Telef¨®nica gana a Hacienda en un litigio por los impuestos de 2008 a 2011
El TEAC le da la raz¨®n parcialmente en relaci¨®n con el uso de bases imponibles negativas
Telef¨®nica ha ganado un litigio a Hacienda en el Tribunal Econ¨®mico-Administrativo Central (TEAC) por el Impuesto de Sociedades de los a?os 2008 a 2011, seg¨²n ha comunicado la compa?¨ªa a la Comisi¨®n Nacional del Mercado de Valores (CNMV). El recurso versaba sobre unas actas levantadas en julio de 2015 tras una inspecci¨®n, que aseccndieron a 206 millones, como adelant¨® EL PA?S en febrero de 2016.
Se trata de un litigio sobre el criterio de utilizaci¨®n de bases imponibles negativas, esto es, c¨®mo se aplican p¨¦rdidas de ejercicios anteriores para pagar menos impuestos los a?os que se logran beneficios. Telef¨®nica se?ala que la resoluci¨®n ha sido "parcialmente estimatoria" y que dicha estimaci¨®n parcial dar¨¢ lugar a la devoluci¨®n de impuestos satisfechos en exceso en dichos ejercicios, pero no precisa la cuant¨ªa.
"En este momento no resulta posible cuantificar con exactitud el importe de dichas devoluciones por cuanto, como el propio Tribunal Econ¨®mico-Administrativo Central establece en su resoluci¨®n la cuantificaci¨®n definitiva de lo que se resuelve deber¨¢ hacerse en ejecuci¨®n del fallo, tanto en lo que se refiere a las cuotas tributarias pagadas en exceso como a los intereses de demora que Telef¨®nica habr¨¢ de percibir", afirma la empresa en su comunicado al supervisor burs¨¢til.
En sus cuentas de 2015, Telef¨®nica inform¨® de que en julio de ese a?o hab¨ªan finalizado las actuaciones inspectoras de los ejercicios 2008 a 2011, con la firma de actas en conformidad, con acuerdo y en disconformidad correspondientes al Impuesto sobre Sociedades. "El efecto en resultado ha sido de 206 millones de euros, sin que se haya producido salida de caja, ya que los ajustes practicados por la inspecci¨®n han sido compensados con bases imponibles negativas de ejercicios anteriores que la compa?¨ªa ten¨ªa pendientes de utilizar, al tipo impositivo correspondiente en cada ejercicio", indicaba entonces la compa?¨ªa.
Y a?ad¨ªa: "La compa?¨ªa ha interpuesto en julio de 2015 recurso ante el Tribunal Econ¨®mico Administrativo Central por los ajustes con los que no est¨¢ de acuerdo, relacionados con la calificaci¨®n de los ¡°juros sobre el capital propio¡± como dividendos y por los criterios de utilizaci¨®n de bases imponibles negativas en los ejercicios objeto de liquidaci¨®n". Es a este ¨²ltimo punto, la utilizaci¨®n de bases imponibles negativas, al que se refiere el recurso ahora ganado parcialmente.
En 2017, la compa?¨ªa ya logr¨® que los tribunales le dieran la raz¨®n en relaci¨®n con los juros sobre el capital propio, una figura a medio camino entre los intereses y los dividendos, seg¨²n explicaba en sus cuentas de 2017. Con respecto al criterio de utilizaci¨®n de bases imponibles negativas de los ejercicios 2008 a 2011 en noviembre interpuso un recurso ante la Audiencia Nacional al entender que el TEAC hab¨ªa denegado su reclamaci¨®n por silencio administrativo. pero finalmente el TEAC se ha pronunciado y ha dado la raz¨®n parcialmente a Telef¨®nica.
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