Atresmedia recurre al Supremo la exclusi¨®n de Vox de su debate electoral
El grupo audiovisual mantiene que la Junta Electoral conculc¨® los derechos de expresi¨®n y de informaci¨®n
El grupo audiovisual Atresmedia presentar¨¢ un recurso ante el Tribunal Supremo por la decisi¨®n de la Junta Electoral Central (JEC) de excluir a Vox del debate electoral organizado por Antena 3 y La Sexta el pasado 23 de abril, dentro de la campa?a de las elecciones legislativas del 28-A.? El recurso defiende que los derechos de expresi¨®n y de informaci¨®n, garant¨ªa de una opini¨®n p¨²blica libre y plural, han quedado conculcados con la interpretaci¨®n restrictiva que la JEC hace del principio de proporcionalidad, seg¨²n el grupo de comunicaci¨®n.
Atresmedia hab¨ªa convocado a ese debate a los cabeza de lista de las principales formaciones de ¨¢mbito nacional: Pablo Casado (PP), Pedro S¨¢nchez (PSOE), Pablo Iglesias (Unidas Podemos), Albert Rivera (Ciudadanos) y Santiago Abascal (Vox). Tras las reclamaciones de Coalici¨®n Canaria, Junts y PNV, la Junta emiti¨® un dictamen en el que exclu¨ªa a Vox al declarar que su participaci¨®n en el debate era contrario al principio de proporcionalidad del art¨ªculo 66.2 de la Ley Org¨¢nica de R¨¦gimen Electoral Genera (Loreg).
En su resoluci¨®n, la JEC consideraba que por "el principio de proporcionalidad" las formaciones con menor representaci¨®n o que lograron menos votos no podr¨¢n tener mayor presencia en las televisiones que aquellas que registraron mejores resultados electorales en los ¨²ltimos comicios equivalentes. As¨ª pues, Vox, que obtuvo el 0,2% en las generales de 2016, no podr¨ªa estar en un debate al que no acudiesen otras formaciones con mayor representaci¨®n. El debate de RTVE tampoco cont¨® con la presencia del partido de ultraderecha.
La JEC? mantuvo que el debate a cinco propuesto por Atresmedia resulta contrario al principio de proporcionalidad que debe ser respetado por las televisiones privadas, y tambi¨¦n las p¨²blicas, en los periodos electorales. La JEC no atendi¨® el argumento de que La Sexta ten¨ªa previsto otro de debate sin Vox.
Para Atresmedia, el debate a cinco era "de mayor inter¨¦s general, el que prestaba un mejor servicio a la ciudadan¨ªa, as¨ª como el m¨¢s plural y representativo de la realidad pol¨ªtica de nuestro pa¨ªs, como lo preced¨ªan las encuestan electorales y lo confirmaron las urnas el 28 de abril". Por ello, interpondr¨¢ ante el Supremo una demanda contencioso-administrativa contra el acuerdo de la Junta Electoral Central del pasado 16 de abril.
La compa?¨ªa ha explicado este lunes que el recurso obedece a "su compromiso de garantizar la libertad de informaci¨®n sobre la que se construye la opini¨®n p¨²blica, pilar de la propia legitimidad democr¨¢tica". Expone asimismo que persigue "una aplicaci¨®n de la normativa electoral que le permita establecer las condiciones necesarias para que los representantes del espectro pol¨ªtico y social que conforma la sociedad civil de un pa¨ªs participen efectivamente en el debate p¨²blico y expongan sus ideas, garantizando as¨ª la celebraci¨®n de un encuentro abierto y realmente representativo".
El acuerdo que se impugna se fundamenta en la instrucci¨®n 4/2011 que dict¨® la JEC, seg¨²n Atresmedia, "de manera contraria a la Constituci¨®n", el principio de proporcionalidad a respetar por las emisoras de titularidad privada en los debates electorales previsto la Loreg.
La empresa de comunicaci¨®n sostiene que dicha instrucci¨®n desnaturaliza los derechos de expresi¨®n y de informaci¨®n, vulnerando el art¨ªculo 20 de la Constituci¨®n y tambi¨¦n el Convenio Europeo de Derechos Humanos, que proh¨ªbe este tipo de injerencias en el ejercicio de la libertad de expresi¨®n, concretamente, en debates de cuestiones de inter¨¦s p¨²blico.
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