El Defensor del Pueblo recurre la ley que permite a los partidos recopilar datos de usuarios que opinan en la Red
La instituci¨®n presenta un recurso de inconstitucionalidad contra una ley que autoriza a las formaciones compilar opiniones pol¨ªticas de los ciudadanos en Internet
El Defensor del Pueblo ha interpuesto un recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC) contra la norma que permite a los partidos pol¨ªticos, dentro de sus actividades electorales, recopilar datos personales relativos a las opiniones pol¨ªticas de las personas en redes sociales.
Un grupo de juristas y organizaciones de defensa de los derechos digitales hab¨ªa presentado en las ¨²ltimas semanas al Defensor del Pueblo una solicitud de interposici¨®n de recurso de inconstitucionalidad ante el alto tribunal.
"El Defensor del Pueblo (en funciones) ha hecho uso de la legitimaci¨®n que le confiere el art¨ªculo 162.1 de la Constituci¨®n Espa?ola, y ha interpuesto recurso de inconstitucionalidad contra el precepto de la mencionada ley, por considerar que a trav¨¦s del mismo se vulneran los art¨ªculos 9.3, 16, 18.4, 23.1 y 53.1 de la Constituci¨®n, en los t¨¦rminos que se concretan en la demanda que ha sido presentada ante el Tribunal Constitucional", ha comunicado Francisco Fern¨¢ndez Marug¨¢n a los solicitantes en su escrito.
La instituci¨®n ha recurrido al Constitucional el art¨ªculo 58 bis.1 de la Ley Org¨¢nica 5/1985, de 19 de junio, del R¨¦gimen Electoral General, incorporado a esta por la disposici¨®n final tercera, punto dos, de la Ley Org¨¢nica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protecci¨®n de Datos Personales y garant¨ªa de los derechos digitales, una iniciativa legislativa que comenz¨® su tramitaci¨®n con el PP en el Gobierno.?
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