Llarena mantiene la euroorden y pide al Parlamento Europeo el permiso para actuar contra Puigdemont
El magistrado del Supremo ratifica la orden de arresto del expresidente y Com¨ªn en territorio espa?ol
El magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena, instructor de la causa sobre el proc¨¦s, ha remitido este viernes el suplicatorio ¡ªsolicitud de permiso¡ª al Parlamento Europeo para poder proceder penalmente contra el expresidente catal¨¢n Carles Puigdemont y el exconseller Toni Com¨ªn. El magistrado pide a la Euroc¨¢mara que suspenda su inmunidad y mantiene las ¨®rdenes europeas de detenci¨®n y entrega contra ambos. Tambi¨¦n mantiene en vigor la orden nacional de arresto. En Espa?a, si son detenidos, no les alcanzar¨ªa la inmunidad al estar ya procesados y no se requerir¨ªa suplicatorio.
Ambos pol¨ªticos, fugados a B¨¦lgica tras la fallida declaraci¨®n de independencia de octubre de 2017, disfrutan de inmunidad parlamentaria como eurodiputados tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea, que el 19 de diciembre reconoci¨® que el l¨ªder de ERC, Oriol Junqueras, condenado en firme a 13 a?os de c¨¢rcel por sedici¨®n y malversaci¨®n, gozaba de inmunidad cuando se encontraba en prisi¨®n provisional a la espera de sentencia.
El juez Llarena basa precisamente el suplicatorio en la sentencia del Tribunal de Luxemburgo y en la interpretaci¨®n que de ella hizo el jueves la Sala de lo Penal, cuando rechaz¨® poner en libertad a Junqueras e impedir su desplazamiento al Parlamento Europeo para recoger el acta de eurodiputado. El tribunal comunitario estableci¨® que a un preso preventivo proclamado eurodiputado electo, como lo era Junqueras antes de la sentencia firme, deb¨ªa pon¨¦rsele en libertad para asumir el cargo, aunque dejaba la puerta abierta a que se le mantuviera excepcionalmente en prisi¨®n si se solicitaba inmediatamente el suplicatorio.
Esta sentencia europea benefici¨® de rebote a Puigdemont y Com¨ªn, a los que se proclam¨® electos el 13 de junio, pero que no pudieron acceder al acta al no haber cumplido el requisito que establece la ley electoral espa?ola de acatar la Constituci¨®n en el Congreso de los Diputados. El fallo del Tribunal de Luxemburgo implica dejar sin efecto la normativa espa?ola para acceder al acta de eurodiputado, que se adquiere simplemente tras la proclamaci¨®n de los resultados por parte de la Junta Electoral Central sin necesidad de m¨¢s tr¨¢mites.
En el auto en el que dirige el suplicatorio al Parlamento Europeo, Llarena defiende la suspensi¨®n de la inmunidad de Puigdemont y Com¨ªn con un amplio relato de los hechos imputados a ambos. Destaca que esos hechos no guardan relaci¨®n alguna con su labor parlamentaria y "se centran en su actuaci¨®n en a?os muy anteriores en el tiempo a la adquisici¨®n de su condici¨®n de diputados al Parlamento Europeo", lo que har¨ªa decaer la finalidad de la inmunidad parlamentaria.
El juez ha estimado los recursos de Puigdemont y Com¨ªn contra sus resoluciones de octubre y noviembre que no les reconoc¨ªan como eurodiputados bas¨¢ndose en acuerdos al respecto de la Junta Electoral Central. Ahora, de conformidad con la interpretaci¨®n dada por el Luxemburgo en su sentencia de 19 de diciembre de 2019, les reconoce las inmunidades y privilegios recogidos en el art¨ªculo 9, del protocolo 7 del Tratado de Funcionamiento de la UE (TFUE), en su condici¨®n de miembros del Parlamento Europeo.
Sin embargo, desestima los recursos de ambos para que revoque las correspondientes ¨®rdenes nacionales de b¨²squeda, detenci¨®n e ingreso en prisi¨®n, as¨ª como las ¨®rdenes internacionales y europeas para su detenci¨®n y entrega, que se mantienen vigentes.
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