El Supremo rechaza paralizar los nombramientos del Poder Judicial en funciones
Para el alto tribunal los nombramientos gozan de ¡°presunci¨®n de legalidad
El Tribunal Supremo ha respaldado este martes, aunque de forma cautelar, la convocatoria de una veintena de plazas de la c¨²pula judicial acordadas por el Consejo General del Poder Judicial, que est¨¢ en funciones desde diciembre pasado. La Sala de lo Contencioso ha rechazado suspender temporalmente estas convocatorias mientras resuelve los recursos presentados por dos asociaciones judiciales. Aunque el Supremo no se pronuncia todav¨ªa sobre el fondo del asunto, el tribunal considera que los nombramientos impugnados gozan de ¡°presunci¨®n de legalidad¡±.
El auto notificado por el Supremo, firmado por cinco magistrados de la Secci¨®n Sexta de la Sala de lo Contencioso Administrativo, solo responde a la petici¨®n de suspensi¨®n cautelar de los acuerdos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) solicitada por las asociaciones Juezas y Jueces para la Democracia y Francisco de Vitoria. Pero algunos de los argumentos que ha empleado el tribunal para explicar su decisi¨®n implican un cierto respaldo del alto tribunal a la forma en la que el ¨®rgano de gobierno de los jueces est¨¢ gestionando su interinidad.
Los m¨¢s de 40 nombramientos convocados o ya acordados por el Consejo, pese a estar en funciones, han enfrentado al ¨®rgano que preside Carlos Lesmes con dos de las principales asociaciones judiciales. Las asociaciones reprochan que un CGPJ en funciones apruebe nombramientos que en unos casos son vitalicios y en otros condicionan para los pr¨®ximos a?os la c¨²pula judicial. Adem¨¢s, sostienen que las convocatorias no cuentan con el preceptivo desarrollo reglamentario y no se han comunicado a las asociaciones profesionales de jueces y magistrados, lo que vulnera, seg¨²n ellas, la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial.
El CGPJ ha defendido su legitimidad para convocar y acordar los nombramientos y, entre otros argumentos, alega la necesidad de renovar los cargos que quedan vacantes para evitar la paralizaci¨®n de la justicia.
Es en este punto en el que el auto del Supremo, de 10 p¨¢ginas, respalda la actuaci¨®n del Consejo: ¡°El normal desarrollo de la administraci¨®n de justicia requiere la pronta cobertura de las plazas vacantes tanto judiciales como gubernativas y, mientras esta Sala no se pronuncie en contra mediante sentencia, los nombramientos efectuados cuentan con presunci¨®n de legalidad¡± se?ala el tribunal, que aboga por que prevalezcan ¡°los intereses generales asociados¡± a las convocatorias efectuadas por el Consejo ¡°en ejercicio de sus competencias¡±.
?22 acuerdos impugnados
El recurso de las asociaciones se dirigi¨® contra 22 acuerdos adoptados por la Comisi¨®n Permanente (el principal ¨®rgano de decisi¨®n del CGPJ) entre mayo y julio de este a?o. Mediante esos acuerdos se convocaron otras tantas presidencias y plazas en distintos ¨®rganos judiciales, entre ellas la presidencia de la Audiencia Nacional y de varios tribunales superiores de justicia auton¨®micos.
Las asociaciones profesionales pidieron la nulidad de esos acuerdos y solicitaron al Supremo que los suspendiera cautelarmente mientras resolv¨ªa sobre el fondo del asunto. Esta ¨²ltima petici¨®n es la que ha rechazado ahora el Supremo.
Seg¨²n el alto tribunal, el recurso de las asociaciones no pierde su finalidad aunque no se acepte la suspensi¨®n cautelar, porque la ejecuci¨®n de una hipot¨¦tica sentencia estimatoria conducir¨ªa a la nulidad de los nombramientos y a la nueva convocatoria de las plazas. Por otra parte, a?aden los magistrados, los intereses p¨²blicos s¨ª se ver¨ªan afectados si se dejan ahora en suspenso esas convocatorias.
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