blica Aguas de C¨¢diz ¡ªel popular Ignacio Roman¨ª¡ª y del resto del anterior equipo de Gobierno.
Sin embargo, la magistrada Esther Burgos Ruiz, en una sentencia fechada este lunes, considera que ni Kichi ni los dem¨¢s han cometido los delitos que le imputaba el PP. En el caso de las calumnias, ni siquiera son tales, dada la "vaguedad e imprecisi¨®n" de la aseveraci¨®n realizada por el alcalde, que no se refiri¨® a personas concretas, reconoce la juez. Tambi¨¦n por el hecho de que "dejar consumir agua contaminada no es lo que castiga el art¨ªculo 365 del C¨®digo Penal, que se refiere a 'envenenar o adulterar con sustancias infecciosas, u otras que puedan ser gravemente nocivas para la salud las aguas potables".
Cuatro periodistas de medios locales acudieron a declarar al juicio celebrado el pasado 22 de junio. En la primera y ¨²nica vez que, de momento, Gonz¨¢lez se ha sentado en el banquillo desde que es alcalde, la magistrada intentaba determinar hasta qu¨¦ punto se produjo la aseveraci¨®n en la asamblea. La sentencia considera probado que el alcalde pronunci¨® la frase. Sin embargo, al igual que determina que no hubo calumnias, tambi¨¦n ha determinado que ni siquiera hubo injurias. "No puede considerarse que las expresiones proferidas en la Asamblea de 7 de marzo de 2016 y en la puerta del Palacio de Justicia el d¨ªa 9 de marzo de 2016 ¡ªcuando habl¨® Bouza¡ª estuvieran dirigidas a todo el equipo de Gobierno, y por lo tanto, no hubo una acci¨®n, ni expresi¨®n id¨®nea para lesionar el honor", se explica en la sentencia.
La magistrada s¨ª considera que las declaraciones "son precipitadas, y desafortunadas". Pero a?ade: "Hemos de partir que no toda lesi¨®n del derecho al honor, por s¨ª sola, es constitutiva de delito. En los supuestos de convergencia entre el derecho al honor y la libertad de expresi¨®n, el juicio ponderativo acerca de la existencia o no del delito trasciende al estricto juicio de tipicidad (¡). Y es que conforme al sistema de valores instaurado por nuestra Constituci¨®n, hay ocasiones en las que la libertad de expresi¨®n prevalece frente al honor afectado".
La juez Burgos cree que el caso que ha llevado a Kichi al banquillo es una de esas ocasiones ya que "los l¨ªmites permisibles de la cr¨ªtica son m¨¢s amplios si esta se refiere a personas que, por dedicarse a actividades p¨²blicas, est¨¢n expuestas a un m¨¢s riguroso control de sus actividades y manifestaciones que si se tratase de simples particulares sin proyecci¨®n p¨²blica alguna". Esto se debe principalmente a que las cr¨ªticas, aunque fuesen de forma impl¨ªcita (ya que Gonz¨¢lez no pronunci¨® sus nombres) se refer¨ªan a la alcaldesa Mart¨ªnez, regidora de la ciudad durante m¨¢s de 20 a?os y a Roman¨ª, concejal durante varios mandatos.
Adem¨¢s, la magistrada considera que la cr¨ªtica se realiz¨® dentro del contexto pol¨ªtico. En dicho marco, "el ejercicio de las libertades de expresi¨®n e informaci¨®n est¨¢n en conexi¨®n con asuntos que son de inter¨¦s general", apunta la magistrada, que considera tambi¨¦n que "no consta acreditado que existiera por parte de los querellados intenci¨®n de difamar".
Con esta sentencia, que el Partido Popular ya ha anunciado que recurrir¨¢, termina por ahora un proceso judicial enredado durante meses entre Gonz¨¢lez y el PP local. El camino ha sido tan azaroso que estuvo a punto de quedar en nada. Seis meses despu¨¦s de que el PP se querellase, el Juzgado de Instrucci¨®n 3 de C¨¢diz decidi¨® archivarla, al considerar que las cr¨ªticas se realizaron dentro del ¨¢mbito pol¨ªtico y que no persegu¨ªan un inter¨¦s difamatorio. La fiscal¨ªa tambi¨¦n pidi¨® la absoluci¨®n, pero un recurso de la acusaci¨®n particular hizo que la Audiencia Provincial lo reabriese ya en enero de 2017. Finalmente, y ya con la foto de Kichi sentado en el banquillo como alcalde, la sentencia de ahora ha terminado llegando justo a las mismas conclusiones de cuando se archiv¨® la causa por primera vez.
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