Rechazada la querella de Puigdemont contra dos miembros de la Junta Electoral por sacarle de la lista
Un juzgado no admite a tr¨¢mite la denuncia del l¨ªder independentista por excluirle de las europeas
Tras una peque?a victoria, llega una derrota tambi¨¦n peque?a. El Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 51 de Madrid ha rechazado la querella presentada por la coalici¨®n Lliures per Europa, liderada por Carles Puigdemont, contra dos vocales de la Junta Electoral Central (JEC), Andr¨¦s Betancor y Carlos Vidal, que votaron a favor de excluir al expresidente catal¨¢n y a dos de sus exconsejeros de la lista para las elecciones europeas al considerar que, por encontrarse fugados de la justicia espa?ola, no estaban inscritos correctamente en el censo. Una decisi¨®n que despu¨¦s revoc¨® la justicia y que empuj¨® a los pol¨ªticos secesionistas a acusar a ambos de prevaricaci¨®n administrativa.
Pero la magistrada Carmen Rodr¨ªguez-Medel, que ya instruy¨® el caso m¨¢ster y envi¨® al Tribunal Supremo los indicios contra Pablo Casado, no aprecia indicios de delito. En un auto fechado este lunes, la juez rechaza los argumentos esgrimidos por los dirigentes independentistas, que insist¨ªan en que los dos vocales, designados a propuesta de PP y Cs, ya hab¨ªan expresado previamente su "animadversi¨®n" hacia Puigdemont en un mensaje de Twitter y en un art¨ªculo difundido en el diario Expansi¨®n.
"En ambos exist¨ªa una falta clara de imparcialidad que les hizo adoptar, a sabiendas, una decisi¨®n injusta al excluirlos del proceso electoral europeo", apostillaba Lliures per Europa en su escrito contra Betancor y Vidal, rechazado por la instructora. Contra la decisi¨®n de Rodr¨ªguez-Medel cabe a¨²n presentar un recurso de reforma o de apelaci¨®n, seg¨²n consta en el propio auto de la juez.
Pese a la primera decisi¨®n de la JEC, Puigdemont y sus dos exconsejeros, Toni Com¨ªn y Clara Ponsat¨ª, podr¨¢n finalmente presentarse a las elecciones europeas. Tras considerar el Supremo que encontrarse en rebeld¨ªa no era "causa de inelegibilidad", tres juzgados de lo Contencioso-administrativo de Madrid revocaron la decisi¨®n de la Junta Electora. Eso s¨ª, eso no implica que puedan finalmente sentarse en su asiento de la C¨¢mara comunitaria. Sus abogados defienden que gozar¨¢n de inmunidad parlamentaria desde el momento que obtengan el esca?o y, por tanto, podr¨¢n viajar a Espa?a para jurar el cargo. Pero los servicios jur¨ªdicos del Parlamento Europeo han dictaminado lo contrario en un informe interno, donde consideran que primero tienen que jurar o prometer la Constituci¨®n en Madrid. Y, al pisar Espa?a, podr¨ªan ser detenidos.
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