Visto para sentencia en Estrasburgo el caso de la parapl¨¦jica brit¨¢nica que pide morir
Diane Pretty, que sufre una enfermedad degenerativa, demand¨® al Reino Unido ante el Tribunal de Derechos Humanos por negarle la eutanasia
Sufre una enfermedad degenerativa y prefiere una muerte digna a soportar la condena de una lenta agon¨ªa. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo ha dejado hoy vista para sentencia la demanda interpuesta contra el Reino Unido por la parapl¨¦jica brit¨¢nica Diane Pretty, quien reivindica su derecho a la eutanasia. Su caso ha despertado una viva pol¨¦mica en el Reino Unido sobre si el derecho privado contempla la disposici¨®n sobre la propia muerte.
Pretty, de 43 a?os, ha recurrido a Estrasburgo despu¨¦s de agotar, el pasado noviembre, todos los recursos que le ofrec¨ªa la Justicia de su pa¨ªs para lograr, con ayuda de su marido, una muerte digna, pero a¨²n deber¨¢ esperar un tiempo para conocer el veredicto. La Corte Europea admiti¨® a tr¨¢mite la demanda por el procedimiento de urgencia el pasado 23 de enero y asegura emitir¨¢ su dictamen "pr¨®ximamente", pero a¨²n no ha precisado una fecha.
Acompa?ada de su esposo, Pretty ha asistido a la audiencia en Estrasburgo en su silla de ruedas y ha tomado la palabra, matizada por el sonido met¨¢lico del ordenador por el que se habla, para decir: "s¨®lo quiero mis derechos".
Seg¨²n la demandante, el Estado brit¨¢nico de haber violado cinco art¨ªculos del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
En primer lugar, asegura que las autoridades brit¨¢nicas no han respetado en su caso el art¨ªculo 3 del Convenio, que versa sobre la prohibici¨®n de tratos inhumanos y degradantes y, seg¨²n su abogado, Philip Havers es "degradante y humillante esperar la muerte en esas circunstancias.
Sin embargo, frente a este argumento, el letrado del Reino Unido, Chistopher Whomersley, ha rebatido que el Estado brit¨¢nico no puede ser acusado de trato degradante a Pretty porque "su estado se debe a una enfermedad".
"Autodeterminaci¨®n" sobre el propio cuerpo
En segundo lugar, Havers ha invocado el art¨ªculo 8 del Convenio (derecho al respeto a la vida privada y familiar) que "reconoce expl¨ªcitamente el derecho a la autodeterminaci¨®n" sobre su cuerpo. En este punto, la defensa del Estado brit¨¢nico respondi¨® que el "derecho a la vida privada no contempla el derecho a la muerte".
Adem¨¢s, el abogado de Pretty asegura que el art¨ªculo 2 (derecho a la vida) del Convenio implica que "corresponde a cada individuo decidir si quiere vivir, el derecho a morir, siendo el corolario del derecho a la vida, est¨¢ igualmente garantizado", seg¨²n Havers. Sin embargo, Whomersley le ha replicado que "el derecho a morir es la ant¨ªtesis del derecho a vivir".
Como cuarta columna de su argumentaci¨®n jur¨ªdica, el abogado de Pretty ha escogido el art¨ªculo 9 (libertad de conciencia) para "quejarse" de que la ausencia de la figura del "suicidio asistido" atenta "contra su derecho de expresar las convicciones" de su clienta.
Por ¨²ltimo, ha invocado el art¨ªculo 14 (prohibici¨®n de discriminaci¨®n), ya que el Derecho ingl¨¦s no considera el suicidio como un crimen, "pero la enfermedad de Diane Pretty la impide llevar a cabo ese acto sin la ayuda de su marido".
Un argumento que, seg¨²n el abogado del Estado brit¨¢nico ha asegurado no se sostiene, pues "la discriminaci¨®n s¨®lo se da en igualdad de condiciones y Pretty no est¨¢ en similares condiciones a los dem¨¢s".
El viaje a Estrasburgo es el primero que el matrimonio Pretty realiza fuera de su pa¨ªs, seg¨²n ha dicho a la prensa el marido de Diane, quien ha a?adido que su mujer podr¨ªa morir antes incluso de conocer la sentencia del Tribunal.
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