¡®Blockchain¡¯: la amenaza de la tiran¨ªa del c¨®digo y del algoritmo
Las aplicaciones descentralizadas basadas en blockchain pueden liberarnos de la tiran¨ªa de los intermediarios centralizados y de los Estados, pero esta liberaci¨®n podr¨ªa venir al precio de una amenaza mucho mayor
Muchas voces comparan el surgimiento del blockchain (o cadena de bloques) con la llegada de internet y anticipan una transformaci¨®n equivalente ¡ªo incluso mayor¡ª en las comunicaciones, los negocios y los derechos individuales. Como m¨ªnimo, la integraci¨®n de esta tecnolog¨ªa con el machine learning, la inteligencia artificial, el an¨¢lisis del comportamiento y otras tecnolog¨ªas disruptivas similares tiene un potencial muy prometedor y con aplicaciones en pr¨¢cticamente todos los campos de actividad, privados y p¨²blicos.
En s¨ªntesis, el blockchain es un registro de transacciones que permite crear un libro de contabilidad digital de datos y compartirlo entre una red de participantes independientes, al tiempo que emplea encriptaci¨®n como una forma de validar que las entradas son correctas y no pueden ser cambiadas. Es decir, una base de datos ¡ªcomo, por ejemplo, SQL¡ª distribuida y apoyada en una red peer to peer (P2P) y, por tanto, compartida por m¨²ltiples nodos. Como consecuencia de este car¨¢cter distribuido no existe una autoridad central de control de la base de datos, lo cual es uno de los aspectos m¨¢s importantes y poderosos de la tecnolog¨ªa blockchain.
Su origen arranca en 2009, con el lanzamiento de la criptomoneda Bitcoin, que es una divisa no controlada por ning¨²n gobierno o banco central sino solo por criptograf¨ªa y c¨®digo y que, como sistema de pago global y descentralizado, materializ¨® la esperanza de una nueva libertad econ¨®mica a los que dudaban de las autoridades supervisoras en medio de la crisis financiera iniciada un a?o antes. El bitcoin recuerda a la revoluci¨®n que supuso la invenci¨®n de la letra de cambio en la Baja Edad Media.
En consecuencia, la tecnolog¨ªa blockchain es la base sobre la que se construy¨® el bitcoin y no deben confundirse ambas nociones. De este modo, mientras que el bitcoin ofrece la posibilidad de eliminar a los bancos centrales y las instituciones financieras, la tecnolog¨ªa blockchain puede aplicarse de forma m¨¢s general y ambiciosa para reducir la necesidad de intermediarios en muchos sectores de la econom¨ªa. As¨ª, las funciones de los bancos, las instituciones financieras, las bolsas de valores, los centros de intercambio de informaci¨®n, los proveedores de contenidos, los operadores y mercados en l¨ªnea e incluso los sistemas y registros p¨²blicos pueden desempe?arse mediante un conjunto de protocolos y normas basadas en c¨®digos desplegados sobre una red blockchain.
Sin embargo, blockchain presenta algunos riesgos. La tecnolog¨ªa soporta sistemas tecnol¨®gicos y aplicaciones descentralizadas que operan independientemente. Aplican sus propios sistemas internos de normas, que a menudo ignoran o intentan eludir las normas jur¨ªdicas en vigor. Y, a diferencia de otras construcciones tecnol¨®gicas actualmente operativas en internet, estos sistemas basados en blockchain pueden regirse casi exclusivamente por las reglas del c¨®digo (es decir, de su arquitectura).
No obstante, las plataformas cimentadas bajo blockchain s¨ª pueden ser jur¨ªdicamente reguladas en ¨¢reas donde se cruzan con sujetos regulados, tales como ciudadanos, operadores de redes de telecomunicaciones y todos aquellos intermediarios que desarrollan o apoyan esta tecnolog¨ªa, como son fabricantes de hardware, mineros, agencias de cambio virtuales y otros operadores comerciales que interact¨²an con una aplicaci¨®n basada en blockchain. Mientras que todos estos actores permanezcan sujetos al Derecho y ubicados en el territorio de un pa¨ªs, los Estados pueden hacer cumplir sus leyes a cualquier aplicaci¨®n o plataforma asentada en blockchain.
Ahora bien, dado que la tecnolog¨ªa blockchain y sus aplicaciones se encuentran en sus primeras etapas de desarrollo, existe el peligro de que una fuerte regulaci¨®n pueda frustrar la aparici¨®n de aplicaciones nuevas e insospechadas que a¨²n no han sido plenamente exploradas o descubiertas. El establecimiento de autorizaciones administrativas previas podr¨ªa impedir que las entidades p¨²blicas y privadas experimenten libremente con esta nueva tecnolog¨ªa, enfriando en ¨²ltima instancia la innovaci¨®n.
Al mismo tiempo, la falta absoluta de regulaci¨®n tambi¨¦n resulta problem¨¢tica. Dada la ausencia de un marco regulador bien definido para las aplicaciones basadas en blockchain, las partes que intentan desplegar la tecnolog¨ªa podr¨ªan encontrarse en un limbo jur¨ªdico, incapaces de saber si lo que est¨¢n haciendo hoy es legal y si seguir¨¢ si¨¦ndolo en el futuro. La carencia de un marco regulatorio adecuado para la tecnolog¨ªa blockchain podr¨ªa disuadir a nuevos emprendedores, a las empresas y a los operadores tradicionales de desplegar esta nueva tecnolog¨ªa por temor a entrar demasiado pronto en arenas movedizas.
Si la tecnolog¨ªa blockchain se consolida, puede que tengamos que preguntarnos si preferimos vivir en un mundo en el que la mayor¨ªa de nuestras transacciones econ¨®micas e interacciones sociales est¨¢n ordenadas por las normas jur¨ªdicas ¨Cque son generales y sometidas al control judicial pero tambi¨¦n m¨¢s flexibles y ambiguas y, por lo tanto, presentan defectos y a veces lagunas¨C o si preferimos rendirnos a las normas del c¨®digo y al imperio de los algoritmos. Las aplicaciones descentralizadas basadas en blockchain pueden liberarnos de la tiran¨ªa de los intermediarios centralizados y de los Estados, pero esta liberaci¨®n podr¨ªa venir al precio de una amenaza mucho mayor, la de caer bajo el yugo de la tiran¨ªa del c¨®digo y del algoritmo.
Mois¨¦s Barrio Andr¨¦s es letrado del Consejo de Estado, profesor de Derecho de Internet y experto en ciberderecho.
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