Uber libra la primera batalla de la regulaci¨®n de la econom¨ªa digital
Las decisiones que tome el Tribunal de Justicia de la UE, argumenta el autor, ser¨¢n decisivas para el futuro desarrollo de la econom¨ªa colaborativa
El pasado jueves 11 de mayo, el Abogado General present¨® unas conclusiones al Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea proponiendo declarar que los servicios que ofrece Uber no son una mera actividad de intermediaci¨®n entre conductores y pasajeros ¨C¡°servicio de la sociedad de la informaci¨®n¡±¨C, sino que dicha plataforma presta un aut¨¦ntico servicio de transporte. La cuesti¨®n no es balad¨ª. Si el Tribunal de Justicia decide que Uber es un mero intermediario, podr¨¢ operar libremente en toda la Uni¨®n Europea. En cambio, si se acepta la tesis del Abogado General, Uber deber¨ªa obtener una licencia de transporte de pasajeros en todos los Estados miembros en las que ¨¦stas sean preceptivas.
Este litigio tiene su origen en una demanda por competencia desleal que interpuso en Barcelona la Asociaci¨®n Profesional ?lite Taxi contra Uber. La Asociaci¨®n entend¨ªa que Uber estar¨ªa prestando servicios de transporte de pasajeros pese a carecer de licencia para ello. Uber, en cambio, sosten¨ªa que su labor era la de un mero intermediario entre particulares. Es decir, se limitaba a ser una plataforma en la que los potenciales usuarios y conductores pod¨ªan ponerse en contacto y pactar las condiciones del desplazamiento.
El Juzgado de lo Mercantil de Barcelona entendi¨® que este asunto plantea unas cuestiones radicalmente novedosas, y decidi¨® elevar al Tribunal de Justicia diversas cuestiones prejudiciales, con vistas a calificar jur¨ªdicamente los servicios de Uber. Es ahora el Tribunal de Justicia quien deber¨¢ decidir, a la vista de la propuesta que recogen las mencionadas conclusiones del Abogado General.
- La argumentaci¨®n
El Abogado General reconoce que Uber presta un servicio online totalmente innovador, pero entiende que no se dedica exclusivamente a una actividad de intermediaci¨®n entre conductores y pasajeros, sino que su actividad principal es, sin lugar a dudas, el transporte. Por tanto, a pesar de ser un servicio innovador, no se puede considerar que Uber sea un servicio de econom¨ªa colaborativa. En un an¨¢lisis eminentemente f¨¢ctico, el Abogado General sostiene que Uber organiza y gestiona un sistema completo de transporte urbano a petici¨®n del usuario. Seg¨²n su opini¨®n, la actividad de los conductores de Uber s¨®lo existir¨ªa gracias a dicha plataforma, desde la cual se controlan, adem¨¢s, los factores econ¨®micamente relevantes del servicio de ofrecido (por ejemplo, la horquilla de precios aplicable). En estas circunstancias, concluye que la actividad de Uber deber¨¢ estar sometida a las mismas condiciones aplicables a todo transportista de pasajeros en cada Estado miembro de la Uni¨®n. Es decir, Uber deber¨¢ disponer de las licencias y autorizaciones previstas por la normativa sectorial en cada Estado miembro.
Si bien es cierto que estas conclusiones constituyen una mera opini¨®n preliminar no vinculante, sin duda son una mala noticia para Uber. Tener que pedir licencias como transportista no solo ralentizar¨¢ y dificultar¨¢ su crecimiento, sino que en muchas ocasiones lo har¨¢ absolutamente inviable. Desde un punto de vista econ¨®mico puede resultar excesivamente costoso y, desde un punto de vista jur¨ªdico, imposible encontrar nuevas licencias.
Ahora bien, si el Tribunal de Justicia sigue al Abogado General, tambi¨¦n ser¨¢ una mala noticia para la econom¨ªa digital y la econom¨ªa colaborativa en general. Esta es quiz¨¢s la primera gran batalla de una guerra que se desarrollar¨¢ en los pr¨®ximos a?os y que enfrenta a los partidarios del libre acceso a los servicios de la sociedad de la informaci¨®n contra aquellos que abogan por un modelo de la regulaci¨®n sectorial y las garant¨ªas que ello implica. La soluci¨®n propuesta parece inclinar la balanza a favor de estos ¨²ltimos.
- Una carrera de fondo
La tendencia a nivel nacional parec¨ªa bien distinta. Sin necesidad de entrar en las diferencias entre un caso y otro, cabe recordar que, hace pocos meses, el Juzgado de lo Mercantil n?2 de Madrid parec¨ªa haber hecho un gui?o a los partidarios de la econom¨ªa digital y la econom¨ªa colaborativa, declarando que los servicios ofrecidos por BlaBlaCar se limitaban a la mera intermediaci¨®n entre usuarios y conductores para determinados trayectos. El Juzgado entend¨ªa as¨ª que BlaBlaCar no realizaba un servicio de transporte de pasajeros, y pod¨ªa desarrollar libremente su actividad como plataforma de servicios de la sociedad de la informaci¨®n y de comercio electr¨®nico.
El Tribunal de Justicia deber¨¢ ahora pronunciarse y decidir si sigue la soluci¨®n propuesta por el Abogado General o si aplica una soluci¨®n m¨¢s pr¨®xima a la de los tribunales espa?oles en el caso de BlaBlaCar. Es cierto que en la mayor¨ªa de los casos el Tribunal de Justicia suele aceptar las propuestas del Abogado General, pero en casos tan novedosos tampoco es raro que resuelva de modo distinto. Es probable, en todo caso, que sea una Sentencia mucho menos f¨¢ctica que las Conclusiones del Abogado General, intentando ofrecer unos criterios de car¨¢cter general que ayuden, no solo a resolver el caso concreto, sino tambi¨¦n supuestos similares. Adem¨¢s, es tambi¨¦n probable que est¨¦ muy sopesada y meditada. Una soluci¨®n demasiado estricta respecto a las ¡°reglas del juego¡± que deben seguir las plataformas digitales, puede suponer un lastre desproporcionado para la econom¨ªa de la Uni¨®n en el siglo XXI. Una soluci¨®n demasiado laxa puede ser vista como un riesgo para unos sectores claves de la econom¨ªa tradicional y los empleos e inversiones vinculados a ¨¦sta. La ¨²ltima palabra la tiene ahora el Tribunal de Luxemburgo.
Roberto Vallina es responsable del ¨¢rea de competencia de Roca Junyent.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.
Archivado En
- Uber
- Transporte privado
- Apps
- Carsharing
- Tribunal Justicia Uni¨®n Europea
- Aplicaciones inform¨¢ticas
- Transporte sostenible
- Consumo colaborativo
- Coches
- H¨¢bitos consumo
- Veh¨ªculos
- Consumidores
- Telefon¨ªa m¨®vil multimedia
- Telefon¨ªa m¨®vil
- Software
- Consumo
- Empresas
- Telefon¨ªa
- Inform¨¢tica
- Tecnolog¨ªas movilidad
- Transporte
- Tecnolog¨ªa
- Econom¨ªa
- Telecomunicaciones
- Comunicaciones